Para los que como yo, estamos trabajando en Justicia Restaurativa no suele ser esencial que exista ley, porque realmente la filosofía de la Justicia Restaurativa puede inspirar la justicia penal tradicional, sin necesidad de regulación, ya que sus valores y principios son mucho más justos. No obstante, la existencia de una ley se torna en una autentica obsesión para algunos operadores jurídicos, esto no es sino fruto del "miedo" o "desconfianza" hacia lo que no se conoce. No voy a negar que la existencia de una ley es un objetivo, si queremos establecer programas de justicia restaurativa específicos, como mediación penal, conferencias o círculos. Obviamente para estos casos, si existiera una ley podríamos trabajar con más eficacia, sin depender de la buena voluntad de algunos jueces y fiscales, y sobre todo con un apoyo económico igual en todo el país.
Pero lo que me suele preocupar es cómo se va a enfocar esta ley, porque la grandeza de esta justicia es que no está sujeta a formalismos excesivos, burocracia y procedimientos rígidos y tasados, sin embargo, frecuentemente en algunos lugares se tiende a elaborar unos protocolos tan estrictos que privan de su potencial a los programas restaurativos como la mediación penal. Veo como se fijan plazos rígidos, procedimientos rigurosos que impiden lo que es más importante, que las herramientas restaurativas se adapten a cada víctima, infractor y cada caso concreto. Son los procesos restaurativos los que deben adaptarse a las personas que acuden a ella y no a la inversa. Por eso, como coordinadora de un servicio de mediación penal, me gustaría tener una ley que dignificara el trabajo que hacemos y nos permitiera ofrecer el mejor servicio posible a las víctimas, sin embargo, como persona que cree que la justicia restaurativa es una filosofía más amplia que los simples encuentros restaurativos, tengo miedo que la ley, en lugar de favorecer nuestro trabajo, lo limite y quite eficacia. Aspiro a una ley o unos artículos dentro de una ley que regulen la esencia de la Justicia Restaurativa y de los programas como mediación penal y luego reconozca que cada caso y cada persona es diferente a otra aunque el delito sea el mismo, incluso un delito menos grave puede afectar a las personas de una manera similar a uno más grave. Como tratamos con personas y sentimientos es importantísimo contar con procesos flexibles y abiertos para atender de la mejor forma posible a cada persona. Si no se tiene en cuenta estas peculiaridades, se corre el riesgo de uniformizar y transformar los procesos o programas restaurativos en una parte más de la justicia tradicional, entonces lo que estaba destinado a mejorar la justicia penal, no será más que un nuevo parche.
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