sábado, 30 de junio de 2018

Dos aspectos importantes, para la Justicia Restaurativa

Intentar resumir, sintetizar o generalizar qué es la Justicia Restaurativa es simplemente complicado, por cuanto si preguntamos a las víctimas o infractores, cada uno de ellos explicará que esta justicia es una cosa y a buen seguro será diferente, que lo que otros opinen y es que el camino hacia la restauración es diferente porque son diferentes las necesidades de las víctimas y esto conlleva diferentes obligaciones de reparación o compensación para el delincuente. 
Sin embargo existen dos aspectos importantes de esta Justicia Restaurativa, y es que se centra en :
 Reparación de la víctima ( porque nos ocupamos del daño causado por el delito, y es que la víctima y en general, las personas que sufren las consecuencias del delito deben ser reparadas o al menos se debe mitigar o compensar el daño sufrido ). Pero hablo de reparación en el sentido más amplio de la palabra, como una forma de devolver a la víctima y a la sociedad algo bueno por lo malo que hizo. Esta reparación servirá para que el infractor pueda ser mirado por lo bueno que haga desde ese momento en adelante, será importante para que pueda despojarse del "rol de infractor".

viernes, 29 de junio de 2018

Justicia Juvenil con enfoque restaurativo

Cada vez se habla más de Justicia Restaurativa, y esto me parece un gran avance, aunque es cierto que en muchas ocasiones, no se tiene claro que es esta justicia. También es cierto que aunque empezó en el área penal, poco a poco se ha ido viendo las bondades de esta justicia en otros ámbitos como el escolar o la comunidad. Es interesante, que ya se tenga en cuenta la Justicia Restaurativa en conjunto, como modo de gestionar el delito de una manera más humana y sanadora y además, considero acertado hablar de esta Justicia puesto que si en algún ámbito tiene gran potencial es precisamente en el de jóvenes y menores infractores, tanto a nivel penal como escolar. Para prevenir la repetición de conductas delictivas pero también para evitar que se produzcan. Realmente los jóvenes y menores tienen una personalidad en formación y los procesos penales deben ser educativos así como preventivos para evitar que empiecen una carrera delictiva. Siguiendo la línea de lo que decía Pitágoras, educad a los niños y no tendréis que castigar a los hombres.

jueves, 28 de junio de 2018

Retos para la definitiva implementación de la Justicia Restaurativa

Últimamente, me estoy preguntando qué retos tenemos en la Justicia Restaurativa, para lograr la total implementación y realmente, creo que depende del país y del lugar. En España, el primer reto para mí, es como hacer frente al conformismo de los que nos dedicamos a la justicia restaurativa, es muy frecuente ver , firma de convenios entre administraciones, instituciones judiciales....en las que se nos "vende” el fomento de un único proceso restaurativo : la mediación y en el que nunca están presentes los profesionales de la justicia restaurativa, otras veces asistimos a cursos impartidos, casi en exclusiva por jueces y otros profesionales , sin ninguna formación al respecto, y que curiosamente se quieren erigir en los controladores de la calidad de la formación de los facilitadores. ¿Acaso alguien por tener una profesión de origen , está habilitado, sin tener ningún curso que lo corrobore, para vigilar la calidad de los servicios? Por supuesto, que no , es más, deberíamos tener claro que un buen profesional de la justicia restaurativa, debe despojarse de su profesión de origen, algo que nos cuesta demasiado. Y a pesar de este intrusismo profesional , aprecio conformismo porque parece que no sabemos levantar la voz contra los que nos vende humo, son innumerables las ocasiones que he visto en prensa convenios y que al final no se han dado cumplimiento, pasando a engrosar la lista de méritos de algunos políticos, jueces y otras autoridades. 

miércoles, 27 de junio de 2018

Todo derecho, lleva aparejado responsabilidades

Una vez oí decir a Howard Zehr y estoy de acuerdo con él, que se nos suele recordar continuamente nuestros derechos, todos hablan de estos derechos pero pocas veces se comenta que todo derecho, lleva aparejado una serie de responsabilidades y obligaciones De esta forma, cuando se comete un delito, el infractor tiene una serie de derechos que el estado y la justicia tradicional se encarga de recordarle ( obviamente son derechos propios de un estado social y democrático) sin embargo, a veces veo que se pone tanto énfasis en sus derechos que les aleja y no alienta su asunción de responsabilidad, pero no sólo eso, sino que tampoco fomenta su empatía y el reencuentro con su humanidad. Una y otra vez, el sistema está obsesionado con los derechos del infractor, lo que ha llevado de forma paradójica, a un casi olvido de la víctima, y de que sus necesidades y derechos, también deben ser atendidos, y no solo castigando al infractor, sino viendo qué necesita para sentirse reparada o al menos, compensada del daño sufrido.Sin perjuicio, de sus derechos, el infractor debería enfrentar lo que ha hecho, ser alentado para entender el impacto de su comportamiento y del daño y que así pueda asumir como suya la obligación de tomar todas las medidas necesarias para hacer las cosas bien. 

lunes, 25 de junio de 2018

¿Por qué algunas personas necesitan de la Justicia Restaurativa?

