miércoles, 12 de agosto de 2026

Cómo y quién en justicia restaurativa

PROCESAR EL «CÓMO»

Como señala Howard Zehr en El pequeño libro de la justicia restaurativa, para comprender la justicia restaurativa debemos prestar atención no solo a qué se hace, sino también a cómo y quién participa.

Nuestro sistema de justicia es fundamentalmente adversarial. El proceso está dirigido por profesionales y gira, en gran medida, en torno al Estado y a la persona que ha cometido el delito. El juez decide conforme a la ley, pero quienes han sufrido directamente el impacto del delito no siempre tienen la oportunidad de participar activamente en la construcción de la respuesta. La justicia restaurativa no pretende ignorar el papel del Estado ni sustituir necesariamente al sistema de justicia. Lo que hace es poner también en el centro a quienes han sido directamente afectados por el delito.

Por eso, el «cómo» es tan importante.

Ese cómo puede adoptar diferentes formas: un encuentro entre víctima y ofensor, una conferencia restaurativa, un círculo u otros procesos adaptados a las circunstancias. Estas metodologías permiten, cuando es seguro, adecuado y voluntario, que las personas afectadas puedan escucharse, hacer preguntas, expresar el impacto que ha tenido el delito y participar en la búsqueda de respuestas sobre cómo afrontar el daño.Para una víctima puede ser importante poder explicar directamente al ofensor cómo el delito cambió su vida. Para un ofensor, escuchar de primera mano las consecuencias de sus actos puede ayudarle a comprender un daño que quizá hasta ese momento había percibido únicamente de forma abstracta.

Pero el encuentro cara a cara no es un requisito de la justicia restaurativa.

Hay situaciones en las que no es posible, conveniente o deseable. Puede recurrirse entonces a procesos indirectos u otras formas de participación e intercambio de información. Lo importante no es conseguir un encuentro a toda costa, sino encontrar la forma más adecuada y segura de que las personas afectadas puedan participar.

En definitiva, el «cómo» importa porque la justicia restaurativa no se limita a imponer una respuesta desde fuera: busca que las personas afectadas tengan voz y, cuando sea posible, participen activamente en la construcción de esa respuesta.

EL «QUIÉN» EN LA JUSTICIA RESTAURATIVA

La segunda pregunta fundamental es quiénes deben participar.

Las partes directamente afectadas son, evidentemente, la víctima y el ofensor. Pero el delito rara vez termina en ellos. La comunidad también puede verse afectada, directa o indirectamente, y por ello puede tener un papel dentro del proceso restaurativo. Dependiendo del caso, pueden participar familiares, amigos, personas de apoyo u otros miembros de la comunidad que hayan sufrido las consecuencias del delito o puedan contribuir a su reparación.

Aquí adquiere especial importancia el concepto de víctimas secundarias. El daño de un delito puede extenderse mucho más allá de quien lo sufrió directamente. Una familia puede experimentar miedo, dolor, incertidumbre o cambios profundos en su vida como consecuencia de lo ocurrido. Por eso, cuando hablamos de justicia restaurativa, no deberíamos preguntarnos únicamente «¿quién cometió el delito y quién lo sufrió?», sino también «¿quién más ha sido afectado y quién puede contribuir a hacer las cosas bien?».

No todas estas personas tendrán el mismo grado de participación, ni todas deberán participar necesariamente. La inclusión debe responder siempre a las circunstancias del caso, a las necesidades de las personas afectadas y a los principios de voluntariedad y seguridad.

CONCLUSIONES

El cómo y el quién ayudan a comprender qué hace diferente a la justicia restaurativa.

No se trata simplemente de obtener un resultado diferente, sino de cambiar la forma en que afrontamos el daño y quiénes participan en esa respuesta. Frente a un modelo en el que la decisión queda principalmente en manos de profesionales, la justicia restaurativa busca devolver voz y participación a quienes han sido realmente afectados. Y esa participación no significa obligar a encontrarse, perdonar o llegar a determinados acuerdos. Significa ofrecer oportunidades para escuchar, ser escuchado, comprender, asumir responsabilidades y buscar respuestas al daño.

Porque en justicia restaurativa no solo importa qué hacemos con el delito; importa cómo lo hacemos y quién tiene la posibilidad de participar en ese proceso.

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