viernes, 29 de abril de 2022

Justicia restaurativa en delitos graves (IV)


INTRODUCCIÓN

Finalmente, hoy quiero hablar de las últimas consideraciones que he extraído del libro, The Little Book of Restorative Justice for Sexual Abuse y que han venido a corroborar la idea de que podemos brindar la respuesta restaurativa más adecuada a cada caso. En ocasiones será una respuesta totalmente restaurativa con procesos o práctica "ideales" pero en otras no será posible o deseable y aún así podremos ofrecer una ayuda para sanar a los que de alguna manera estén afectados por el delito que se ha cometido. Por último,  se puede decir que la justicia restaurativa aporta conciencia, o más bien conciencia a la sociedad de la necesidad de ayudar a "sanar las heridas" y trabaja en la prevención de mayores conflictos dentro de las comunidades. Y es que aunque pensemos que no, la comunidad sufre el impacto del delito y necesita "sanar" la crisis que se produce como consecuencia del delito.  ¿Cómo conseguir esto? A través de reuniones restaurativas para preguntas, reuniones de círculo para escuchar los daños y sentimientos y grupos de resolución o gestión de problemas que discutan la planificación futura. 

jueves, 28 de abril de 2022

Justicia restaurativa en delitos graves (III)


INTRODUCCIÓN

Siguiendo con los comentarios sobre este libro The Little Book of Restorative Justice for Sexual Abuse hoy me gustaría comentar otro aspecto importante sobre la Justicia Restaurativa en delitos más graves como el de abusos sexuales, pero también aplicable a muchos otros:

Con la Justicia Restaurativa, se reconocen las necesidades y la humanidad de todos los que de alguna manera, estén tocados por el delito. En muchos, por no decir la mayoría de los delitos, especialmente si son más graves, los afectados que no se tienen en cuenta, son la comunidad, en general. El libro enfatiza que estas necesidades también deben ser atendidas. Todos nos vemos afectados de alguna manera cuando se cometen delitos, y en especial cuando se producen en nuestra comunidad, más cercana. Nos interesa sentirnos bien dentro del grupo, de la comunidad y cuando sabemos que un miembro ha resultado dañado, algo también se rompe dentro de nosotros, se quiebra nuestros valores y nuestra confianza en un mundo idílico donde poder vivir en paz.  Lisa Schrich también aborda las implicaciones legales en uno de sus artículos, donde acertadamente afirma : "Los procesos que involucran conferencias familiares y comunitarias para responder a las necesidades de la víctima deben complementar, no reemplazar los procesos de justicia penal. 

miércoles, 27 de abril de 2022

Justicia restaurativa en delitos graves (II)


INTRODUCCIÓN

Siguiendo con la recomendación del libro, The Little Book of Restorative Justice for Sexual Abuse, hoy hablaré de la siguiente premisa sobre procesos restaurativos especialmente en delitos graves:

El proceso de justicia restaurativa requiere rendición de cuentas y responsabilización del infractor. Dado que la seguridad es necesaria para futuras víctimas potenciales, la rendición de cuentas por infractores, requiere planes de seguridad, supervisión, límites claros y expectativas de comportamiento.  Esto quiere decir, que obviamente, si un infractor asume lo que ha hecho, reconoce el daño y se responsabiliza por él, es menos probable que decida volver a delinquir, lo que repercute positivamente en todos nosotros, como comunidad, ya que será menos probable que nos convirtamos en futuras víctimas. En esto radica también los beneficios de la Justicia Restaurativa. Sin embargo, la responsabilización y rendición de cuentas, no siempre es sencilla. De hecho, aunque en ingles se diferencian ambos conceptos, en castellano no encuentro mayores diferencias, ya que ambos parten de la responsabilización. La rendición de cuentas, se relaciona en nuestro derecho, con el ámbito administrativo y político, sobre todo, y lo definen como un acto administrativo mediante el que los responsables de la gestión de los fondos públicos informan, justifican y se responsabilizan de la aplicación de los recursos puestos a su disposición en un ejercicio económico.

martes, 26 de abril de 2022

Justicia restaurativa en delitos graves (I)

 


INTRODUCCIÓN

Si uno lee el libro  : The Little Book of Restorative Justice for Sexual Abuse by Judah Oudshoorn, Michelle Jackett, and Lorraine Stutzman Amstutz ,  da una visión muy clara y entendible de por qué la Justicia Restaurativa y las razones de su aplicación a cualquier delito, si la víctima lo desea incluso más graves. De este libro se puede decir lo siguiente:

