La Justicia Restaurativa y Justicia Retributiva tienen el mismo objetivo: reequilibrar las consecuencias del delito; la diferencia radica en cómo lo quieren conseguir. Para la Justicia Retributiva causar dolor intencionadamente es imprescindible para armonizar la conducta ilícita y censurarla. La Justicia Restaurativa busca el equilibrio dando un papel activo al infractor y a la víctima, actuando de forma constructiva no respecto al hecho pasado delictivo sino mirando al futuro sin delitos
La Justicia Restaurativa son procesos basados en las necesidades, y éstas surgen porque se produce un daño, también son procesos basados en las relaciones, todos estamos interconectados, nuestro cerebro está conectado a otras personas (ver neurociencia y justicia restaurativa). Y por esta interconexión necesitamos asumir responsabilidades, sabemos nuestros derechos pero debemos empezar a pensar que todo derecho lleva a aparejado ciertas responsabilidades. Como seres humanos que somos nuestras acciones no son racionales, son una mezcla de emociones, intuición y lógica.
Esto que supone, pues que el aspecto emocional de nuestras acciones no se puede obviar, y ahí es donde fallan la mayoría de los sistemas penales, puesto que además de dejar fuera las emociones y los sentimientos, se basan más en los derechos que en las responsabilidades, un ejemplo claro, al infractor, se le recuerda sus derechos hasta la saciedad: tiene derecho a no declarar contra sí mismo, no confesarse culpable y un largo etcétera que hará que muy difícilmente la persona reconozca y asuma voluntariamente que cometió un hecho ilícito y causó un daño a otra persona. La Justicia Retributiva no le da incentivos para responsabilizarse. Y al quedar fuera las emociones, también se deja en un segundo plano a la víctima, es el estado como víctima el que de forma objetiva y burocrática será el protagonista del proceso, se tratará de forma uniforme todos los casos. Es como si el estado se hubiera propuesto garantizar al ciudadano un juicio justo pero no justicia. De ahí que el aspecto emocional no se pueda dejar apartado, es algo esencial que la Justicia Penal debería tener en cuenta para que los afectados por el delito puedan pasar de la "vergüenza al orgullo".
Frente a esto, la Justicia Restaurativa supone una esperanza, abordando las dimensiones emocionales de la delincuencia, transformando y canalizando las emociones propias de los seres humanos y que en un principio son, no positivas y destructivas por algo constructivo (motivaciones sanadoras). Es una justicia que construye paz y además es una justicia más social
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