lunes, 6 de abril de 2026

El sistema ignora, la justicia restaurativa escucha


INTRODUCCIÓN

Cuando fui juez, al principio me generaba un profundo estrés tener que decidir sobre cuestiones en las que, en muchos casos, yo mismo sentía que sabía poco. Me repetía que debía limitarme a valorar las pruebas, pero aun así pesaba la responsabilidad. Con el tiempo comprendí algo que lo cambia todo: hiciera lo que hiciera, aproximadamente un 50% de las personas se sentiría satisfecha y el otro 50% no. Y es lógico. Cuando estamos inmersos en un conflicto, rara vez nos cuestionamos si podemos estar equivocados; estamos tan convencidos de nuestra razón que el paso natural parece ser acudir a un juzgado.

Pero si lo pensamos con detenimiento, hay algo profundamente llamativo en esto: acudimos a una persona completamente ajena —un juez— para que resuelva nuestros problemas más íntimos. En algunos casos, sin duda, es necesario. Pero en otros, como en un divorcio contencioso, cabe preguntarse con honestidad: ¿de verdad es la mejor solución que un tercero decida, por ejemplo, cuánto tiempo estarán los hijos con cada progenitor? Difícilmente puede serlo. Por eso la mediación se presenta como una alternativa mucho más adecuada.

En el ámbito penal, la situación no es mejor. Un juicio penal implica, casi siempre, una víctima que, lejos de sentirse reparada, se ha sentido más vulnerada a lo largo del proceso. Personas que han tenido que declarar una y otra vez, reviviendo el dolor y el trauma. Y cuando quizás comenzaban a recomponerse, son llamadas al juicio oral, muchas veces tiempo después, cuando creían haber logrado cierta distancia emocional.

Estos eran, sin duda, los casos que menos me gustaban. Y el malestar aumentaba cuando las víctimas acudían acompañadas de sus allegados: víctimas indirectas que también han sufrido, pero a quienes el sistema apenas reconoce. Personas que, salvo que sean testigos, quedan completamente invisibilizadas.

LAS EXPECTATIVAS QUE NO SE CUMPLEN

Muchas víctimas llegan al juicio oral con expectativas que el sistema no está diseñado para satisfacer. Creen que podrán expresarse, desahogarse, contar no solo qué ocurrió, sino cómo se sintieron, cómo ha cambiado su vida y qué necesitan para seguir adelante. Sin embargo, el juicio es un proceso rígido, solemne, a menudo intimidante, que impone una estructura en la que solo se responde a preguntas —y no siempre desde el respeto o la sensibilidad necesaria

En ocasiones, ni siquiera tienen la oportunidad de participar si el caso termina en una conformidad entre fiscal y defensa. Y entonces, al finalizar, regresan a su realidad con una sensación de vacío: el sistema en el que habían depositado sus esperanzas no les ha permitido ser escuchadas.

LA JUSTICIA RESTAURATIVA COMO ALTERNATIVA NECESARIA

Frente a este modelo, la justicia restaurativa surge como un soplo de aire fresco. Una forma de entender la justicia que pone en el centro a las personas, sus necesidades y sus procesos, y no únicamente los hechos o las normas.

Pero hay algo que debemos cuidar especialmente quienes trabajamos en este ámbito: no podemos permitir que la justicia restaurativa se convierta en una réplica de aquello que pretende mejorar. No podemos encorsetarla en protocolos rígidos, plazos tasados o estructuras burocráticas que desnaturalicen los encuentros restaurativos.

La justicia restaurativa debe ser flexible, adaptativa, profundamente humana. Debe ofrecer diferentes formas de encuentro según las necesidades del caso, sin reducirse únicamente a la mediación penal. Y, sobre todo, no debe ser el sistema restaurativo el que se adapte a la rigidez del sistema penal, sino al contrario: es la justicia penal la que necesita transformarse, impregnándose de valores restaurativos.

Debemos avanzar hacia un modelo en el que las personas —todas ellas, incluidas las víctimas indirectas— sean verdaderamente escuchadas y tenidas en cuenta. Un sistema que no genere más daño del que pretende reparar.

CONCLUSIONES

La justicia no puede seguir siendo un espacio donde las personas entran con esperanza y salen con frustración.

No podemos llamar “respuesta” a un proceso que no escucha, que no acoge y que no repara.

Cuando una víctima termina un procedimiento sintiéndose más sola que al inicio, algo esencial está fallando. Cuando delegamos en un tercero decisiones que afectan profundamente a nuestras vidas, quizá estamos renunciando también a nuestra capacidad de responsabilizarnos y dialogar.

La justicia restaurativa nos recuerda algo sencillo pero poderoso: que los daños no son solo problemas jurídicos, son experiencias humanas. Y como tales, necesitan algo más que normas; necesitan escucha, tiempo y sensibilidad.

Transformar la justicia no es una utopía, es una necesidad.

Y empieza por algo tan básico —y a la vez tan revolucionario— como volver a poner a las personas en el centro.

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