lunes, 9 de marzo de 2026

Justicia restaurativa, más allá del perdón


 INTRODUCCIÓN

Cada vez es más frecuente asociar la Justicia Restaurativa con el hecho de pedir perdón y perdonar. Se trata de una confusión muy habitual. De hecho, cuando algunas personas se preparan para participar en un proceso restaurativo, suelen preguntarme: “¿Tengo que perdonarlo?”. Siempre les respondo lo mismo: eso depende exclusivamente de ellas. No están ahí para perdonar, sino para dialogar, escuchar y contar su historia. Si después desean perdonar —o no hacerlo— será una decisión personal, libre y legítima.

Sin embargo, en ocasiones se transmite desde ciertos ámbitos académicos o desde la prensa la idea de que, con esta justicia, las partes “se perdonan y listo”. Este enfoque simplista entraña un riesgo evidente: pensar que se pretende olvidar el delito o actuar con indulgencia hacia el infractor. Nada más lejos de la realidad. En los delitos graves —especialmente aquellos con resultado de muerte o lesiones muy graves— el proceso judicial no se evita. Por eso resulta importante aclarar por qué el perdón no es el objetivo de la Justicia Restaurativa.

La cuestión esencial, en mi opinión, es la siguiente: ¿qué repara más a la víctima: un simple “lo siento” o el reconocimiento claro de los hechos cometidos y del daño causado?

Para responder a esta pregunta, recuerdo esas discusiones que muchos hemos tenido con hermanos cuando éramos pequeños. Nuestra madre intervenía y decía: “Pediros perdón”. Y, aún con recelo, lo hacíamos, aunque por dentro pensáramos: “Yo no he tenido la culpa”. Ese perdón impuesto rara vez implicaba un verdadero reconocimiento de responsabilidad.

PERDÓN NO ES UN OBJETIVO DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

Fijar como meta que el infractor pida perdón puede provocar que lo haga sin sinceridad, de manera forzada o estratégica, pensando que “es lo que toca” o que puede reportarle algún beneficio penitenciario. Además, se traslada a la víctima el peso de perdonar o no hacerlo: el infractor ya ha pedido disculpas y parece haberse liberado; ahora todo recae sobre ella. Esta presión tampoco es saludable.

La Justicia Restaurativa, a través de los encuentros víctima-infractor y/o con la comunidad, persigue algo distinto: que el infractor reconozca lo que ha hecho y comprenda que su acción ha causado un daño real. En lugar de limitarse a decir “perdón”, podrá afirmar: “Esto lo hice yo, sé que estuvo mal y quiero reparar el daño”. Este reconocimiento implica una auténtica asunción de responsabilidad, elemento clave para su reinserción y para mitigar, al menos moralmente, el daño causado a la víctima y a la comunidad.

Eso es lo que busca la Justicia Restaurativa: el reconocimiento de los hechos y la responsabilización por la conducta. En contraste, la justicia tradicional suele situar al infractor en una posición pasiva y defensiva. Con frecuencia negará los hechos, intentará justificarlos o minimizar su importancia, generalmente a través de su abogado. Puede que al final del juicio sea declarado culpable, pero si no reconoce ni asume su responsabilidad, difícilmente reparará el daño de manera voluntaria ni existirá un compromiso auténtico de no reincidir.

El objetivo central, por tanto, es el diálogo y la comunicación como vía para el reconocimiento del daño causado y para su reparación, cuando la víctima desee y sea posible. Y, si no, la reparación puede orientarse hacia la sociedad, devolviendo algo positivo que compense, en parte, el mal causado.

No obstante, en el marco de un proceso restaurativo puede surgir el perdón, a veces de forma inesperada y profundamente genuina. Cuando aparece, lo hace como un acto espontáneo, libre y personal. En todo caso, sería una consecuencia del proceso, nunca su finalidad.

CONCLUSIONES

La Justicia Restaurativa no obliga a perdonar ni pretende borrar el delito. Su propósito es generar un espacio seguro de diálogo donde el daño pueda ser reconocido y, en la medida de lo posible, reparado.

El perdón puede tener un gran valor humano, pero no puede imponerse ni convertirse en un requisito. Cuando se exige, pierde autenticidad; cuando surge libremente, puede convertirse en un poderoso acto de transformación.

Lo verdaderamente reparador no es una palabra pronunciada por compromiso, sino el reconocimiento sincero del daño y la asunción responsable de las consecuencias. Solo desde ahí es posible hablar de reparación, de reinserción y de una justicia más humana.

No hay comentarios:

Publicar un comentario