INTRODUCCIÓN
Solemos tener tendencia a uniformizar la realidad del delito y a establecer mecanismos casi matemáticos para explicar quién es el infractor y quién es la víctima. El primero aparece como una persona «sin escrúpulos», que ha delinquido consciente y voluntariamente; la segunda, como un ser indefenso cuya vida o bienestar no habría sido valorado por quien cometió el delito.Esta visión nos ayuda a afrontar el crimen de una manera aparentemente racional y a justificar una respuesta basada fundamentalmente en el castigo. En cierta medida, es también la lógica sobre la que se construye la justicia penal tradicional: uniformiza y trata los casos conforme a unas reglas generales, sin que siempre sea posible atender a las circunstancias personales de quienes intervienen ni a las razones y condiciones en las que se produjo el delito.El sistema penal parte, fundamentalmente, de la dimensión pública del crimen: se ha vulnerado una norma establecida por el Estado y, por ello, se inicia un procedimiento dirigido a determinar la responsabilidad y aplicar la consecuencia jurídica prevista.
Pero la realidad es mucho más compleja que cualquier norma. Detrás de cada delito hay personas, seres humanos que, por determinadas circunstancias, pueden convertirse en víctimas, infractores o incluso experimentar ambas realidades a lo largo de su vida. El delito no es únicamente una acción u omisión descrita en un código como contraria a la ley. También afecta a las personas, deteriora las relaciones y puede resquebrajar los vínculos que mantienen unida a una comunidad.









