viernes, 18 de mayo de 2018

¿Podemos ser restaurativos ante situaciones imperfectas?

Cuando se habla de herramientas restaurativas, como las conferencias o la mediación penal, se parte del ideal, en el que la víctima necesita ser reparada del daño, ya sea moralmente o materialmente y quiere participar de forma voluntaria y el victimario de la misma manera, asume el hecho delictivo y desea participar y reparar el daño. Pero esto es el "ideal" y desgraciadamente no vivimos en un mundo perfecto y la realidad siempre nos va a enfrentar con situaciones imperfectas, por eso si partimos de la teoría jurídico filosófica (Justicia Restaurativa) y no de un simple herramienta (como la mediación penal, o mejor reunión víctima-infractor) y que además no es la más restaurativa, es más fácil poder actuar de forma restaurativa incluso en situaciones anómalas. Pero ¿qué pasa si la víctima no necesita nada del infractor? ¿qué hacemos, si  el infractor  si quiere reparar el daño, asumir su responsabilidad y explicar por qué? Sería un total injusticia tanto para el infractor que quiere cambiar, y que merece una segunda oportunidad, como para la comunidad en general (que tiene la posibilidad de reintegrar de nuevo a ella,  a una persona productiva y transformada) no permitir que este infractor asuma su responsabilidad y repare. ¿Cómo?

Pues, utilizando otros mecanismos que le permitan hacer una reparación simbólica, permitida por nuestra jurisprudencia como por ejemplo en STS de 8 octubre de 1998, o utilizando otra clase de reparación que permita a la sociedad ver el por qué del delito ( si existe un por qué) y que el infractor no quiere volver a delinquir.

De la misma manera ¿qué ocurre si el infractor no asume su responsabilidad pero la víctima necesita participar en un encuentro restaurativo para desahogarse y sentirse escuchada? Por supuesto, que también sería una total injusticia, que la privaramos de esta posibilidad, las alternativas son muchas, algunas que están dando muy buenos resultados en otros lugares, son por ejemplo,  la posibilidad de reunir a víctimas e infractores de delitos similares, aunque no sean los directamente afectados el uno por el otro , diríamos que serían víctimas por subrogación. ¿beneficios? Pues lograr no ya un entendimiento, que puede darse o o no, sino más bien una transformación de las víctimas, de los infractores y de la sociedad en general, porque estos encuentros repletos de valores restaurativos como el diálogo y la comunicación traen consigo una sociedad más madura, responsable y pacifica.
A veces me preguntan ¿cual es el límite? Yo creo que el límite es la imaginación, pero claro para esto no debemos caer en el error de burocratizar en exceso las herramientas restaurativas ( por ejemplo, limitando el tiempo para participar en un proceso de estas características es un grar error,  porque no todas las personas son iguales y algunos necesitaran mas tiempo para decidir si quieren o no tomar parte) , porque entonces los beneficios de esta justicia más ágil, cercana y humana se perderían y no tendría muchas diferencias con la actual justicia retributiva.
Por eso, siendo el ideal un encuentro restaurativo víctima infractor y/o comunidad existen más variables y todas son en mayor o menor medida restaurativas.

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