viernes, 13 de septiembre de 2013

Apoyo social para la Justicia Restaurativa

Hace ya bastantes años que acudí a mi primer congreso internacional sobre justicia restaurativa, el tema me parecía bastante importante, "apoyo social para la justicia restaurativa", en efecto, ¿cómo conseguir que una sociedad desencantada por la justicia, que suele clamar por penas más duras, vea en la justicia restaurativa una gran aliada en la defensa y restauración de sus derechos? Para conseguir esto, el apoyo y la promoción de los medios de comunicación es esencial, la prensa, la televisión, la radio son "el cuarto poder" y si conseguimos llegar a ellos, también a buen seguro llegaremos al ciudadano. Sin embargo, aquí en ocasiones al menos en España, chocamos con un muro, puesto que salvo contadas y honrosas excepciones, parece que el morbo y el clamor por penas más duras vende más, aunque no tienen toda la culpa, puesto que cómo no conocen realmente que es la justicia restaurativa y parten de ideas preconcebidas y erróneas, por eso se oponen a priori, por pensar que tratamos de ser blandos con los delincuentes.
 
Otro gran problema, que estoy viendo son los efectos que produce en las asociaciones de víctimas y en las víctimas en general, aquellos que hablan de justicia restaurativa sin saber realmente qué es, me explico; con tantas noticias que equiparan mediación penal y justicia restaurativa, que ensalzan lo bueno que es para evitar los juicios, agilizar la justicia, perdonar...etc, no me extraña que cualquiera que lea esto y haya sido víctima directa o indirecta rechace la justicia restaurativa. En muchas de estas informaciones se las olvida una vez más, y para colmo ven que la preocupación no son ellas sino facilitar la vida a los operadores jurídicos, esto realmente está perjudicando un apoyo, que de otra forma sería indiscutible por los grandes beneficios que pueden tener para muchas víctimas.
 
Es necesario que hablemos, estemos en contacto directo con las víctimas y asociaciones destinadas a ayudarlas, para mitigar la mala información, lo único que nos queda es informar sobre qué es y no es esta justicia, y lo más importante no menospreciar a aquellas víctimas que no desean participar en la justicia restaurativa, porque escuchando por qué de su negativa, podemos mejorar nuestro trabajo.
Y por supuesto, una legislacción adecuada sería interesante para dar un impulso final, sin embargo al menos en España, los proyectos y borradores siguen confundiendo conceptos y limitando la aplicabilidad de la justicia restaurativa, no obstante todavía hay esperanzas, y estamos trabajando para que nuestra voz sea escuchada.
 
 

jueves, 12 de septiembre de 2013

¿Cuándo no es posible la Justicia Restaurativa?

Ayer me preguntaban ¿Cuando la Justicia Restaurativa no es posible?. La respuesta a priori debe ser diferente, si nos ceñimos a justicia restaurativa como programas restaurativos, ya sea mediación penal, conferencias o círculos, la Justicia Restaurativa, no sería posible un encuentro restaurativo en estos casos:
Si el delincuente no está identificado o no quiere participar.
Si la víctima no está dispuesta a participar.
Claramente los programas de justicia restaurativa se deben basar en la voluntariedad, porque no se concibe que una víctima sea obligada a encontrarse con su infractor ( las consecuencias en el plano de la victimización secundaria serían nefastas y todo el beneficio que puede suponer para la víctima, se volvería en su contra), y por supuesto no se puede obligar a un infractor a tomar parte en el proceso, porque si no su asunción de responsabilidad no sería verdadera y no vería en la reparación del daño, una prestación socialmente constructiva.
 