1.  La justicia restaurativa prioriza la seguridad y las necesidades de las víctimas. El libro comienza con unos postulados básicos de la Justicia Restaurativa, similares a los que hemos aprendido de otros grandes de la Justicia Restaurativa como Howard Zehr, y que son presupuestos lógicos, de lo que ocurre tras el delito o  el conflicto.  El delito genera, daños, y estos crean necesidades y la justicia debería satisfacer  esas necesidades y curar. Estas necesidades son de los directamente implicados en el delito, la víctima principalmente pero también hay necesidades del infractor y de la comunidad. Ahora me centraré en las víctimas y sus necesidades, que no son solo de reparación del daño, nisiquiera se traducen como piensa la justicia tradicional solamente en reparación material.

lunes, 25 de abril de 2022

La justicia restaurativa ayuda reequilibrar la situación tras el delito


INTRODUCCIÓN

La Justicia Restaurativa ayuda a reequilibrar a la víctima con respecto al infractor. Aunque parezca lo contrario, cuando se comete un delito, víctima e infractor están más unidos que nunca, es un relación de interdependencia pero en la que la víctima esta supeditada al infractor, y es que aparecen unidos por el lazo del crimen pero son lazos negativos y nada constructivos, que la hacen estar en desequilibrio con respecto al infractor. Es necesario para que la víctima pueda recuperarse del delito, y empezar su camino restaurativo hacia la sanación, cortar este lazo que los une o cambiarlo de negativo a otro positivo y que la sitúen en situación de igualdad, es decir que la haga recuperar el control de su vida. Esto solo se puede conseguir cuando decida despojarse del rol de víctima, como oí a una víctima: "todo cambió cuando decidí dejar de sentirme víctima". Efectivamente la Justicia Tradicional potencia que las víctimas no dejen de sentirse así es más, tal parece que las considera incapaces de tomar sus propias decisiones, por eso todo es gestionado por terceros, ajenos al delito que han sufrido. Por el contrario, la Justicia Restaurativa devuelve el protagonismo a la víctima, ya no va a ser una persona que no puede tomar sus propias decisiones, nadie mejor que ella para saber qué necesitan para recuperarse del delito sufrido, y tomar el control de su vida. De esta forma, aunque el delito o más bien el daño sufrido, siga estando ahí, la relación ya no será perjudicial y dañosa para la víctima sino que será equilibrada, podrá llevar el haber sufrido el delito,  con honor y sentirse respetada. 

domingo, 24 de abril de 2022

La justicia restaurativa no es una justicia blanda



INTRODUCCIÓN

Siempre he creído que la Justicia Restaurativa surgió por y para las víctimas, ¿por qué? porque aunque a muchos juristas les pueda resultar extraño, desde que se comete un delito hay una persona o varias que sufren las consecuencias de este hecho y el daño, son ellas las protagonistas. Esto es lo esencial; que además se haya infringido una norma creada por el estado y escrita en alguna código, esto es secundario. Esta Justicia se centra en las víctimas y en cómo ayudarlas. Sin embargo, siempre existe debate entre los que nos dedicamos a esto, sobre si verdaderamente esta justicia está centrada en el infractor o en la víctima. Esta discusión me sigue pareciendo aún hoy carente de sentido y eso que surgen dudas entre los que se acercan a esta Justicia Restaurativa, sin conocer sus orígenes y el por qué. Algunas veces ha habido personas que me han dicho que parecería que estamos justificando a los infractores. Es curioso esta sensación de que queremos ser "blandos" con los infractores cuando realmente es casi todo lo contrario. 

viernes, 22 de abril de 2022

La importancia de encontrar una historia diferente a lo vivido


INTRODUCCIÓN

Algunos de los beneficios de la Justicia Restaurativa para las víctimas son la posibilidad de ayudarlas a  que puedan recuperar el control de su vida, y dejen de sentirse gobernadas por el delito. Además la Justicia Restaurativa no trata de devolver a las personas a su vida cotidiana que se vio alterada tras el delito, sino que busca transformar sus vidas y la forma de relacionarse con los demás. Las ayuda a resignificar su historia para poder superar lo vivido e incorporarlo a su historia vital. También  busca restaurar la confianza de víctima e infractor en los demás y la certeza de que son entendidas, comprendidas, y ayudados, y que los roles vitalicios no tienen cabida. Al tratar con víctimas, con personas que han sufrido un daño, los facilitadores  deben conocer un poco la dinámica del trauma, sin ser psicólogos, porque nuestra labor en definitiva, va encaminada a cooperar con otros profesionales en su "sanación" emocional, igual que ayudar al infractor a despojarse del rol de delincuente sin posibilidad de reinserción. Este trauma y el camino para superarlo es diferente para cada persona, sin embargo, podemos partir de ciertos indicadores que pueden favorecer esta “curación” de las víctimas.

