INTRODUCCIÓN
Cuando pensamos en el daño causado a las víctimas, especialmente en delitos graves, solemos centrarnos en los daños materiales. Desde una perspectiva jurídica, el daño se cuantifica e intenta repararse, en muchas ocasiones, mediante una compensación económica. Por eso, algunas personas sostienen que en delitos especialmente graves, como aquellos con resultado de muerte, la reparación es imposible y que, por tanto, los procesos restaurativos tendrían poca utilidad.
Sin embargo, esta visión parte de una idea demasiado limitada de lo que significa reparar.
Precisamente en los delitos más graves, donde existen pérdidas irreparables, es donde más necesario resulta atender a otros daños que no pueden medirse en dinero. Además de la pérdida de un ser querido o de las consecuencias materiales del delito, existen daños morales, emocionales y psicológicos que, al no poder ser cuantificados, con frecuencia quedan sin una respuesta adecuada.Cuando una persona sufre un delito, no solo se ve afectado un aspecto concreto de su vida. Muchas veces se rompe la visión que tenía del mundo, de los demás y de su propia seguridad. Muchas personas vivimos con una creencia básica: si actuamos correctamente, si somos buenas personas, determinadas cosas no deberían ocurrirnos. El delito rompe esa percepción y puede generar preguntas profundas:
¿Por qué me ha ocurrido a mí?
¿Por qué, si no hice nada malo, he sufrido esto?
¿Es realmente seguro el mundo en el que vivo?
¿Puedo seguir confiando en las personas que me rodean?
Estas preguntas muestran una dimensión del daño que va mucho más allá de la sentencia o de la indemnización.









