INTRODUCCIÓN
Siempre encuentro inspirador leer a Howard Zehr, puesto que coincido con él, en su forma de entender y visualizar la Justicia Restaurativa. Opino como él, que las definiciones nos ayudan a describir una realidad, en este caso la Justicia Restaurativa, pero también nos limitan, por eso, en general no soy amiga de definiciones.
Para Zehr, esta Justicia es un cambio de perspectiva (sobre lo que vemos), de lenguaje (como lo describimos lo que vemos) y de ética (como vivimos y actuamos por lo que vemos y describimos). Al ver la Justicia Restaurativa así, es como si fuera un lente para comprender lo que es vivir en comunidad y entender que vivimos en constante relación, los unos con los otros. Lo bueno de la Justicia Restaurativa, es que se centra en las necesidades antes que estar centrada totalmente en derechos (como los derechos humanos)o en normas (como en la justicia penal).
JUSTICIA RESTAURATIVA: UNA JUSTICIA BASADA EN NECESIDADES
La Justicia Restaurativa atiende las necesidades de aquellos, que en la sociedad están olvidados o al menos no son tomados en serio, generalmente, esto se relaciona con la víctima e infractor, pero no necesariamente solo ellos y ellas. Quizá y puesto que para mi, la Justicia Restaurativa es el ideal de Justicia, creo que puede entenderse como una forma de hacer justicia en un proceso que va a implicar la participación de todas las partes, para dialogar sobre qué es Justicia. Según Howard Zehr, tiene el potencial de interrumpir los ciclos de violencia interpersonal y del sistema.
El sistema retributivo suele crear más ciclos de violencia y daños, porque si todo lo que se tiene es castigo y cárcel, continuaremos pensando solo en castigo y cárcel (esto es por lo que las víctimas, algunas veces reclaman penas más duras, puesto que es la único que les ofrece el sistema para sentir que se ha hecho justicia). Las diferencias entre la justicia restaurativa y retributiva es la manera que tienen en hacer justicia. Para reequilibrar la balanza, en la retributiva, le causan daño al infractor y que así baje su nivel, en la restaurativa tratan de equilibrarla, haciendo que suba la de la víctima, atendiendo sus necesidades.
La Justicia Restaurativa reclama de la retributiva, para que ponga atención en contribuir a la paz con la justicia. Se puede hacer entonces, según mi opinión, un sistema más o menos restaurativo.
CONCLUSIONES
Para que la Justicia Restaurativa surta efectos, debemos comenzar por practicar este enfoque pacificador ,en nuestro entorno y a partir de ahí, empezar a entender como he dicho, que todos estamos conectados y relacionados, a veces de una forma que no vemos. Un ejemplo claro de esto, es la víctima e infractor, ambos están relacionados pero de una manera no saludable. Por eso, con la Justicia Restaurativa, los ayudamos a ver esta conexión y hacerla saludable, a través de valores esenciales como el respeto y la responsabilidad. Y esto no implica que deban perdonarse, o reconciliarse, esto es algo muy personal que a menudo surge tras la justicia restaurativa pero no es ni se plantea como un objetivo esencial de esta.
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