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miércoles, 6 de mayo de 2026

Justicia restaurativa, empatía y reparación


 INTRODUCCIÓN

Quienes creemos en la Justicia Restaurativa no solemos plantear la eliminación del castigo de forma radical, especialmente en los delitos graves. Lo que proponemos es un cambio en el orden de prioridades: en primer lugar, atender el binomio daño–reparación —centrándonos en las necesidades y expectativas de las víctimas— y, en segundo lugar, abordar el binomio delito–pena —respondiendo a la exigencia del Estado ante la vulneración de una norma.

No se trata, por tanto, de una transformación drástica del sistema, sino de una reordenación de su enfoque. Cuando situamos en primer lugar el delito y el castigo, otorgamos el protagonismo casi exclusivo al infractor y al Estado. Sin embargo, deberían ser las víctimas —las personas directamente afectadas— quienes ocupen el centro de todas las actuaciones relacionadas con el delito.

Surge entonces una cuestión habitual: ¿qué ocurre cuando la reparación no es posible? Es evidente que existen delitos que, por su gravedad o por sus características, no admiten una reparación directa en sentido estricto. Sin embargo, incluso en estos casos, puede existir una reparación simbólica, indirecta o moral. Este tipo de reparación puede ofrecer a la víctima algo esencial: la sensación de que el infractor ha asumido su responsabilidad y desea, en la medida de lo posible, mitigar el daño causado. Además, para muchas víctimas, parte de la reparación consiste en la certeza de que el infractor no volverá a delinquir. Es decir, no solo buscan una respuesta al pasado, sino también una garantía de seguridad hacia el futuro.

miércoles, 19 de noviembre de 2025

Justicia restaurativa como filosofía de vida


La justicia restaurativa ha evolucionado más allá de ser una mera práctica judicial para convertirse en un movimiento social y un paradigma transformador de justicia. Propone un cambio profundo en la manera de comprender el daño, la responsabilidad y la reparación, situando en el centro a las personas y las relaciones. Frente a la lógica punitiva tradicional, este enfoque promueve la participación activa, el diálogo y la corresponsabilidad, buscando no solo resolver conflictos, sino fortalecer el tejido social. Sin embargo, su verdadera fuerza reside en asumirla no solo como un modelo de intervención, sino como una auténtica filosofía de vida, que invita a vivir desde la empatía, el respeto y la conciencia del impacto que cada una de nuestras acciones tiene sobre los demás y sobre la comunidad.
 

viernes, 16 de mayo de 2025

Empatía y justicia restaurativa


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

La empatía es un elemento fundamental de la justicia restaurativa. El facilitador genera espacios de seguridad y confianza para que junto con la empatía las personas puedan tener voz. De la misma manera, si hubiera un encuentro conjunto la empatía debe guiar estos espacios. En todo caso, debemos tener claro que empatía no es simpatía y que el facilitador no trata de imponer su valores y creencias ni a la víctima ni a la persona ofensora. 
 

miércoles, 24 de julio de 2024

Empatía como una de las bases de la justicia restaurativa

 


NEUROCIENCIA Y JUSTICIA RESTAURATIVA

En un mundo en el que habitualmente convivimos con delitos muy graves y que generan gran alarma social, opino que el "hombre no es malo por naturaleza", es decir pienso que estos casos son los menos y además, deberíamos poner más énfasis en estudiar e investigar por qué suceden y como en muchas ocasiones pueden estar relacionados con algún defecto en su parte del cerebro, íntimamente relacionada con la humanidad y la empatía. Estoy hablando de neurociencia y cómo se ha demostrado (leer a Daniel Reisel) que muchos de los delincuentes más terribles, tienen menos desarrollada la amígdala encargada de la empatía en nuestro cerebro, lo normal es que si tenemos una infancia feliz se desarrolle de forma buena y saludable, pero algunos delincuentes no la desarrollaron (esto también demuestra que muchos infractores fueron víctimas en su día). Y si queremos tener una sociedad que se sienta más segura, un mundo más pacifico, deberíamos empezar a pensar que a veces el castigo ejemplar no soluciona a largo plazo qué hacer con estos infractores más "crueles". La neurociencia nos dice que la amígdala aunque de adultos, se puede desarrollar algo más y que precisamente los procesos restaurativos pueden ayudar a esto. 

