La Justicia Restaurativa debe valorarse como algo necesario en nuestro derecho, ya que por encima de cualquier consideración legal, debe atenderse las necesidades de los más vulnerables: las víctimas y es obligación del estado hacer justicia, entendiendo por este hacer justicia, no solo castigar al culpable, sino conseguir que las víctimas sean reparadas de un daño que nunca debieron sufrir.
Lo que sí es claro es que desde el momento que se comete un delito, hay que cambiar el chip y primero tenemos que empezar a pensar qué podemos hacer por las víctimas y después, por supuesto, qué castigo merece el presunto culpable (si está identificado, si es penalmente responsable y no ha fallecido). Suelen decir que el orden de los factores no cambia el producto, pero en este caso ayuda y mejora la calidad de vida de muchas personas que sufren. Hacer justicia, no es solo castigar al culpable, esta es una visión muy parcial, hacer justicia es atender y ocuparse de las víctimas, de todas, con independencia del delito sufrido y del lugar donde se encuentren.
Por eso los procesos restaurativos, como herramientas para hacer realidad la filosofía, valores y principios de la Justicia Restaurativa son una fórmula ideal para que la comunidad sienta que se ha hecho justicia, ¿Por qué?
Porque se habrá reparado el daño a las víctimas, tanto moral como materialmente
Se habrá intentado que el infractor asuma su responsabilidad y decida hacer lo correcto
Gracias a este fomento de la responsabilización, es más probable que el infractor decida no volver a delinquir.
Esto beneficia a la comunidad que se siente más segura y con menos posibilidades que alguno de sus miembros se conviertan en víctimas
Además la comunidad tiene, siempre que sea posible, una participación activa en esta forma de hacer justicia, se hace socia con el sistema y el estado en procurar la mejor atención a víctima e infractor y así intentar recuperarlos de nuevo, como personas productivas y sin el estigma de víctimas y delincuentes
Al final todos ganamos.
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