Los procesos de Justicia Restaurativa son procesos que están centrados en las víctimas, sin perjuicio de que atendiendo a los afectados por el delito, se ayuda al infractor también. Para que estos procesos funcionen, si se valora como idóneo una reunión conjunta sea la forma que fuere, es necesario tener en cuenta una serie de variables para que que el encuentro cara a cara, sea eficaz y no produzca más daños que los beneficios que está destinado a conseguir. Generalmente los beneficios de un posible encuentro conjunto son muchos pero si es cierto que se deben gestionar cuidadosamente sobre todo si el delito es de cierta gravedad. Hoy quiero recordar en mi blog, estas variables más importantes:
Resultado, es importante entender lo que las víctimas quieren del proceso y después de él. Es esencial ayudar a las personas con los resultados u objetivos que desean conseguir del proceso restaurativo, y que los puedan enfocar hacia resultados sobre los que tengan control o poder de decisión. Esto dependerá, por ejemplo de si las partes tienen una relación previa, lesiones de hijos a padres o si no tienen ninguna relación, un ejemplo puede ser el joven infractor que comete un delito, la víctima puede pensar que es un joven sin posibilidad de redención, sin embargo, durante el proceso se puede mostrar a la víctima, ayudarla a conocer un poco más a este joven para que su visión cambié y sin justificar el delito, si pueda ver al infractor sin juzgarlo de forma vergonzante, sino de una forma que pueda generarle empatía y deseo de cambio.
Es importante asegurarse que las expectativas de las víctimas sobre los resultados son realistas y se centran en sus propias necesidades,en lo que necesitan para poder superar o comenzar el camino hacia la recuperación. Es complicado a veces, establecer esta línea divisoria pero las preguntas durante todo el proceso de justicia restaurativa, pueden ayudar a las víctimas a encontrar el camino hacia su propia restauración de una forma realista, posible y restauradora.
Contexto de la relación - La justicia restaurativa es buena para explorar la naturaleza de la relación futura. Las víctimas tienen una serie de necesidades pero la más importante es que el infractor no vuelva a hacerlo, que ni ella ni nadie vuelva a pasar por lo que ella ha sufrido. La Justicia Restaurativa es acerca de cómo reparar el daño, no causar más daño. La Justicia Restaurativa no trata de reconciliación de forma prioritaria, con el infractor, con la otra parte, trata de reconciliación consigo mismo y con el entorno. Sin duda, si víctima e infractor se conocen y tienen una relación previa que no pueden romper, será bueno establecer cómo se presenta su futura relación tras el proceso de justicia restaurativa
Flexibilidad - Cada caso es diferente. Las víctimas son personas y como tal son distintas, unas de otras y experimentan el delito de diferente forma. Debemos mantenernos fieles a la atención primaria de la Justicia Restaurativa (daños, necesidades, obligaciones y compromisos). La preparación individual de víctima e infractor para las sesiones conjuntas es esencial. Deben estar preparadas para hablar del daño, así como escuchar la perspectiva del infractor. Justicia Restaurativa da a las víctimas, espacio protegido (de seguridad) para hablar (testimonio) de lo que (la elección) fue lo más duro para ellas. Los procesos restaurativos lo que favorecen es un avance en conseguir hacer las cosas bien (validación y restitución) tras conocer la información de como el delito impactó en la víctima y qué fue lo más difícil para ellas.
Por eso, la pregunta clave en muchos procesos de justicia restaurativa y en muchos casos será ¿qué fue lo más difícil o duro para ti?. Hoy hablo de la víctima pero sin duda, esta pregunta para el infractor también puede llevarlo a la reflexión y la humanización. La búsqueda de la verdad emocional es esencial para el proceso de curación de los afectados por el crimen.
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