domingo, 3 de marzo de 2024

Empatía, reconexión y justicia restaurativa

 


CENTRARSE EN EL BINOMIO DAÑO-REPARACIÓN ES MÁS ADECUADO

Parece que siempre con el proceso penal, nos centramos en el binomio delito-pena y claramente hay un delito, pero lo realmente importante es que hay una persona que ha sufrido un daño, bien directa o indirectamente, es decir hay seres humanos que han pasado a convertirse en victimas. Por eso, la mayoría de los que creemos en la Justicia Restaurativa,  nos planteamos que el castigo en si mismo, no ayuda con las necesidades de las personas afectadas, sino el cambio de prioridades: primero hay que centrarse en el binomio daño-reparación (atendiendo las necesidades y las expectativas de las victimas sobre la justicia) y después atenderemos el binomio delito-pena (atendiendo la demanda del estado, ya que puesto que una norma creada por él se ha vulnerado, hay que castigar al infractor). No se trata de un cambio drástico sino de alterar el orden de importancia, a la hora de tratar y abordar el delito. Tal parece que al centrarnos primero en que se ha cometido un delito y que hay que castigar al infractor, estamos dotando de protagonismo exclusivo a este infractor y al estado, cuando es todo lo contrario, son las victimas ( las personas afectadas) las que deben tener prioridad en todas las actuaciones referentes al delito.

jueves, 25 de enero de 2024

Valores restaurativos

 

INTRODUCCIÓN

Cuando pensamos en personas afectadas por el delito, debemos pensar en que son seres humanos no proyectos,  números o estadísticas. Las prácticas restaurativas tratan de crear un lugar seguro de participación,  donde las personas puedan compartir sus historias, preocupaciones y necesidades, sin tener miedo a ser juzgadas o rechazadas.

Esta es la idea esencial de la Justicia Restaurativa, tratamos con seres humanos no con números de expedientes, a pesar de que una y otra vez, nos perturben los operadores jurídicos con estadísticas y casos satisfactorios. Me cuesta hacerles entender, que un caso satisfactorio para la Justicia Restaurativa, puede no resultar útil para las estadísticas porque no necesariamente acaba en acuerdo reparatorio. Lo esencial es construir este espacio de diálogo para que las personas puedan reconectar y reconocerse unas a otras como dignas de respeto.

viernes, 16 de diciembre de 2022

Empatía y justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Parece que siempre con el proceso penal, nos centramos en el binomio delito-pena y claramente hay un delito, pero lo realmente importante es que hay una persona que ha sufrido un daño, bien directa o indirectamente, es decir hay seres humanos que han pasado a convertirse en victimas. Por eso, la mayoría de los que creemos en la Justicia Restaurativa, (salvo algunos abolicionistas) no nos planteamos la eliminación del castigo, sino el cambio de prioridades: primero hay que centrarse en el binomio daño-reparación (atendiendo las necesidades y las expectativas de las victimas sobre la justicia) y después atenderemos el binomio delito-pena (atendiendo la demanda del estado, ya que puesto que una norma creada por él se ha vulnerado, hay que castigar al infractor). No se trata de un cambio drástico sino de alterar el orden de importancia, a la hora de tratar y abordar el delito. Tal parece que al centrarnos primero en que se ha cometido un delito y que hay que castigar a la persona ofensora, estamos dotando de protagonismo exclusivo a este infractor y al estado, cuando es todo lo contrario, son las victimas ( las personas afectadas) las que deben tener prioridad en todas las actuaciones referentes al delito.

lunes, 18 de abril de 2022

Responsabilización y justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

 En un mundo en el que habitualmente convivimos con delitos muy graves y que generan gran alarma social, opino que el "hombre no es malo por naturaleza", es decir pienso que estos casos son los menos y además, deberíamos poner más énfasis en estudiar e investigar por qué suceden y como en muchas ocasiones pueden estar relacionados con algún defecto en su parte del cerebro, íntimamente relacionada con la humanidad y la empatía. Estoy hablando de neurociencia y cómo se ha demostrado (leer a Daniel Reisel) que muchos de los delincuentes más terribles, tienen menos desarrollada la amígdala encargada de la empatía en nuestro cerebro, lo normal es que si tenemos una infancia feliz se desarrolle de forma buena y saludable, pero algunos delincuentes no la desarrollaron (esto también demuestra que muchos infractores fueron víctimas en su día). Y si queremos tener una sociedad que se sienta más segura, un mundo más pacifico, deberíamos empezar a pensar que a veces el castigo ejemplar no soluciona a largo plazo qué hacer con estos infractores más "crueles". La neurociencia nos dice que la amígdala aunque de adultos, se puede desarrollar algo más y que precisamente los procesos restaurativos pueden ayudar a esto. ¿No nos gustaría que muchos infractores de los calificados "psicópatas" y con otras conductas peligrosas desarrollaran valores como la empatía? ¿para qué?