No obstante, si concebimos la Justicia Restaurativa como algo más amplio, como una filosofía o como dice las Naciones Unidas una respuesta evolucionada al crimen, siempre se puede actuar y ayudar desde un punto de vista restaurativo, porque ¿qué pasa con la víctima que si quiere ayuda de la justicia restaurativa? ¿la decimos que no porque el infractor no ha sido identificado o porque no quiere? Para mí,  esta negativa sería muy perjudicial, sin embargo podemos intervenir desde un punto de vista restaurativo con esta víctima,  derivarla a otros servicios de asistencia especial a las víctimas, y como simple ejemplo, ¿por qué no propiciar reuniones entre víctimas e infractores, unidos por delitos similares,  aunque no sean los directamente afectados? Estos encuentros ayudarían a generar empatía, cicatrizar heridas y a que la víctima pueda sentirse escuchada, respetada y valorada.
 
De la misma manera, si un infractor quiere asumir su responsabilidad pero la víctima no desea participar, ¿impedimos que una persona que ha hecho algo mal, se responsabilice? Por supuesto, que esto sería también negativo por cuanto parece que estamos negando al infractor una segunda oportunidad para hacer las cosas bien. Por eso podemos intervenir con los delincuentes también desde un punto de vista restaurativo, de muchas maneras, estos encuentros con víctimas serían beneficiosos, o simplemente propiciando que pueda hacer una reparación si no directamente a la víctima, a la comunidad en general, puesto que la sociedad es víctima indirecta de los delitos.
 
Por eso, ante la pregunta de cuando no es posible la justicia restaurativa, pienso que siempre es posible, si hay una víctima o un infractor que así lo desea. Los límites, no serían la gravedad del delito sino las circunstancias del caso concreto y de las partes, pero a priori, cualquiera que quiera participar en la Justicia Restaurativa debería tener la oportunidad, es nuestra obligación para con las personas que sufren y/o las más vulnerables.
 

miércoles, 11 de septiembre de 2013

Justicia Juvenil con enfoque restaurativo


Para Matza y Sykes, cuando los infractores, especialmente los menores y jóvenes cometen un delito, en muchos casos se amparan en lo que llamaron técnicas de neutralización y que son las justificaciones que utilizan para con sus conductas delictivas y así pueden cometer delitos porque se apartan y suspenden temporalmente su compromiso con las normas sociales.

Estas técnicas que usan los adolescentes infractores son las siguientes y frecuentemente se favorecen por el sistema penal tradicional de justicia:

. Negación de la responsabilidad: el delincuente dirá que el /ella es una víctima de las circunstancias y que ha sido empujada al delito y que esto escapa de su control (“no fue mi culpa”)

. Negación de la lesión: los delincuentes suponen que su comportamiento realmente no causó daños o que la víctima puede permitirse el daño.

. Condena de los que condenan: los que condenan son vistos como hipócritas o están reaccionando así por despecho personal (“ellos seguro que hicieron cosas peores en su día”)

. Apelación a lealtades superiores: las reglas de la sociedad quedan por detrás de las demandas y lealtad a otros (“que iba a hacer, mis amigos estaban ahí…)
La Justicia Restaurativa, genera en muchos infractores, especialmente en los jóvenes cuya personalidad todavía está en formación, un punto de inflexión que los hace reflexionar, se genera en ellos empatía para ver que efectivamente dañaron a otra persona y que no quieren volver a hacerlo. Esta justicia favorece su concienciación y responsabilización lo que hace que estas justificaciones que para ellos tenían sentido cuando cometieron el delito, dejen de tener significado. Favorece que se conciencien, se den cuenta del daño real que si causaron, incluso sientan remordimiento, sin estigmatizarlos, que propicie su cambio, un punto y aparte para querer vivir siguiendo las normas. Esto se hace de una manera constructiva, favoreciendo la educación en valores restaurativos que les haga ver su humanidad y la humanidad de la gente que los rodea.


 

martes, 10 de septiembre de 2013

Facilitadores de la Justicia Restaurativa, independientes del derecho, psicología y otras disciplinas.

