viernes, 3 de septiembre de 2021

Flexibilidad pero sin perder la brújula de la justicia restaurativa


 MÁS IMPORTANTE LOS BENEFICIOS QUE LOS CONCEPTOS

Creo que nos obsesionamos con frecuencia por los conceptos y los nombres. Me explico, si la Justicia Restaurativa está por y para las víctimas, está claro que si preguntamos a cada una de ellas, qué creen que es esta Justicia, estoy completamente segura que cada una definirá la Justicia Restaurativa de muy distinta forma, porque cada víctima debe encontrar el camino hacia esta justicia. Todas las personas que han sufrido un delito y han participado en un proceso restaurativo coincidirán en los beneficios que ha supuesto esta justicia, pero para cada una de ellas el proceso en sí mismo, habrá supuesto distintas cosas, para alguna de ellas con el simple diálogo habrá sido suficiente, otras darán importancia a que han podido obtener respuestas a sus muchas preguntas, otras coincidirán en que el perdón, las ha supuesto un punto de inflexión...y así cada víctima, y cada persona que es diferente una de la otra, pondrá énfasis en lo que más las ha ayudado esta justicia.

 Por eso aunque nos empeñemos en definir conceptos, clarificarlos y delimitarlos, lo esencial es que el proceso restaurativo que ofrezcamos a cada víctima y cada infractor sea el indicado para ellos y sus circunstancias, el nombre no les importará tanto como las consecuencias beneficiosas que van a surgir.

NO PERDER LA BRÚJULA DE LO QUE ES RESTAURATIVO

Sin embargo, existe un riesgo evidente, si no sabemos leer la brújula que es la Justicia Restaurativa, todos debemos prepararnos para ser facilitadores de Justicia Restaurativa, y me preocupa, cuando se ofertan cursos más encaminados al ámbito escolar que el penal, pero se mete todo en el mismo saco, no es lo mismo trabajar en mediación, que en Justicia Restaurativa, tampoco es igual trabajar en Justicia Restaurativa en el ámbito escolar o comunitario que en el penal. Esto habría que tenerlo claro, igual que no es congruente ofrecer un curso de prácticas restaurativas y otorgar una constancia de formación en mediación, los asistentes al curso, no sabrán si están en mediación o en justicia restaurativa, y los riesgos son evidentes, no para nosotros, sino para las personas que confían en nosotros . También me preocupa que las personas crean que están haciendo justicia restaurativa y lo que hacen es dar información sobre qué es justicia restaurativa, no es lo mismo informar que realizar una verdadera práctica restaurativa, y sobre todo esto no impacta igual en las personas.....Por dar unas charlas de dos meses sobre ideas clave de justicia y justicia restaurativa no haces justicia restaurativa, aunque obvio si das formación e información muy interesante a los participantes.

De la misma manera, me produce mucha inquietud hablar de prácticas restaurativas y de Justicia Restaurativa como dos cosas diferentes, es cierto que ciertas entidades que en origen, surgieron para trabajar en los colegios y comunidades, quisieron ser diferentes y apostaron por prácticas restaurativas, en lugar de Justicia, creo que más por miedo a la palabra Justicia, que por otra cosa. Sin embargo, me pregunto; en qué basan las prácticas restaurativas, acaso no la fundamentan en teorías, paradigmas o ciencia social....pues para mí, en mi humilde opinión, esto es la Justicia Restaurativa, la base, la filosofía, en la que fundamentar las diferentes formas de aplicarla en la realidad, es decir las prácticas restaurativas serían la forma de hacer realidad este espíritu o cambio de lente en la justicia, pero justicia entendida, no sólo en el ámbito penal, sino en la vida cotidiana, intentando ser justos en nuestra actuar y en nuestras relaciones con los demás.

No hay comentarios:

Publicar un comentario