Hoy continuando con la semana de la Justicia Restaurativa, nada mejor que ver cómo se puede entender esta justicia, más que centrarme en una definición, sin duda, lo que voy a hacer es analizar desde que puntos de vista se puede usar esta Justicia, así se va a distinguir mucho mejor, por qué justicia restaurativa es mucho más que mediación.
Justicia Restaurativa como filosofía, parte de la premisa de que el delito ha causado un daño, se debe reparar y es una oportunidad para que todos los afectados participen de forma activa y directa
La justicia restaurativa engloba una serie de principios y valores, directamente emanados de la filosofía que subyacen en ella son entre muchos otros: respeto, encuentro, reparación, responsabilidad, seguridad, curación, reintegración y empatía
Y como herramientas para poner en práctica esta filosofía, que contiene estos valores hay mucha más variedad de lo que nos pensamos a priori, no es solo la mediación penal sino también y como simple ejemplo, hay otras herramientas, más o menos restaurativas según incluyan a todos los afectados por el delito o solo algunos: conferencias restaurativas, círculos de paz, paneles de víctimas, servicios en favor de la comunidad, servicios de asistencia a las víctimas, programas de reparación del daño, comisiones para la verdad y la reconciliación, comités para la reparación del daño....
Por eso, la Justicia Restaurativa es un concepto amplio, que incluye la filosofía, unos valores que la alimentan y conforman sus características básicas y una serie de herramientas que hacen realidad estos valores y esta filosofía. Algunos asocian justicia restaurativa solo con herramientas y por eso, cuando hablan de justicia restaurativa solo piensan en mediación penal.
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