Uno de los problemas para los facilitadores de la justicia restaurativa suele ser el despojarnos de nuestra profesión de origen, los que venimos por ejemplo del mundo del derecho solemos tener tendencia a llevar a todo a la estricta legalidad vigente y por eso, en ocasiones se dificulta la aplicación práctica. Un ejemplo claro es el considerar y equiparar la reparación del daño como algo indiscutiblemente unido a la justicia restaurativa y sus procesos como la mediación penal, por supuesto que la reparación del daño es un aspecto importante que ayuda a las víctimas a recuperarse del delito y propicia la asunción de responsabilidad del infractor. Sin embargo, la reparación en la justicia restaurativa no debe considerarse desde un punto de vista estrictamente jurídico, porque no coincide estrictamente con la reparación concebida en nuestras leyes, así el elemento proporcionalidad no está incluido dentro de las reparaciones que puedan pactarse dentro de un proceso restaurativo, dependerá de lo que las partes decidan y de lo que los mediadores puedan orientarles.

 ¿Qué conlleva esto? Que la medida reparadora, no incluye por sí misma la proporcionalidad a la gravedad del delito (proporcionalidad al daño causado y a la culpabilidad) que tradicionalmente han observado las penas, sino que tal elemento aparecerá en función de lo que decidan las partes. Se deja a la víctima y al infractor la configuración del contenido huyendo de reglas o principios preestablecidos. A pesar de todo, esta ausencia de criterios de proporcionalidad supone la entrada de otros. El hecho de que se deje a las partes la delimitación y elección de la reparación supone que esta se adecuará mucho más a sus circunstancias y atenderá a sus necesidades, cosa más difícil de darse en construcciones abstractas y normativas. La reparación en los procesos restaurativos, puede considerarse como ya se ha dicho, una reparación muy cualificada al tener como objetivo:

La atención a las necesidades de la víctima.

La mejor reinserción del autor de los hechos.

Y es que la realidad en ocasiones es más complicada que las puras y estrictas teorías legales, a veces no todo es blanco ni todo es negro, por ejemplo, acabamos de recibir un caso para nuestro servicio de mediación penal, la víctima no necesita nada para sentirse reparada, a pesar de que hubo una agresión, entonces aquí algo ya no es perfecto tenemos una víctima que no quiere ser reparada y un infractor que quiere hacer algo por la víctima, ¿qué hacemos entonces? Si nos ceñimos a las definiciones y teorías sobre procesos restaurativos como mediación penal, no podríamos hacer mucho, sin embargo, la justicia restaurativa es algo más que un acuerdo de reparación es permitir un dialogo restaurador, es ofrecer una oportunidad para generar empatía y otros valores como la comunicación no violenta, es un espacio para apreciar la humanidad de la otra parte.
Y ahí es donde a pesar de todo, de no necesitar reparación tal y como está contemplada en la ley, entra nuestro trabajo, para mi, es reparación aunque quizá simbólica o moral, pero al fin y al cabo es una compensación a la víctima por el delito sufrido y una forma de decir al infractor que cuando se hace algo mal, se debe afrontar las consecuencias.

Por eso creo que los facilitadores de la justicia restaurativa, debemos despojarnos de nuestra formación de origen, e intentar centrarnos en que nuestra misión es ayudar a sanar las relaciones rotas entre los miembros de la comunidad.
 

lunes, 9 de septiembre de 2013

Más sobre justicia restaurativa, víctimas y proceso penal

Llevo varios días hablando sobre las víctimas, porque son el centro de nuestro trabajo, y como siempre digo, la justicia restaurativa surge desde el momento en que hay una persona directa y/ o indirectamente afectada por el delito. Y aunque parezca muy sencillo desde el punto de vista procesal, delimitar quién es la víctima, la realidad es que existen muchas víctimas o al  menos muchas personas afectadas por el delito.
 