Para los que nunca hemos sido víctimas directas de un delito, es complicado ponernos en el lugar de una persona que ha sufrido un delito, especialmente si ha sido grave. La justicia penal tradicional hace  por lo general, que las víctimas se sientan más víctimas durante todo el proceso, son  interrogadas una y otra vez, teniendo que recordar el dolor que sufrieron y reviviendo el trauma. Y cuando quizá, empiezan a superar lo vivido, son llamadas al juicio. Pero además, el proceso penal se olvida de otras víctimas, las  indirectas como sus familiares y allegados, no se las tiene en cuenta y no pueden hablar, a no ser que sean testigos del crimen. En general, tanto víctimas directas como indirectas, acuden al juicio oral con unas expectativas diferentes, pensando que van  a poder desahogarse, que van a ser escuchadas y van a poder hablar no solo sobre cómo sucedieron los hechos, sino también acerca de  cómo se sintieron cuando sufrieron el delito y después, cómo es su vida tras el crimen y qué necesitarían para poder superarlo. Obviamente el juicio es un proceso solemne, demasiado a mi parecer, que asusta en muchas ocasiones y que intimida casi más a las víctimas que a los infractores. Solamente van a poder responder a las preguntas que las hagan los operadores jurídicos, y en más de una ocasión son preguntas un tanto desagradables.

sábado, 23 de junio de 2018

Con la Justicia Restaurativa, todos ganamos

La Justicia Restaurativa debe valorarse como algo necesario en nuestro derecho, ya que por encima de cualquier consideración legal, debe atenderse las necesidades de los más vulnerables: las víctimas y es obligación del estado hacer justicia,  entendiendo por este hacer justicia, no solo castigar al culpable, sino conseguir que las víctimas sean reparadas de un daño que nunca debieron sufrir. 
Lo que sí es claro es que desde el momento que se comete un delito, hay que cambiar el chip y primero tenemos que empezar a pensar qué podemos hacer por las víctimas y después, por supuesto, qué castigo merece el presunto culpable (si está identificado, si es penalmente responsable y no ha fallecido). Suelen decir que el orden de los factores no cambia el producto, pero en este caso ayuda y mejora la calidad de vida de muchas personas que sufren. Hacer justicia, no es solo castigar al culpable, esta es una visión muy parcial,  hacer justicia es atender y ocuparse de las víctimas, de todas, con independencia del delito sufrido y del lugar donde se encuentren.

viernes, 22 de junio de 2018

Cambio de paradigma con la Justicia Restaurativa

La mayoría de los que creemos en la Justicia Restaurativa, no nos planteamos la eliminación del castigo,cuando sea necesario por ejemplo, por ser delito grave, sino el cambio de prioridades: primero hay que centrarse en el binomio daño-reparación (atendiendo las necesidades y las expectativas de las victimas sobre la justicia) y después atenderemos el binomio delito-pena (atendiendo la demanda del estado, ya que puesto que una norma creada por él se ha vulnerado, hay que castigar al infractor). No se trata de un cambio drástico sino de alterar el orden de importancia a la hora de tratar y abordar el delito. Tal parece que al centrarnos primero en que se ha cometido un delito y que hay que castigar al infractor, estamos dotando de protagonismo exclusivo a este infractor y al estado, cuando es todo lo contrario, son las víctimas ( las personas afectadas) las que deben tener prioridad en todas las actuaciones referentes al delito.

jueves, 21 de junio de 2018

La importancia de entender el contexto del delito, dentro de la Justicia Restaurativa

La asunción de responsabilidad para la Justicia Restaurativa debería implicar entender el contexto. Este contexto, es la comprensión de las cosas en perspectiva de  otras cosas. Esto es importante, por ejemplo cuando muchos se centran en la Justicia Restaurativa y sus diferentes herramientas como procesos destinados a pedir perdón.Y es que de primeras, no es tan fácil ni tan aconsejable exigir la asunción de responsabilidad y mucho menos hablar de disculpas o perdón, por ejemplo ¿cómo se puede escribir una carta de disculpa sin realmente conocer y entender el daño que has causado?. ¿Cómo, un infractor, inmediatamente después de haber sido sancionado, juzgado, encontrado culpable, y señalado  se va a centrar en la víctima y sus necesidades, cuando él mismo se siente señalado y objetivo directo y central del sistema?
La rendición de cuentas, se inicia con el reconocimiento que ha causado el daño. La rendición de cuentas completa está exenta de "ya, peros" o "si solo". La rendición de cuentas completa es difícil. La rendición de cuentas en la justicia restaurativa es así. Creo que se trata de la comprensión de su contexto. No se puede entender el daño que has causado hasta que se entienda el contexto.El contexto del delito significa escuchar sobre el impacto. Este contexto en la Justicia Restaurativa significa comprender, profundamente y directamente la perspectiva de los demás. 

miércoles, 20 de junio de 2018

Más que restauración, la Justicia Restaurativa, implica transformación

"Se trata de restaurar la situación anterior al hecho delictivo cometido tanto para el autor como sobre todo para la víctima” Esta es una de las muchas afirmaciones sobre la Justicia Restaurativa y sus herramientas, como la mediación penal, que generan muchas dudas y sobre todo, crean objetivos erróneos de esta Justicia.Para muchos, restaurativa es una mala traducción del inglés restorative y debería denominarse restauradora o reparadora.
Si acudimos a un diccionario, restaurar implica volver a poner algo en el estado o circunstancias que se encontraba antes. Por eso, es probable que algunos piensen como objetivo de la Justicia Restaurativa, esta restauración de la víctima e infractor a una situación anterior al hecho delictivo. 
Clarificado el concepto de restauración, me pregunto ¿si la Justicia Restaurativa tiene por objeto restaurar a la víctima e infractor al estado anterior al delito? ¿Por qué? Para el delincuente, devolverlo a una situación anterior puede y de hecho resultaría inútil y peligroso. Veamos, si hablamos de un infractor ocasional, que en un momento dado comete un delito, esto podría ser beneficioso, porque intentaríamos devolverlo a una vida normal o al menos, dentro de una cierta normalidad, en la que el crimen ha sido algo esporádico.
En estos casos, el concepto de restaurar podría serlos de cierta utilidad puesto que le evitaría el estigma de infractor, sin posibilidad de reinserción, y reduciría el impacto que el delito tiene para él, y su entorno.