INTRODUCCIÓN
A nadie se le escapa que la justicia restaurativa está de moda. Tanto, que incluso un partido político llega a afirmar en una nota de prensa que apoya el despido basado en la justicia restaurativa. Como si esa etiqueta lo hiciera automáticamente más adecuado, en lugar de defender simplemente que cualquier despido debería ser necesario y respetuoso con las necesidades de quien lo sufre.
Porque conviene decirlo claramente: que un despido tenga en cuenta las circunstancias de la persona despedida, por ejemplo a la hora de la indemnización, no lo convierte en restaurativo. Llamarlo así no lo transforma.
Hoy todo parece ser restaurativo. Y, para colmo, quienes se arrogan la autoridad para definir qué es justicia restaurativa y cómo se aplica no son quienes la practican día a día —los y las facilitadoras—, sino los políticos y, en el mejor de los casos, algunos profesionales reconocidos en otros ámbitos, como la docencia, pero con un conocimiento de la justicia restaurativa similar al de la mayoría: escaso o superficial.
Algunas personas se preguntarán por qué esto importa tanto. La respuesta es sencilla: porque las malas prácticas tienen consecuencias. Perjudican directamente a quienes llevamos años trabajando en intervenciones restaurativas, incluso cuando la justicia restaurativa no era una tendencia ni un eslogan.
Pero hay más. Se está imponiendo un único modelo desde instancias políticas, se están destinando grandes cantidades de dinero a entidades o personas sin la preparación adecuada, y, paradójicamente, se limita o excluye a quienes sí cuentan con la experiencia y el conocimiento necesarios.
Esto no es una simple contradicción. Se acerca peligrosamente a una realidad preocupante: el uso de la justicia restaurativa para fines que poco tienen que ver con su esencia. Y su esencia, no conviene olvidarlo, es una sola: ayudar a las personas.
Y DE REPENTE SOLO ES JUSTICIA RESTAURATIVA LO QUE DICEN LOS POLITICOS
Resulta llamativo comprobar cómo, hace unos días, se organizaban unas jornadas para explicar el funcionamiento de la justicia restaurativa en las que participaban funcionarios de Instituciones Penitenciarias, un director de un centro penitenciario, una psicóloga del centro y una persona mediadora perteneciente a una entidad a la que se le permite desarrollar intervenciones restaurativas, a pesar de no contar con especialización ni formación específica acreditada en esta materia.
La impresión que se transmite es clara: desde Instituciones Penitenciarias se decide qué es la justicia restaurativa y cómo debe aplicarse. Y, en consecuencia, si no haces lo que ellos dictan, quedas vetado para siempre de cualquier intervención restaurativa en este ámbito.
Si al menos el modelo que se visibiliza fuera realmente justicia restaurativa sería un alivio. Pero no es así. Lo que se presenta como tal no es más que un curso o taller de diez sesiones, aderezado con alguna dinámica reflexiva, en el que las personas participantes —ofensoras— adquieren conocimientos sobre determinados temas, como sucede en cualquier taller formativo. No hay, en realidad, una intervención restaurativa. Continuar leyendo en lawandtrends

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