martes, 12 de marzo de 2024

Los delitos de odio, el sistema penal y penitenciario y la justicia restaurativa


 INTRODUCCIÓN

“La Policía Nacional ha detenido este domingo a un joven burgalés de 23 años como supuesto autor de la muerte de un joven vallisoletano de 32 años, que estaba en la madrugada del sábado celebrando una despedida de soltero en la Plaza Huerto del Rey (más conocida como plaza de la Flora) de Burgos capital, y cuyo posible desencadenante pudo ser precisamente que la víctima era de Valladolid”. Hace unos días nos levantamos en Burgos con este titular que vinculaba la muerte de este chico con un delito de odio porque afirmaban que se produjo precisamente por ser este chico de Valladolid. 

Antes de entrar a valorar cómo se puede prevenir y gestionar los delitos de odio, es interesante hacer una breve reflexión sobre qué son estos delitos. De esta manera, según la Osce , un delito de odio es  un “ acto delictivo motivado por  el prejuicio  hacia un grupo  particular de personas”; por eso tienen  que reunir dos requisitos: (I) que el acto constituya un delito bajo el derecho penal; y que (II) el acto esté motivado por este prejuicio.

Los delitos de odio tienen que ver con el principio de igualdad y no discriminación reconocido en el art. 14 de nuestro texto constitucional , según el cual «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social»

Esta correlación de los delitos de odio con el principio de igualdad ante la ley y no discriminación nos recuerda que todas las personas somos dignas de respeto y consideración. Por tanto, otro aspecto importante de estos delitos sería la dignidad como inherente a todos los seres humanos.  Entendiendo entonces que los delitos de odio suponen un atentado al respeto y consideración que todos merecemos como seres humanos, vamos a ver qué tiene que decir el código penal, que podemos hacer desde el punto de vista jurídico y  que deberíamos hacer para que lo jurídico no se quede corto a la hora de prevenir la reiteración de estas conductas delictivas.  Continuar leyendo en lawandtrends: https://www.lawandtrends.eu/noticias/penal/los-delitos-de-odio-el-sistema-penal-y-penitenciario-y-la-justicia-restaurativa-1.html#gsc.tab=0

No hay comentarios:

Publicar un comentario