INTRODUCCIÓN
La consejera de Justicia del País Vasco ha concedido el tercer grado penitenciario a dos terroristas de ETA que, según las familias de las víctimas, no han mostrado arrepentimiento ni han pedido perdón por sus crímenes. Los familiares de las víctimas de terrorismo están indignados por esta concesión del partido socialista. La decisión de la consejera contrasta con sus propias declaraciones del pasado mes de julio, cuando afirmó que trabajarían para que los presos de ETA salieran de prisión "admitiendo no solo el dolor, sino la profunda injusticia del daño causado".
RESOLUCIONES AJUSTADAS A DERECHO O JUSTAS
Para que un preso condenado por delitos de terrorismo pueda acceder a beneficios penitenciarios de este tipo según el artículo 90.8 del código penal se necesita que “ el penado muestre signos inequívocos de haber abandonado los fines y los medios de la actividad terrorista y haya colaborado activamente con las autoridades, bien para impedir la producción de otros delitos por parte de la organización o grupo terrorista, bien para atenuar los efectos de su delito, bien para la identificación, captura y procesamiento de responsables de delitos terroristas, para obtener pruebas o para impedir la actuación o el desarrollo de las organizaciones o asociaciones a las que haya pertenecido o con las que haya colaborado, lo que podrá acreditarse mediante una declaración expresa de repudio de sus actividades delictivas y de abandono de la violencia y una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito, así como por los informes técnicos que acrediten que el preso está realmente desvinculado de la organización terrorista y del entorno y actividades de asociaciones y colectivos ilegales que la rodean y su colaboración con las autoridades” Continuar leyendo en lawandtrends
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