Muchas veces las personas desconfían de la Justicia Restaurativa puesto que piensan, sobre todo en casos de encuentros víctima infractor y o comunidad que el infractor si accede a participar, lo va a hacer porque espera beneficios jurídicos. Esta opinión, la entiendo, sobre todo porque la prensa y muchas personas "venden" los procesos restaurativos como una alternativa para evitar los juicios y agilizar los juzgados. Y esto no es nada más que una pequeña parte de la verdad. Efectivamente en delitos muy leves podría evitarse el juicio pero en delitos más graves, lo que hacen los procesos restaurativos es agilizar los trámites que el proceso penal contempla, y además los agiliza pero de forma más cualificada, dando "voz" a las víctimas. Dicho esto, quizá muchos infractores piensen que estos encuentros puede ser una válvula de escape sencilla y así eludir las consecuencias jurídicas de sus actos. Valorar la sinceridad de un acto es complicado pero si puede haber indicios de esto, porque los encuentros restaurativos son totalmente voluntarios y el infractor a priori, debe reconocer el hecho delictivo , digo a priori porque esto también será parte del trabajo individual del facilitador con el infractor, antes de un posible encuentro restaurativo.
Sin embargo, muchos de los que acceden es más probable que lo hagan por voluntad propia y guiados sino por su sincero arrepentimiento si, por cierta curiosidad o dudas sobre la víctima, ya que muchos no las ven como seres humanos, separan el acto delictivo de la persona que lo sufren y tienen tendencia a pensar que no dañaron a una persona. Otros infractores ven un encuentro cara a cara con la víctima como un "castigo" peor que enfrentrarse al juicio y a la condena del juez. Esto es porque la Justicia Tradicional se lo "pone fácil" al infractor, su actitud y posición durante el proceso es pasiva, sin ningún tipo de responsabilidad, negar lo sucedido será lo habitual y la norma básica. Mientras los procesos de Justicia Restaurativa parten de que el infractor debe tener una actitud positiva y activa y sobre todo debe asumir lo que ha hecho, y sin duda, puede que al comenzar el proceso restaurativo no lo haga por motivos sinceros pero el proceso en si mismo, a buen seguro les va a hacer reflexionar y reformular la historia, viendo que efectivamente causaron un daño a otra persona. Para la Justicia Restaurativa es esencial este reconocimiento del daño porque el delito es un daño a la víctima y a las relaciones entre los miembros de la comunidad, el reconocimiento del delito ( es más importante para la justicia tradicional, ya que esta ve al delito como una violación de la norma y al estado como víctima)
En cuanto a los beneficios penitenciarios, estos existen en la Justicia Tradicional (atenuantes, eximentes...) en la Justicia Restaurativa, en delitos graves, el delincuente no obtendrá nunca un beneficio por participar en un encuentro, al tratarse una delito muy serio, sin embargo, este encuentro podrá resultar muy beneficioso para favorecer su reinserción. Y es que para muchos infractores como ya he comentado, es más difícil encontrarse cara a cara con la víctima y/o la comunidad, que asistir al juicio, precisamente porque con la justicia restaurativa ponen rostro e historia a las víctimas, ven el impacto real que su acción causó, no solo en las víctimas sino en el resto de la sociedad, y esto puede tocarles la humanidad y la empatía que creían perdida. Quizá los infractores no acepten participar en procesos de Justicia Restaurativa por motivos sinceros pero lo importante es que estos motivos, se pueden "transformar"durante el proceso en sí mismo.
Por eso, la Justicia Restaurativa busca en el fondo de cada infractor, su humanidad y empatía y la hace florecer, quizá no lo logre en todos, pero estoy segura que en muchos sí. Y es que ayudando a los infractores, también se ayuda a las víctimas, unidas a ellos por el delito y todo lo que esto, trae consigo.
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