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lunes, 17 de agosto de 2026

La sinceridad de los ofensores en los procesos de justicia restaurativa

INTRODUCCIÓN

En ocasiones, muchas personas me preguntan sobre la sinceridad y los motivos de los infractores para participar en un proceso restaurativo. La duda es comprensible: ¿podría la Justicia Restaurativa convertirse en una vía sencilla para eludir las consecuencias jurídicas de sus actos?Otras veces, el problema es diferente: damos por perdida a una persona. Cuando alguien ha cometido más de un delito, pensamos que es imposible que cambie y pueda reconducir su vida. En definitiva, dejamos de creer en la capacidad de las personas para cambiar.Por eso considero un error afirmar que solo deberían participar en procesos restaurativos los infractores que no han reincidido. ¿Qué habría ocurrido si esa persona nunca tuvo la oportunidad de participar en un proceso restaurativo después de su primer delito? ¿Y si escuchar el impacto que su conducta tuvo en la víctima fuera precisamente el elemento que necesitaba para comenzar a cambiar?Excluir a una persona reincidente puede perjudicar su propia reinserción, pero también a la comunidad. Una sociedad segura no es solo aquella que castiga a quien delinque, sino también aquella que consigue que quien ha causado daño pueda dejar de hacerlo.

jueves, 5 de enero de 2023

Sinceridad de la persona ofensora durante los procesos restaurativos


INTRODUCCIÓN

Muchas personas me preguntan sobre la sinceridad y los motivos de los infractores para participar en un encuentro restaurativo. ¿por qué ? Porque piensan que estos encuentros puede ser una válvula de escape sencilla para muchos y así eludir las consecuencias jurídicas de sus actos. Otras veces, lo que ocurre es que damos por perdida a una persona, me explico, alguien que no es su primer delito, pensamos que es imposible que "cambie" y pueda reconducir su vida, es decir, no creemos que los seres humanos podamos cambiar. Por eso, por ejemplo, considero un error que se suela decir por algunas personas que solo podrían participar en un proceso restaurativo, infractores no reincidentes, ¿y si los reincidentes no tuvieron la oportunidad en su primer delito de participar en un proceso restaurativo? o ¿y si simplemente el efecto de escuchar el impacto que el delito ha tenido en la víctima, puede ser determinante para que quiera cambiar, solo por el hecho de no ser su primer delito, no se lo vamos a permitir?