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viernes, 3 de noviembre de 2023

Sobre el concepto de justicia restaurativa


 MI EVOLUCIÓN SOBRE LA CONCEPCIÓN DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

Tras muchos años en la justicia restaurativa de forma teórica y práctica,  he de decir que ha cambiado mi forma de ver o tal vez como dice Howard Zehr, he ido modificando la lente con la que me acerco diariamente a la justicia restaurativa

¿En qué sentido ha cambiado mi forma de ver esta justicia?

En primer lugar, me ha dejado de obsesionar la búsqueda de la evidencia de que esta justicia funciona. Este es un problema que suele presentarse cuando se quiere abrir el “camino” a algo teóricamente nuevo y el caso de la Justicia Restaurativa no es una excepción, sin embargo, si se ha demostrado y hay evidencias de que la Justicia penal tradicional no funciona como debiera y no satisface a los ciudadanos, tenemos que presentar opciones que puedan mejorarla y la justicia restaurativa es esta opción, por eso más que buscar evidencias de su eficacia, habría que darla tiempo, recursos y una buena regulación. De ahí que, aunque los que nos dedicamos a esto, frecuentemente nos vemos agobiados con esta idea, de que hay que demostrar que lo que hacemos es bueno, la realidad es que el día a día va a corroborar la tan “ansiada” evidencia, cuando las personas acudan a la justicia y esta se muestre más cercana y preocupada por cada una de ellas, cuando vean que han dejado de ser un simple número de expediente y sobre todo se den cuenta que su voz es escuchada. 

lunes, 11 de septiembre de 2023

Otra definición de justicia restaurativa

 


CONCEPTO:

"La Justicia Restaurativa es un enfoque inclusivo sobre cómo abordar el daño o el riesgo de daño mediante la participación de todos los afectados, para  a un entendimiento común y un acuerdo sobre cómo se pueden reparar el daño, mantener las relaciones  y la lograr así que se haga justicia". Esta es una definición que se ha estableció en un foro a nivel europeo sobre justicia restaurativa,  de ella, hay cosas que me gustan y otras que no tanto. 

ASPECTOS A FAVOR :

Por un lado, me parece interesante que se defina como enfoque, igual que las Naciones Unidas, lo hace como respuesta. Esto lo que hace es respetar esta amplitud de la Justicia Restaurativa, y hacernos ver que no se reduce a procesos o metodologías concretas. Esto es muy común, obsesionarnos con las metodologías, últimamente parece que en España, se abandona la mediación y ahora las personas se obsesionan con los círculos. La Justicia Restaurativa no es un proceso concreto.

lunes, 29 de abril de 2019

El concepto de Justicia Restaurativa

MI EVOLUCIÓN SOBRE LA CONCEPCIÓN DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA
Tras muchos años en la justicia restaurativa de forma teórica y práctica,  he de decir que ha cambiado mi forma de ver o tal vez como dice Howard Zehr, he ido modificando la lente con la que me acerco diariamente a la justicia restaurativa
¿En qué sentido ha cambiado mi forma de ver esta justicia?
En primer lugar, me ha dejado de obsesionar la búsqueda de la evidencia de que esta justicia funciona. Este es un problema que suele presentarse cuando se quiere abrir el “camino” a algo teóricamente nuevo y el caso de la Justicia Restaurativa no es una excepción, sin embargo, si se ha demostrado y hay evidencias de que la Justicia penal tradicional no funciona como debiera y no satisface a los ciudadanos, tenemos que presentar opciones que puedan mejorarla y la justicia restaurativa es esta opción, por eso más que buscar evidencias de su eficacia, habría que darla tiempo, recursos y una buena regulación. De ahí que, aunque los que nos dedicamos a esto, frecuentemente nos vemos agobiados con esta idea, de que hay que demostrar que lo que hacemos es bueno, la realidad es que el día a día va a corroborar la tan “ansiada” evidencia, cuando las personas acudan a la justicia y esta se muestre más cercana y preocupada por cada una de ellas, cuando vean que han dejado de ser un simple número de expediente y sobre todo se den cuenta que su voz es escuchada.