miércoles, 16 de diciembre de 2015

La importancia de la Justicia Restaurativa para gestionar el trauma

La justicia es parte del proceso de curación de las víctimas, es algo que ayuda a las personas que sufren un trauma tras experimentar el delito en su proceso de sanación. Por eso,  es importante que los facilitadores de Justicia Restaurativa conozcan acerca de la dinámica del trauma. Realmente una de las reacciones de las víctimas frente al trauma son los sentimientos de venganza y una necesidad real de que se haga justicia. La Justicia es importante cuando hablamos de trauma y curación. La línea entre justicia y venganza, como hablaba el otro día en este mismo blog, es delgada. Cuando nuestro cerebro y cuerpo se ven afectados por el trauma realmente podemos confundir ambas. Como  hemos sido dañados sufrimos un trauma y a veces lo que hacemos es dañar a los demás o nos dañamos a nosotros mismos. ¿Cómo encontrar justicia de forma que no incurramos en una continuación de los ciclos de violencia?
Pues realmente la Justicia Restaurativa ayuda a aliviar los sentimientos negativos y fomentar una puerta abierta al proceso de curación del trauma. ¿Por qué es positiva esta Justicia? Por tres puntos esenciales:
Las necesidades de las víctimas a veces no son satisfechas durante el proceso penal, lo que hace que sean revictimizadas y en muchas ocasiones vuelven a ser traumatizadas.Estas necesidades van más allá del castigo, necesitan recuperar el sentimiento de seguridad, respuestas reales a sus dudas no las de la justicia, contar su historia, empoderarse y sentir que son respetadas. Esto se consigue de una manera más eficaz con esta Justicia y los estudios revelan que estos procesos restaurativos reducen el miedo en la víctima, aumenta su satisfacción con la justicia, promueve una mayor comprensión del por qué del delito y disminuye el trauma y el estres.
Los infractores son castigados durante el proceso penal pero pocas veces asumen el daño, lo que hace que las víctimas se sientan frustradas. 
Y además las comunidades quedan fuera de este proceso, lo que genera un sentimiento de que no hay justicia, no se empodera a los realmente afectados
Por esto, la Justicia Restaurativa más que  encuentros es una filosofía y tenemos que ser creativos.  La Justicia Restaurativa no siempre es un encuentro entre víctima e infractor por ejemplo hay veces que una víctima puede tener una reunión con un infractor que ha hecho algo similar. Es decir cuando se habla de Justicia Restaurativa y no de mediación penal no es solo por que la mediación penal es una mínima parte de lo que se puede hacer con la Justicia Restaurativa, sino también porque teniendo en cuenta los principios y valores de esta Justicia, podemos ser más o menos restaurativos con víctimas, infractores y comunidad, por separado o en conjunto.

20 comentarios:

  1. Respuestas
    1. lamento no te guste la verdad es que en mi experiencia primero como juez y ahora como facilitadora ocurre muy a menudo no siempre pero en muchas ocasiones si. saludos

      Eliminar
  2. Interesante, me gusto mucho, me sirvió para mi tarea.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. muchas gracias cualquier duda puedes escribirme y consultarme. un saludo

      Eliminar
  3. Y¿la importancia de esta justicia en la familia?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Por supuesto, los efectos beneficiosos de la justicia restaurativa no se quedan en los directamente afectados sino que van a la familia de ambos e incluso a la comunidad (que recupera su sentimiento de seguridad). Si lees este blog verás que hay muchas otras entradas relativas a los beneficios en la comunidad y en la familia. saludos

      Eliminar
    2. seguro x la clases virtuales

      Eliminar
    3. clases virtuales a qué te refieres porque el tema virtual solo es ahora por la pandemia, yo los programas siempre los hago presenciales....así que no entiendo muy bien a lo que refieres.

      Eliminar
    4. Me encantaría que te explicaras mejor cuando haces este tipo de comentarios porque no comprendo muy bien, de todas formas agradecida porque dedicas tu tiempo a leerme.

