viernes, 4 de octubre de 2013

¿Hasta donde se va a permitir la Justicia Restaurativa?

Una de las cosas que más me preocupa es la eficacia que tiene la Justicia Restaurativa y en lo que puede quedarse tras su regulación. Me explico, si se establece en la legislación en lugar de justicia restaurativa solo mediación penal, mucho me temo que la eficacia y ámbito de aplicación va  a ser insuficiente, por ejemplo no se podrá aplicar la Justicia Restaurativa a delitos de riesgo en los que no hay una víctima determinada, o cuando el infractor no esta identificado o simplemente cuando hay más víctimas, no solo la directa.
En cambio si se incorporara como Justicia Restaurativa tal y como se hace en la directiva, se dará la posibilidad de acercar esta justicia a cada caso, a cada víctima y a sus necesidades.
 
También sería interesante evitar la burocracia y formalismos excesivos, esto es necesario para diferenciar esta justicia de la tradicional, sino acabará siendo más de lo mismo. Hace unos días vi que en algún servicio de mediación penal en España, la fiscalía dice que se retrasan los casos, por qué, culpa de los protocolos que algunos han diseñado y utilizan, protocolos hechos por operadores jurídicos y otros profesionales con la mentalidad tradicional y litigante llena de burocracia.
No se pueden poner plazos a priori para los procesos restaurativos, al menos en los delitos más graves porque como no tendrá beneficios penitenciarios para el delincuente, carece de importancia si la víctima quiere reunirse en unos días o años, además si el delito es grave, la preparación serás más larga y costosa. Otra cosa evidentemente, serán los delitos menores, aquí pueden fijarse plazos pero flexibles porque la escasa entidad puede hacer en algunos casos que se suspendan el proceso penal. No obstante siempre y en todo caso debería facilitarse la flexibilidad, no limitar los casos ni los tiempos, dejando cierta libertad para adaptarse a cada asunto
 
Hoy me gustaría ir más allá, por qué no dar cierto poder a las víctimas en el proceso restaurativo y en decidir junto con el juez y fiscal la sentencia y condena a imponer, las víctimas tras el proceso restaurativo si ven que tienen voz también en la posible sentencia, tendrán una total satisfacción y su visión de la justicia mejorara, así se habrá hecho justicia. Muchos pensareis que corremos el riesgo que pidan penas durísimas, esto no lo creo puesto que las victimas lo que desean es que el infractor no lo vuelva a hacer, tras el proceso restaurativo, en el que el infractor asume lo que ha hecho, esta necesidad se ve cumplida y esto hace que disminuya considerablemente su interés en el mayor castigo de los posibles. No hablo de poder, en sentido estricto pero si al menos, las victimas deberían ser escuchadas en el momento de decidir la sentencia, esta será mucho más justa, porque se tendrá en cuenta a la persona más importante: la que sufrió el daño, y se decidirá de acuerdo a la reparación que se ha hecho hacia ella y el grado de responsabilización del infractor. Así de paso, dejará de verse la Justicia Restaurativa como un movimiento que quiere ser blando con los delincuentes.
 
Y en cuanto a algo que en crisis es importante ¿dinero para los procesos restaurativos? la justicia restaurativa  ayuda a reducir aún más las tasas de reincidencia y mejorar la confianza del público a un menor costo para los contribuyentes, y debe ser utilizado más ampliamente, lógicamente si se reduce la reincidencia se disminuyen los gastos, con lo que el legislador no tiene excusas para no dar un impulso definitivo a la justicia restaurativa en sentido amplio incluyendo mediación penal y otras herramientas.
 

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