viernes, 25 de febrero de 2022

Justicia restaurativa en delitos de violencia de género


 INTRODUCCIÓN

Se ha discutido mucho la posibilidad de utilizar herramientas de la Justicia Restaurativa para casos de violencia de género, el problema es que hablan de mediación pero lo que si se podría utilizar son las diferentes herramientas restaurativas , de esto ya he hablado pero sin duda, en otro momento, volveré a establecer las diferencias al menos para aplicarse en estos delitos que tanta alarma social crean. Creo que la Justicia Restaurativa puede, sin lugar a dudas, ayudar a gestionar estos delitos de una manera más eficaz, si embargo, hay veces que oigo hablar a personas de esto pero veo que se pierden siempre en el discurso de la mediación, sin tener en cuenta que justicia restaurativa no es mediación. Pero también es cierto que igual que en otros delitos de más gravedad habrá que tener en cuenta una serie de elementos para trabajar con ellos durante las reuniones individuales y en las conjuntas, según Howard Zehr al menos son los siguientes:

miércoles, 15 de diciembre de 2021

Valores y principios de la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

Cuando hablamos de Justicia Restaurativa,  en la mayoría de las ocasiones no logramos unificar los diferentes aspectos de esta justicia, en una sola definición. Es más, al concebir la Justicia Restaurativa de una forma global y no como procesos específicos es todavía más complicado pensar en una sola definición. Por eso suele resultar útil, como dice Howard Zehr, pensar en principios y valores, si se tienen en cuenta algunos de estos valores y principios en nuestra actividad restaurativa, podemos valorar hasta qué punto esta actividad será totalmente restaurativa o parcialmente.

La Justicia Restaurativa se basa en necesidades que surgen tras los daños que se ocasionan con el delito, todos estamos relacionados y conectados y como tal debemos asumir ciertas responsabilidades.

 La justicia tradicional se centra en los aspectos fácticos del delito, desposee al delito del aspecto emocional y humano. Se olvida que tras el delito hay personas, seres humanos que sufren y que precisamente tienen una serie de necesidades para poder hacer frente a los daños que el delito ha ocasionado. Igual que el padre de la justicia restaurativa, soy partidaria no de sustituir la justicia penal tradicional por la restaurativa, sino de cubrir los vacíos de esta justicia y atender de una manera más humana a las personas que se ven afectadas por el crimen. 

sábado, 14 de septiembre de 2019

La empatía esencial para la justicia restaurativa

CENTRARSE EN EL BINOMIO DAÑO-REPARACIÓN ES MÁS ADECUADO
Parece que siempre con el proceso penal, nos centramos en el binomio delito-pena y claramente hay un delito, pero lo realmente importante es que hay una persona que ha sufrido un daño, bien directa o indirectamente, es decir hay seres humanos que han pasado a convertirse en victimas. Por eso, la mayoría de los que creemos en la Justicia Restaurativa,  nos planteamos que el castigo en si mismo, no ayuda con las necesidades de las personas afectadas, sino el cambio de prioridades: primero hay que centrarse en el binomio daño-reparación (atendiendo las necesidades y las expectativas de las victimas sobre la justicia) y después atenderemos el binomio delito-pena (atendiendo la demanda del estado, ya que puesto que una norma creada por él se ha vulnerado, hay que castigar al infractor). No se trata de un cambio drástico sino de alterar el orden de importancia, a la hora de tratar y abordar el delito. Tal parece que al centrarnos primero en que se ha cometido un delito y que hay que castigar al infractor, estamos dotando de protagonismo exclusivo a este infractor y al estado, cuando es todo lo contrario, son las victimas ( las personas afectadas) las que deben tener prioridad en todas las actuaciones referentes al delito.