      Eliminar
  4. Cual es la importancia?? Porfavor

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. La familia de víctima y ofensor son afectados de forma indirecta por el delito, por tanto los procesos restaurativos más inclusivos como las conferencias y los círculos les dan una voz que no tienen habitualmente en el proceso penal tradicional. Por tanto la familia de la víctima tendrá voz y acompañamiento a su familiar y la del ofensor de la misma manera podrá sentir que compaña a su ser querido en el camino hacia la responsabilización. Entiendo que la familia también se puede quitar el rol de víctimas o verdugos dependiendo de si son familia de una u otro. Además muchas veces pueden en el camino entender a sus seres queridos, las víctimas manifiestan que su familia no sabe cómo tratarla etc y similar pasa con el ofensor. Yo diría que lo bueno que tiene los procesos restaurativos más inclusivos es que incluyen a la familia y comunidad y por tanto el efecto sanador es mayor, y como efecto colateral mayor fortalecimiento de los lazos entre ellos. Braithwaite destaca la importancia de la familia para le ofensor con esta frase " es la verguenza de los ojos de los que te quieren los que te pueden hacer cambiar" refiriéndose a la verguenza reintegrativa.

      Eliminar
  5. Esta justicia restaurativa, ¿Como se aplicaría a situaciones de conflicto familiar?
    ¿Siempre será eficaz?
    ¿En que situaciones se puede usar esta justicia y en cuáles no?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. en conflictos familiares cuando son co construídos se aplicaría la mediación sino hay desequilibrio de base por supuesto se podría aplicar prácticas restaurativas en Toluca (México)tienen un programa de prácticas restaurativas familiares muy interesantes. A priori no descartaría situaciones sino que estaría al caso concreto y lo analizaría para ver su viabilidad.

      Eliminar
  6. como seria si existe un conflicto familiar desde la justicia restaurativa y su importancia.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. en cualquier conflicto familiar en el que hay un daño y un desequilibrio entre dos partes de la familia podría darse la justicia restaurativa, en cambio si hay un conflicto co construído sería mejor aplicar mediación familiar. saludos

      Eliminar
  7. Pero ¿bajo que argumentos se aplica la justicia restaurativa a la solución de un conflicto familiar? Me ayudarías mucho con eso. 🙏

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. pues siempre que haya una situación dañosa que hay provocado un desequilibrio entre los miembros de la familia, si hay un conflicto co construído sería mediación sino prácticas restaurativas. Quédate con la idea de que debe existir un daño que genere desequilibrio en la familia, no se trata de un conflicto en el que todos han contribuído debe haber un aspecto lesivo para que apliquen las prácticas restaurativas y esto además es la diferencia con la mediación. Además se iría más a ver el por qué de este daño que a resolver, si puede se intentaría resolver pero lo importante es profundizar en el daño. un salud

      Eliminar
  8. Cual es la diferencia principal con la justicia punitiva? Existen lan figura del juez? Si el delito es un asesinato como se aplica este tipo de justicia?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. son muchas preguntas a lo largo del blog veras muchas respuestas a lo que preguntas, aquí interviene un facilitador debidamente formado, el delitos menores sería alternativa al juicio pero en los graves sería un complemento por tanto el juez siempre existiría solamente habría que ver qué resultado tiene el proceso restaurativo dentro del proceso. En algunos lugares se hace estando el infractor en prisión con lo que los resultados sirve para su reinserción no tiene efectos jurídicos en su caso. En los delitos graves sería esto, y se deben hacer buenas preparaciones individuales antes de valorar una posible conjunta, para esto si buscas variables a tener en cuenta ante una posible reunión conjunta, te saldrán entradas de este blog con algunos aspectos para la preparación de las partes en delitos muy graves, en ocasiones si así se viera no podría hacerse una conjunta, más que del delito concreto, depende del caso. saludos

      Eliminar