Un ejemplo claro de esto, son los familiares de la víctima directa, ¿acaso no sufren con el dolor de su familiar? ¿no son víctimas también? Por supuesto que son afectadas por las consecuencias del delito y  por eso también deben ser consideradas víctimas, el problema es que si las víctimas directas no tienen oportunidad de hablar y expresarse durante el proceso penal, salvo cuando son interrogadas como meros testigos, los familiares y allegados y en general todos los que sufren de manera indirecta el delito, no tienen ni una sola posibilidad de expresar su opinión, sus sentimientos, necesidades o expectativas. Si el proceso penal genera desilusión en las víctimas directas, este insatisfacción se ve también en familiares y allegados y además doblemente, primero porque ven como su familiar no ha conseguido ver sus necesidades cubiertas y luego porque ellos tampoco han podido hacer frente a sus expectativas propias o al menos  expresar su opinión sobre lo sucedido. Y esto es así ,los jueces y en general los operadores jurídicos se deben a la estricta, a mi parecer demasiado estricta legalidad y aunque quisieran dar voz a todas las víctimas, los rígidos protocolos establecidos se lo impiden o al menos suponen una "excusa" eficaz para no hacerlo.
 
Otro problema que surge en el proceso penal, y con respecto a las víctimas, es que solo encuentran como solución a su indefensión, pedir penas más duras, me explico: ante la falta de apoyo , empatía  y atención que sufren las víctimas, la única esperanza que tienen es que el delincuente esté en la cárcel el mayor tiempo posible, como decía el otro día, no es que seamos punitivos por naturaleza, al contrario, implícitamente lo que reclamamos es que el infractor sufra lo mismo que las víctimas han sufrido, es decir que se pongan por un instante aunque solo sea, en su lugar, reclamamos un poco de empatía. Sin embargo, cuando los códigos penales son ya de por si muy duros y punitivos, ¿qué podemos hacer? o la pregunta más importante ¿cómo conjugar los derechos y necesidades de las víctimas con unas leyes de por sí, ya punitivas? Parto de la base que para una víctima y sus familiares, a priori, la condena no será nunca suficiente para cubrir el dolor que no merecían sufrir, sin embargo, la forma de conjugar los derechos y necesidades de las víctimas con el proceso penal y con la justicia en general es la justicia restaurativa. Efectivamente, tenemos la respuesta a nuestro alcance, construyendo una justicia penal con un enfoque restaurativo pondríamos al alcance de las víctimas directas e indirectas, de los infractores una justicia más cercana a cada caso y  los operadores jurídicos ya no tendrían excusas para no flexibilizar los protocolos de actuación y para tener en cuenta siempre a las personas ,porque las partes, además de partes procesales son seres humanos. En esta justicia penal con enfoque restaurativo, los encuentros restaurativos como mediación penal, serían un instrumento más, para aquellas víctimas que así lo quisieran y/o  para aquellos infractores que así lo demandaran.
 
 No obstante, desgraciadamente, siento que generalmente, no interesa esta justicia restaurativa y si interesa, muchos se la quieren apropiar y caen en los mismos errores que la justicia penal tradicional conlleva,  hablando de que la justicia restaurativa agiliza la justicia, que trata de evitar juicios...etc, la justicia restaurativa no está para hacer la vida más fácil a operadores jurídicos y al legislador, esta justicia está para dotar de humanidad el proceso penal, para ayudar a las víctimas, al infractor y a la comunidad.
 

viernes, 6 de septiembre de 2013

Las víctimas, el proceso penal y la justicia restaurativa

Me gustan el cine, y sobre todo las películas con final feliz, si, lo reconozco, esas en las que a los buenos les pasan cosas buenas  y los malos reciben su castigo, una justicia muy humana y al fin al cabo retributiva, en la que los malos tienen lo que merecen. Toda nuestra vida está centrada en esta justicia retributiva e incluso equiparamos hacer justicia a que reciban un castigo.
Muchas personas y en general, víctimas, suelen decir: "quiero que sufran igual que he sufrido yo", ¿no obstante, están reivindicando con esto, una justicia retributiva, centrada en el castigo? Yo creo que no, las personas y las víctimas, con esta frase esta reclamando un poco de empatía del delincuente y también de la sociedad, y del sistema de justicia penal, claman porque la gente pueda ponerse en su lugar, especialmente el infractor. 
 
