lunes, 7 de abril de 2014

Otro ejemplo de por qué los procesos restaurativos deben ser flexibles

Hoy quería reflexionar sobre otra razón por la cual no se puede regular la Justicia Restaurativa y los procesos restaurativos de una manera rígida y tasada. Uno de los requisitos, además de la voluntariedad para poder participar en un proceso restaurativo es que el infractor reconozca los hechos, es decir que asuma el daño que ha causado.
Realmente, se considera que para un futuro encuentro restaurativo que sea sanador para la víctima y a su vez transformador para víctima e infractor, este último debe haber reconocido los hechos, sino no se aconseja. Claro, de esta forma es muy sencillo preparar a dos partes para un encuentro restaurativo, sin embargo, el reto más importante sería lograr que el infractor reconozca el delito que cometió y que asuma su culpabilidad. Los infractores igual que las víctimas no son iguales ni son máquinas que "funcionan" y "reaccionan" de la misma forma, para algunos infractores el proceso de culpabilidad y de responsabilización puede resultar sencillo ( nisiquiera me paro a mirar los motivos) pero para otros puede resultar más complicado. Y al igual que las víctimas deben encontrar su camino restaurativo a la recuperación, los infractores deben hallar su camino restaurador hacia la responsabilizacion, que le haga querer hacer las cosas bien. Por eso, no me parece idóneo que por defecto se excluya de los procesos restaurativos a aquellos infractores que no reconozcan lo que han hecho, ya que se puede trabajar con ellos individualmente, igual que se hace con las víctimas para conseguir este cambio restaurativo que le haga vislumbrar el "camino". Así seríamos justos con los delincuentes y también con sus víctimas,porque no olvidemos que las víctimas de aquellos infractores que no reconozcan a priori el delito cometido, quedarían desprotegidas y al margen de poder participar en un encuentro restaurativo.

Una vez más este ejemplo, demuestra que la Justicia Restaurativa y sus procesos deben tener una regulación pero lo suficientemente amplia, flexible y humana para que todos los afectados: víctimas e infractores puedan sentirse "arropados" por la justicia y entendidos en su camino restaurativo.  Justicia Restaurativa trata de "sanación" y "responsabilización" y como "aquí nadie se rinde" debemos destinar tiempo a conseguirlo, antes de dar por perdidos a algunos de los afectados.

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