El otro día con mis alumnos en un foro, alguno de ellos dijo que la mediación está de moda, y efectivamente es el gran problema, es un palabra que todos pronuncian y que pocos saben realmente lo qué es, además el riesgo de que esté de moda es, si al final es algo pasajero.
Todo esto se torna peor si hablamos de mediación penal. Resulta que para variar, el otro día un grupo de operadores jurídicos reclamaron la implantación de servicios de mediación penal, esta vez fueron los presidentes de las Audiencias Provinciales, hasta ahí todo puede parecer correcto, sin embargo, al reclamar esto se ve claramente su falta de conocimiento sobre este tema y sobre todo un querer ser protagonistas también en algo que surgió de forma paralela, si acaso, complementaria pero nunca como propiedad de los operadores jurídicos.
A ver, la mediación penal como instrumento para aplicar la Justicia Restaurativa es un herramienta eficaz pero no totalmente, puesto que con otras herramientas se podría llegar a más casos y más personas. Por eso, cuando el Estatuto de la Víctima habla de Servicios de Justicia Restaurativa, no lo dice porque quede bonito ni es una errata ni es porque la mediación penal es sinónimo de Justicia Restaurativa, al contrario, logramos que se hablara igual que en la directiva, de Justicia Restaurativa para poder aplicar a cada caso concreto, la herramienta que más eficaz pueda ser, para responsabilizar al infractor y lograr la mejor atención a las necesidades de las víctimas.
Por eso, no puedo entender cómo reclaman servicios de mediación penal, sabiendo que el estatuto de la víctima es mucho más amplio, deberían reclamar como no podría ser de otra manera, que fueran de justicia restaurativa. No se me ocurre motivo alguno para limitarse solo a la mediación penal que el desconocimiento de que la Justicia Restaurativa es mucho más que mediación penal. Además aprecio una desconsideración de estas personas con respecto a las víctimas, ya que reclaman estos servicios para comunidades autónomas con competencias en justicia, ¿acaso las restantes comunidades no pueden tener servicios de Justicia Restaurativa?, sería realmente injusto y a todas luces imposible de sostener, que solo hubiera servicios en determinados lugares, llegaríamos a la paradoja de tener víctimas de primera y segunda categoría, dependiendo de donde sufrieran el delito. El derecho de las víctimas a acceder a los servicios de Justicia Restaurativa que no de mediación penal, esta configurado en la directiva del 2012 y así se deduce del Estatuto de la Víctima como un derecho para todas las víctimas con independencia del lugar donde lo sufrieron. Por eso, será el ministerio de justicia el encargado de apoyar los servicios en Comunidades donde no exista competencias en justicia transferidas.
Dicho esto, me parece un peligro que los jueces quieran apropiarse del dominio y control de la mediación en general y de la justicia restaurativa en particular, Cuando Nils Christie dijo que el Estado nos robaba el conflicto y el delito, se quedaba corto , efectivamente el Estado se autoproclama víctima de los delitos y en este afán de tener el control del proceso, desplaza a las victimas a un papel secundaria,por esto surgió la Justicia Restaurativa, y ahora tal parece que son los operadores jurídicos los que quieren manejar, controlar y dirigir un proceso en los que los más importantes son los afectados por el delito y cómo ayudarlos a superar o al menos, empezar su camino hacia la superación del trauma.
Tampoco me parece normal que una juez, de una teórica asociación de jueces pro mediación hable de que costará que la mediación sea aceptada en España, ¿pero no se supone que ellos fomentan servicios de mediación en todos los ámbitos por toda España?, ahora entiendo que muchos de ellos se quedan en la foto, pero es que además hablan de que es complicado supervisar quién hará la mediación, a los mediadores se les supervisará por sus conocimientos, pero realmente si ellos, los jueces quieren controlar a los mediadores, yo me pregunto y a ellos quien los controla, mientras exigimos formación al mediador, el juez se autoerige en protagonista absoluto dirigiendo, supervisando y haciendo y deshaciendo a su antojo, esto sería estupendo si conocieran realmente y tuvieran todos la formación necesaria en mediación pero por desgracia no ocurre así. Y puedo dar fe de lo que digo, ya que yo misma tengo una resolución del Consejo General del Poder Judicial, en la que me dicen que la mediación es asesoramiento jurídico y que por eso se hace incompatible ser mediador y juez sustituto, ¿esto es conocer qué es mediación? Claramente no, pero si además nos vamos al área penal esto es todavía peor, si supieran qué es mediación penal, sus límites y cómo la justicia restaurativa es la filosofía que subyace en todas las herramientas que se basan en el encuentro, la participación, reparación, y responsabilización, no habrían desarrollado unos protocolos que al menos en el área penal son del todo incompatibles con el espíritu, y finalidad de esta forma de ver la justicia más justa y humana. No se puede decir que se apuesta por la mediación penal y realizar protocolos rígidos, tasados con poca flexibilidad y limitando delitos y tiempos, obviamente se olvidan que tratan con víctimas y algunas necesitaran poco tiempo pero otras tendrán que pensar mucho, si desean participar en un proceso de justicia restaurativa. Esta rigidez de los protocolos no es más que una transposición de la justicia retributiva a campos restaurativos, lo cual es del todo un error, más bien sería al contrario deberían transponer los elementos restaurativos al campo de la justicia tradicional para así suplir los vacíos y mejorar la satisfacción de los ciudadanos con respecto a la justicia. El error es grande y sino evitamos esto, por supuesto que como dice esa juez, la mediación y la justicia restaurativa costará que se arraigue en España pero no por los ciudadanos sino porque los operadores jurídicos acabaran pervirtiendo los beneficios y el sentido por el que surge la mediación penal y la Justicia Restaurativa.
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