Por supuesto, que  nos gustaría que la vida fuera de esta manera, sin embargo, a la gente buena le pasan cosas malas. Y se convierten también en víctimas, sufren el dolor del delito y el dolor de afrontar las consecuencias ( un proceso penal que no respeta sus necesidades, cómo abordar el trauma, un justicia que parece lejana a sus expectativas, repuestas sin contestar a muchas preguntas, qué hacer después.....) y ponen todas sus esperanzas en el juicio, y como no tienen otras opciones es normal, sin embargo, cuando llega el momento ven cómo apenas pueden hablar, solo son meros testigos y ni siquiera pueden contar sus sentimientos, miedos y esperanzas. Todo es frío e inhumano, burocratizado y con excesivos formalismos, que lo que hacen es atemorizar más, a unas víctimas que ya han sufrido bastante. Es por eso que la Justicia Restaurativa, lejos de ser una justicia blanda , que quiere que los infractores no reciban su castigo, o como dicen por ahí, "se vayan de rositas", esta justicia devuelve a las víctimas su valor como personas buenas, como seres humanos que no deberían haber sufrido el delito, y que merecen todo el respeto y consideración. Y sobre todo una justicia que favorece que se la repare el daño, y siempre que sea posible esta compensación se haga de forma directa por el delincuente que quiso asumir su responsabilidad. Esta es la esencia de la justicia restaurativa.
 

jueves, 5 de septiembre de 2013

Libro sobre justicia restaurativa


 
Esta es la portada de mi libro sobre Justicia Restaurativa, publicado a través de Criminología y Justicia, y con mis mejores artículos sobre justicia restaurativa escogidos por David Buil.
 
Además tengo la gran suerte de que el prólogo ha sido escrito por Howard Zehr, el padre de la Justicia Restaurativa.
 
 
En este link podeís adquirirlo tanto versión digital como en papel, adquirir libro
 

miércoles, 4 de septiembre de 2013

La Justicia Restaurativa se centra en las personas

Hace unos días me di cuenta que generalmente la gente tiene conceptos poco claros sobre qué es justicia restaurativa, algunos piensan que se trata de potenciar la reinserción del infractor. Esto por supuesto no es así, o al menos no es tan sencillo, porque realmente la Justicia Restaurativa, surge desde el momento que hay una víctima directa o  indirecta de un delito, desde que hay una persona o personas que sufren las consecuencias del delito
 
Si centráramos la Justicia Restaurativa en el infractor, ¿en qué se diferenciaría de la justicia tradicional? Porque actualmente, y eso lo reflejan muy bien los medios, cuando se comete un delito, el debate gira en torno a qué pena se le puede imponer al culpable, las víctimas y sus necesidades dan poco de qué hablar. La Justicia Restaurativa surge para ayudar a la víctima a recuperar el protagonismo que la corresponde.
No obstante, pienso que pensamos demasiado en teoría y poco en la práctica porque ayudando a la víctima, también podemos ayudar al infractor a responsabilizarse por el delito cometido y eso repercutirá como una pescadilla que se muerde la cola en la propia víctima que tendrá la seguridad que ni ella ni otras personas, volverán a sufrir un delito cometido por ese infractor, y también en la sociedad en general, que se sentirá más segura, al saber que hay un infractor que ya no volverá a delinquir. Algunos afirman que pocos infractores se reinsertan en la sociedad, para mí, con que uno lo haga, todos estaremos más seguros. Otros afirman que pocas víctimas aceptan la Justicia Restaurativa, por supuesto, que no para todas las personas que sufren un delito, esta justicia es la solución pero para muchas, sí, y nuestro deber es no cerrar la puerta de la justicia restaurativa a aquellas víctimas que así lo quieran.
 
