miércoles, 20 de mayo de 2026

Regular la mediación penal no es regular la justicia restaurativa. A propósito de la propuesta no de ley de Sumar

Sumar propone regular la mediación penal intrajudicial con control judicial y fiscal

Sumar impulsa una PNL para regular la mediación penal intrajudicial con garantías plenas, protección a las víctimas y control de jueces y fiscales.

Esta noticia, aparecida hace unos días, me ha generado un profundo malestar. Resulta difícil comprender cómo, en pleno 2026, se sigue hablando de mediación penal como si fuera la única vía posible para desarrollar la justicia restaurativa.

La sensación es la de estar ante un enfoque propio de hace dos décadas, más que ante una propuesta acorde con la evolución actual. Lejos de suponer un avance, plantea un cierto retroceso respecto al trabajo y los aprendizajes acumulados por quienes llevamos años impulsando y practicando una justicia restaurativa auténtica.

Como veremos, la propuesta contiene elementos que merecen ser valorados positivamente. Sin embargo, otros aspectos quedan claramente alejados de lo que realmente necesita nuestro país para avanzar hacia una regulación rigurosa, coherente y alineada con la realidad de la justicia restaurativa hoy.

SE DEBERÍA REGULAR LA JUSTICIA RESTAURATIVA Y NO SOLO LA MEDIACIÓN PENAL

Dice la noticia: La propuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press y que se debatirá en la Comisión de Justicia, reclama que esa futura regulación defina “claramente” el ámbito objetivo y subjetivo de la mediación penal, blinde los derechos de las víctimas y evite “cualquier forma de revictimización”.

Lo primero que llama la atención es que la propuesta se limite a solicitar la regulación de la mediación penal, cuando esta no es más que una de las metodologías dentro de la justicia restaurativa, y ni siquiera la más representativa de su esencia. Hace veinte años, cuando comencé en este ámbito, era prácticamente la única herramienta conocida; sin embargo, hoy la realidad es muy distinta. Existen múltiples formas de llevar a cabo procesos restaurativos: reunión  entre víctima y persona ofensora, conferencias, círculos o incluso programas individuales dirigidos a uno solo de los colectivos afectados por el delito. Continuar leyendo en : lawandtrends


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