LAS VÍCTIMAS NO SON INCAPACES
Siempre se piensa en las víctimas, con miedo, se reflexiona y se decide por ellas, esto es bueno, esto puede perjudicarlas, esto quizá no...tenemos tendencia a pensar que por haber sufrido un delito, ya automáticamente son seres incapaces, y claramente no es así. En un mundo centrado exclusivamente en el infractor, no es tarea fácil cambiar el chip radicalmente y decir a la gente que con esta justicia nos vamos a centrar en ellos, en los que sufren, en las víctimas para colmo, cada vez que veo la televisión, lo único que oigo es penas más duras como si esto fuera lo único importante para todos nosotros. Sin embargo, he aprendido que no se debe demonizar estos sentimientos negativos como el rencor, el odio, la ira, el resentimiento. ¡Cómo una persona que ha sufrido un delito, no va a sentir todo esto y mucho más! Por supuesto, que si, y negarlo sería causar más dolor. Lo que un buen facilitador de Justicia Restaurativa debe saber es abordar estos sentimientos negativos que tienen las víctimas para ir transformándolos en otros más positivos como dignidad, respeto, orgullo de ser superviviente de un delito... y así ayudarlas en el camino hacia la superación del trauma del delito. ¿fácil? Claro que no, además nosotros solo podemos ayudar pero el camino lo tienen que recorrer ellas, no obstante, la Justicia Restaurativa puede hacer este camino un poco menos complicado.
Algunas personas se preguntaran cómo podemos ayudar si quizá nunca hemos sido víctimas, pues porque aunque no hacemos terapia si tenemos formación en gestión del trauma, y esto nos hace generar espacios de confianza donde las personas que han sufrido se sienten seguras para contar su historia y necesidades, promovemos su empoderamiento, algo que el sistema no hace.
MALAS INTERPRETACIONES DE LO QUE LA JUSTICIA RESTAURATIVA ES
Existe el riesgo de que muchos crean que así el infractor no va a recibir su condena, y excuso este error, porque es algo muy común sobre todo si escuchamos hablar a gente que define esta justicia erróneamente, como alternativa, como una forma de llegar a acuerdos para evitar el juicio. Estas personas no hacen ningún bien para la justicia restaurativa, al menos en la actualidad con un mundo tan punitivo y mucho menos cuando se dedican a definirla como si exclusivamente fuera mediación penal y como si el delito sufrido por la víctima fuera un mero conflicto, sin duda, la mentalidad de mediador hace mucho daño a la Justicia Restaurativa ...pero tenemos que ser firmes en transmitir que en delitos graves el infractor a prior no recibiría ningún beneficio penitenciario por su participación en los procesos restaurativos serán totalmente voluntarios y sin esperar nada a cambio, eso sí, el hecho de participar implica que ha asumido su responsabilidad y ha reconocido los hechos, con lo que se comprometerá a reparar el daño. Y las legislaciones si contemplan beneficios por reparar el daño, asumir las responsabilidades etc Esto que puede resultar muy teórico en la práctica, genera enormes beneficios para la víctima que se siente escuchada y tenida en consideración, para el infractor que muy probablemente no vuelva a delinquir y para la comunidad que reinsertará a ambos de nuevo en ella como personas productivas. Y si no se dan los requisitos, las circunstancias o las condiciones para un encuentro conjunto, al contrario de lo que leo habitualmente siempre se podrán realizar programas individuales con victimas o con personas ofensoras o incluso solo con comunidad. Mientras pensemos que solo hay justicia restaurativa si existe encuentro conjunto, nos vamos a obsesionar con buscar a toda costa esta reunión y corremos el riesgo de acabar no siendo restaurativos por ejemplo, reuniendo a un privado de libertad que ha hecho justicia restaurativa con un adolescente en conflicto con la ley, (este encuentro conjunto no tiene ningún requisito para ser considerado restaurativo), buscando victimas subrogadas llegando a reunirlas con infractores de delitos muy diferentes a los que han sufrido etc. Podemos ser totalmente restaurativos si hay este encuentro conjunto o parcialmente restaurativos.
CONCLUSIÓN
Para la Justicia tradicional cometer un delito, implica que eres culpable y ya está, sin embargo para la Restaurativo implica que te haces responsable, y además vas a contraer una serie de obligaciones para reparar el daño o mitigarlo. Y sufrir un delito para la justicia tradicional implica que te conviertes en un mero cebo para ver si la persona es declarada culpable cuando acaba el juicio si lo hay ya no importas, mientras para la restaurativa, interesa tu historia, necesidades, expectativas de futuro...
No hay comentarios:
Publicar un comentario