INTRODUCCIÓN
Parece que siempre con el proceso penal, nos centramos en el binomio delito-pena y claramente hay un delito, pero lo realmente importante es que hay una persona que ha sufrido un daño, bien directa o indirectamente, es decir hay seres humanos que han pasado a convertirse en victimas. Por eso, la mayoría de los que creemos en la Justicia Restaurativa, (salvo algunos abolicionistas) no nos planteamos la eliminación del castigo, sino el cambio de prioridades: primero hay que centrarse en el binomio daño-reparación (atendiendo las necesidades y las expectativas de las victimas sobre la justicia) y después atenderemos el binomio delito-pena (atendiendo la demanda del estado, ya que puesto que una norma creada por él se ha vulnerado, hay que castigar al infractor). No se trata de un cambio drástico sino de alterar el orden de importancia, a la hora de tratar y abordar el delito. Tal parece que al centrarnos primero en que se ha cometido un delito y que hay que castigar a la persona ofensora, estamos dotando de protagonismo exclusivo a este infractor y al estado, cuando es todo lo contrario, son las victimas ( las personas afectadas) las que deben tener prioridad en todas las actuaciones referentes al delito.
REPARACIÓN EN DELITOS MUY GRAVES
Muchos pensaran ¿y si no es posible la reparación? Por supuesto que determinados delitos bien por sus características o bien por su gravedad, no pueden ser reparados de forma directa y en sentido estricto, pero si es cierto que cabe una reparación simbólica, indirecta o moral, que al menos pueda hacer sentir a la víctima que el infractor, ha asumido lo que hizo y quiere mitigar el dolor que causó. Además, para muchas personas que sufren un delito, parte de la reparación consiste en que puedan tener una certeza de que este infractor no volverá a delinquir, es decir que no volverá a causar un daño a otra persona.
Pero ¿y si el infractor no quiere reparar el daño? Pues entonces el proceso penal actuará en primer lugar, le impondrá la pena correspondiente, y la victima podrá ser atendida de una forma restaurativa y se la darán otras opciones para poder superar el delito como procesos restaurativos indirectos. Sin embargo, siempre me pregunto si una persona no se arrepiente y no quiere reparar el daño a la víctima, por estar preso los años que según la ley le corresponda, al salir de la cárcel, ¿qué seguridad tenemos de que no volverá a delinquir?
La amenaza de que si se comete un delito, vas a ser castigado, no funciona habitualmente entonces por qué no buscar alternativas o complementos como la empatía. Siguiendo a Thomas Kuhn, si alentamos la empatía dentro de los valores de la Justicia Restaurativa se puede conseguir que muchos infractores no quieran volver a delinquir, no por el temor a recibir un castigo sino porque no quieren volver a dañar a otro ser humano. Ni que decir tiene que este desarrollo de la empatía en el infractor, también servirá de “bálsamo de aceite” para las víctimas porque verán que no sólo se ha hecho justicia sino que hay una persona responsable y que es muy probable que no vuelva a cometer otro delito. Esta empatía suele definirse como “ponerse en los zapatos del otro”. Es una habilidad que nos permite estar conscientes para reconocer, comprender, y apreciar los sentimientos de los demás.
EMPATÍA Y JUSTICIA RESTAURATIVA
Esta empatía puede surgir a través de un proceso restaurativo, ya que estos se basan en el diálogo y la comunicación entre victima, infractor y /o comunidad y es durante estos procesos cuando el delincuente puede tomar conciencia de que realmente dañó a un ser humano, y dejará de minimizar su acción delictiva, es en este momento cuando al oír de “voz” de la victima, cómo el delito impactó en ella, cuando puede comenzar a desarrollar este sentimiento de empatía. En menores infractores esto puede ser una pieza clave e importante en su reintegración en la sociedad, puesto que son jóvenes que suelen minimizar aún más si cabe su comportamiento delictivo y tienen tendencia a dejarse llevar por amistades y por el grupo. Además así tendremos menos "delincuentes adultos" delinquiendo, esto es una forma de prevenir futuros delitos y de dar más sentimiento de seguridad a la comunidad.
Esta empatía es clave en el desarrollo de todo ser humano y esta prevención del delito podemos adelantarla aún más, porque es esencial que los niños y jóvenes desarrollen estos valores en el colegio, por eso se están poniendo en practica procesos restaurativos como círculos en muchos centros educativos para resolver los conflictos que surgen en el entorno, así desde temprana edad los chicos pueden aprender que no se debe dañar a ningún ser humano porque tampoco les gustaría que les hicieran daño a ellos o a sus familiares y si causan este daño o dolor, es de persona responsable reparar o mitigar este perjuicio. Se genera empatía y responsabilización de sus propios actos, algo que les va a servir en su vida adulta y que les hará menos proclives a delinquir.
Siempre estamos a tiempo de generar estos valores, por eso si una persona ofensora ha sido condenado y ha entrado en prisión, también se debe trabajar con ellos para que logren “ponerse en los zapatos del otro” Esto es un paso importante para su reinserción y por supuesto, que se puede dotar a todos los tratamientos de rehabilitación de un enfoque restaurativo, aunque para que el efecto sea mayor, el encuentro con las víctimas puede ser determinante y debería permitirse aun en la cárcel. ¿Por qué? Primero será muy importante para la victima, si es que así lo desea, porque puede ser determinante para poder “pasar página”, y sobre todo para poder obtener respuestas y expresar al infractor cómo se sintió y como se siente. Segundo, si el infractor quiere reunirse con la víctima, puede suponer un comienzo en su camino al cambio. Tendrá la oportunidad de constatar de primera mano que efectivamente ha causado dolor a otra persona pero que si quiere no volver a delinquir, va a ser ayudado. Sin embargo, no siempre será posible este encuentro y por eso no debemos dejar de trabajar con personas ofensoras privadas de liberta, los programas restaurativos individuales son una forma de complementar los programas de tratamiento existentes para reforzar la empatía y su voluntad de desistir del delito. Claro está, el creer que con 10 sesiones de charlas tasadas y una persona que está en prisión va a tener tiempo de reflexionar sobre este cambio, es una ilusión y sobre todo es no entender qué es la justicia restaurativa y lo que implica, sin embargo, desde la Secretaría general de instituciones penitenciarias es lo único que autorizan a realizar. Como si la justicia restaurativa pudiera convertirse en un manual. Esto es todo lo contrario a la justicia restaurativa.
CONCLUSIÓN
Todo el proceso penal desde que se denuncia un delito hasta que el infractor, es condenado e incluso dentro del centro penitenciario, debe nutrirse de los valores y principios de la justicia restaurativa (buscar o aspirar a centros penitenciarios restaurativos) así como la realización de prácticas concretas (para lo cual es necesario conocer la metodología) y los programas individuales de justicia restaurativa, todas estas opciones son un complemento muy importante y son en primer lugar una gran ayuda para las victimas porque las da protagonismo y las hace ser dignas de respeto y consideración y en segundo lugar, dan una oportunidad al infractor para arrepentirse. Estos procesos restaurativos deberían ser un servicio de asistencia a las victimas de cualquier delito. Y los valores que estos procesos restaurativos propician pueden trasladarse a otros ámbitos de la vida cotidiana como colegios, vecindarios…así prevendremos la escalada del conflicto y que lo que empieza por un malentendido pueda acabar como un delito grave. Esto lo expresó Gandhi, mucho mejor cuando dijo” Las tres cuartas partes de las miserias y malos entendidos en el mundo, terminarían si las personas se pusieran en los zapatos de sus adversarios y entendieran su punto de vista”
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