viernes, 21 de octubre de 2022

La participación de la persona ofensora en justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

La gente suele preguntarme sobre la sinceridad y los motivos de los infractores para participar en un proceso restaurativo. ¿por qué ? Porque piensan que la justicia restaurativa puede ser una válvula de escape sencilla para muchos y así eludir las consecuencias jurídicas de sus actos. Bueno, en primer lugar valorar la sinceridad de un acto es complicado pero si hay indicios de esto, porque los procesos restaurativos son totalmente voluntarios y la persona para participar debe reconocer al menos en parte su participación en el hecho delictivo ( eso es radicalmente diferente de la justicia tradicional que en lugar de fomentar la asunción de responsabilidad, lo que hace es facilitar la negación del delito, o su justificación), esto ya para muchos infractores puede resultarles complicado y ponerles en un dilema. Por eso, los que acceden es más probable que lo hagan por voluntad propia y guiados sino por su sincero arrepentimiento si, por cierta curiosidad o dudas sobre la víctima, ya que muchos no las ven como seres humanos, separan el acto delictivo de la persona que lo sufren y tienen tendencia a pensar que no dañaron a una persona.

BENEFICIOS POR PARTICIPAR EN UN PROCESO RESTAURATIVO

En cuanto a los beneficios penitenciarios, estos existen en la justicia tradicional (atenuantes, eximentes...) en la Justicia Restaurativa, en delitos graves, la persona ofensora no obtendrá nunca un beneficio por participar en justicia restaurativa, no per se y no debiera concederse beneficios por este hecho, otra cosa es que gracias a su participación pueda apreciarse que ha reparado el daño, que ha mostrado su voluntad de no reincidir etc y en todo caso, la justicia restaurativa y los programas para privados de libertad por delitos graves puede ser un complemento importante para la reinserción.  Y es que para muchos infractores es mucho más difícil participar en un programa (y mucho más si finalmente hay un encuentro con la víctima), que asistir al juicio, precisamente porque con la justicia restaurativa ponen rostro e historia a las víctimas, ven el impacto real que su acción causó, no solo en las víctimas sino en el resto de la sociedad. En cambio, es mucho más sencillo la posición del que que simplemente va a juicio, y de forma pasiva se limita intentar justificar o negar los sucedido para librarse de la condena, sin asumir lo que hicieron y su deber moral de reparar, o hacer lo posible de devolver algo bueno, a cambio del mal que causaron.

CONCLUSIÓN

Por eso, la Justicia Restaurativa busca quitar la etiqueta de la persona ofensora de delincuente sin posibilidad de reinserción y les da una oportunidad para hacer lo correcto. Y es que ayudando a los infractores, también se ayuda a las víctimas, unidas a ellos por el delito y todo lo que esto, trae consigo.


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