jueves, 21 de abril de 2022

La importancia de reformular la "historia"


INTRODUCCIÓN

Como he comentado en más de una ocasión y siguiendo a Howard Zehr, la Justicia Restaurativa surge porque se causa un daño a una persona (víctimas) y se debe hacer lo posible para enmendar este daño. El objetivo central, sin lugar a dudas, es la víctima y cómo atender sus necesidades, aunque ayudando a las víctimas también se va a ayudar al infractor. ¿Cómo? Haciendo que se responsabilice del daño que ha ocasionado, y por lo tanto, dándole una oportunidad de hacer lo correcto. En alguna ocasión, he hablado del sentimiento de vergüenza en el infractor y cómo esto influye para que a veces no reconozcan los hechos, pues  las víctimas también tienen sentimientos de vergüenza y la Justicia tradicional contribuye al trauma, precisamente a través de la influencia de la vergüenza. Las víctimas sienten vergüenza y esto las lleva en un principio, a querer venganza como una forma de restaurar su "honor". En cambio, la Justicia Restaurativa alienta los objetivos de la responsabilidad, reparación y curación para todos los afectados de alguna manera por el delito. Aunque para muchos pueda resultar extraño las necesidades de las víctimas no siempre se corresponden con la reparación material, más bien todo lo contrario y parte esencial de esta reparación es que la víctima necesita contar su historia de una forma humana, no siendo interrogada y buscando en cada respuesta de ésta, una posibilidad para condenar al infractor. 

miércoles, 20 de abril de 2022

Reconocimiento del daño y justicia restaurativa


EL OBJETIVO DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA NO ES REDUCIR REINCIDENCIA

El objetivo de la Justicia Restaurativa no es la reducción de la reincidencia, sin embargo, es una consecuencia inmediata de los procesos restaurativos, y esto se debe al fomento de la responsabilización del infractor por el daño realizado. Frente a la Justicia tradicional en la que generalmente no hay espacio verdadero y sincero para una responsabilización, la Justicia Restaurativa la fomenta no como la excepción sino como algo lógico y normal: El que hace algo mal debe hacer lo correcto para enmendarlo. La pregunta es ¿qué implica esta responsabilidad para la Justicia Restaurativa?. La asunción de responsabilidad para la Justicia Restaurativa debería implicar entender el contexto. Este contexto, es la comprensión de las cosas en perspectiva de otras cosas. Esto es importante, por ejemplo cuando muchos se centran en la Justicia Restaurativa y sus diferentes herramientas como procesos destinados a pedir perdón. Y es que de primeras, no es tan fácil ni tan aconsejable exigir la asunción de responsabilidad y mucho menos hablar de disculpas o perdón, por ejemplo ¿Cómo se puede escribir una carta de disculpa sin realmente conocer y entender el daño que has causado?. ¿Cómo, un infractor, inmediatamente después de haber sido sancionado, juzgado, encontrado culpable, y señalado se va a centrar en la víctima y sus necesidades, cuando él mismo se siente señalado y objetivo directo y central del sistema?

martes, 19 de abril de 2022

Reparación y justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Creo que es necesario recordar y matizar que la Justicia Restaurativa surgió porque el delito es algo más que una violación de las normas, es una violación de las personas y sus relaciones, estas violación causa obligaciones una de ellas es de la de reparar el daño, pero repararlo de una forma no mercantilista sino reparar en sentido de curar, sanar o transformar. Y para cumplir estas obligaciones debe participar siempre que sea posible víctima, infractor y comunidad. Entonces claramente justicia restaurativa no es equivalente a reparación, o indemnización, igual que mediación penal y justicia restaurativa, no es lo mismo. Digo esto, porque en nuestra visión litigante y sobre todo materialista, tenemos tendencia a pensar que la reparación es siempre económica y que ante el daño, la víctima siempre requiere compensación material. Esto no es así, y además muchos delitos requieren de otras reparaciones, que pocos que nunca hemos sido víctimas entenderíamos. Y es que, hay diferencias muy notables, la Justicia Restaurativa gira en torno a la comunicación entre las dos partes involucradas en un delito. Mientras la reparación del daño desde un punto de vista jurídico-penal estricto intenta armonizar el equilibrio entre las partes a través del pago de una a otra. Esta reparación del daño puede ser exigida por un Tribunal sin comunicación entre las partes.