INTRODUCCIÓN
Lo cierto es que si pensamos en el fin de la pena como el castigo o la retribución, es decir, devolver al infractor una cantidad de dolor que se corresponda con el daño causado puede ser suficiente o más que suficiente. No obstante, la retribución como fin de la pena se centra en la dimensión pública de la delincuencia. El estado debe dar a entender que toda violación de la norma es desaprobada y el ciudadano debe comprenderlo, para evitar futuros quebrantamientos de las leyes. Sin embargo, si pensamos en un delito muy grave, como la muerte de seres vivos, ¿Cuánto castigo sería suficiente para compensar las pérdidas de vidas? Jamás se podría poner en una balanza el delito grave y el castigo porque ni tan siquiera la muerte del infractor, como el castigo más terrible, podría equilibrar la pérdida de seres vivos inocentes. El retribucionismo como fin de la pena se basa en una especie de venganza recíproca y muchos creen que se hace justicia si el infractor tiene dificultades y el equilibrio trata de adquirirse mediante el pago, de devolver al delincuente el sufrimiento que causó por el delito. Sin embargo, el desequilibrio con respecto a las víctimas directas y la sociedad seguirá existiendo.
DESEQUILIBRIO TRAS EL DELITO ESPECIALMENTE EN DELITOS MÁS GRAVES
Parece ponerse en una misma balanza a víctimas e infractores y esto no es así, las víctimas por el mero hecho de serlo merecen nuestro respeto y consideración y necesitan sentir que se ha hecho justicia. Probablemente la retribución, el castigo supone para el estado como víctima, un alivio, recupera el control y está diciendo a otros potenciales infractores que si delinquen van a sufrir un castigo ¿Pero y las víctimas y la sociedad? No niego que en un principio el sentimiento de venganza normal y lógico en todo ser humano, pueda hacer sentir bien a las víctimas, sabiendo que el infractor lo pasará mal. Pero el problema surge porque la retribución que deriva del sistema penal tradicional de justicia, no da un papel activo al delincuente, solo tiene una responsabilidad pasiva por un acto cometido en el pasado. Esto no ayuda a que surjan en ellos sentimientos de vergüenza, o de remordimiento. Esto lo que conlleva es que si reciben finalmente su castigo, y entran en prisión, es poco probable que reflexione y tras su salida, no vuelva a cometer el mismo o similares delitos, y es así porque esta actitud pasiva y destructiva no fomenta en ellos una reflexión y valoración real y meditada de su conducta delictiva.
El sufrimiento que se trata de devolver al infractor por su conducta se duplica ya que lo queramos o no va a afectar a sus familiares y allegados. Todo esto hace que muchos sientan al recibir su castigo, no solo que no es merecido, sino que están siendo víctimas de una injusticia.
CONCLUSIÓN
Por eso, la Justicia Restaurativa, es un paso más hacia una justicia moderna y humana, que invita al infractor a tomar una responsabilidad activa, participando en el proceso y haciendo “gestos” para reparar o compensar el daño. Esto es no solo por el acto delictivo cometido en el pasado, sino que está orientada al futuro.
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