Por tanto, más bien yo diría que la Justicia Restaurativa, se centra en las personas, en los seres humanos y en dar la oportunidad a quién quiere aprovecharla de transformar lo vivido (tanto el dolor de sufrir un delito como el hecho de cometer un crimen y dañar a otro ser humano ) en algo positivo y constructivo .

martes, 3 de septiembre de 2013

Más sobre abordar el trauma de sufrir un delito y justicia restaurativa

La Justicia Restaurativa surge por y para las víctimas, sin perjuicio de que cuando se las ayuda también se está ayudando a los infractores, a "reconectar" de nuevo dentro de la comunidad. Hoy hablo de reconectar, más que de reintegrar,  porque realmente todos somos piezas dentro un todo que es la comunidad, el grupo, estamos conectados y cuando un miembro comete un delito o lo sufre, se desconecta de todos los miembros de la comunidad. Tanto víctima como infractor deben reconectar con los demás miembros de la sociedad, lo que ocurre que cada uno debe hacerlo de la manera que más necesiten.
Ayer hablaba de las víctimas y del trauma de sufrir un delito, por eso quería seguir profundizando...lo cierto es que el trauma y el camino para superarlo es diferente para cada persona y por tanto para cada víctima. Los procesos de Justicia Restaurativa son una manera de hacer frente a este trauma, y  es esencial hacerlo frente,  para esta reconexión, puesto que el dolor que no se transforma se transfiere ( Richar Rohr) y esto lejos de ayudar a reconectar con el grupo, lo que hace es alejar.
 
Las víctimas  tienen un serie de necesidades:
 
Volver a sentirse seguras, información ( esto es algo esencial que pocas veces consiguen del sistema tradicional de justicia, quién es el culpable, cómo, por que....), empoderamiento ( que vean que son respetadas y reconocidas, volver a recuperar el control de su vida que perdieron en favor del infractor), reparación de los daños, reivindicarse a si mismas como personas que superan un delito y no sólo como víctimas, y contar su historia.
 
Ayer comentaba lo importante que es para la recuperación de las personas que han sufrido un delito poder contar su historia,  sin embargo, también es esencial poder hacer frente a estas necesidades, algunas de estas se abordaran de manera eficaz a través de encuentros restaurativos como mediación penal, porque estos encuentros generan un espacio de empatía donde las víctimas e infractores y a veces otros miembros de la comunidad, tratan de fortalecer los lazos y tejer otros más fuertes, así se obtienen respuestas a muchas preguntas, especialmente al por qué del delito, y a su vez el infractor aprende a ver la reparación del daño como una prestación socialmente constructiva y no como una obligación impuesta.  Sin embargo, también podemos afrontar todo el proceso penal de una forma restaurativa, fijando la filosofía restaurativa como guia, lo cual no es otra cosa que tener informada a la víctima de cada momento del proceso y la evolución de su caso, y sobre todo "escuchar" su voz, como directamente afectada por el delito y no solo como un mero testigo, facilitar la concienciación del infractor siempre que sea posible, promoviendo en el caso de jóvenes infractores especialmente, medidas que favorezcan su educación en valores restaurativos, y potencien su empatía, etc....es decir la Justicia Restaurativa es una filosofía que tiende a humanizar la justicia penal.
 

lunes, 2 de septiembre de 2013

La Justicia Restaurativa y las víctimas: ayudando a superar el trauma del delito

Cuando te conviertes en víctima, es frecuente pensar en el delincuente como un demonio, una persona mala,  al que sólo le faltan los cuernos, para ser un autentico monstruo de otro "mundo". Esto es un proceso lógico pues incluso cuando estamos viendo noticias sobre delitos, nuestro primer pensamiento es pensar o está loco o es muy malo o ambas cosas.
El "demonizar" al delincuente ayuda a aliviar el "peso" de haber sufrido un delito, al menos en un primer momento, ya que después esto genera una serie de pérdidas mayores en las víctimas directas e incluso en las indirectas, perdemos el sentimiento de seguridad, de confianza en los demás (cualquiera bajo la apariencia inocente puede ser un demonio), la tranquilidad y esto acaba dominando nuestra vida.
 
Por eso, los encuentros restaurativos ya sean en forma de mediación penal , conferencias o cualesquiera otro, pueden suponer una ayuda para las víctimas en el camino hacia la superación del trauma del delito. ¿Por qué? Porque en el momento en que se reunen y empieza el diálogo, se comienzan a ver cómo personas, ven su humanidad y la empatia que se genera es una buena medicina para recuperar la confianza, seguridad y cierta tranquilidad en ver que algunas personas pueden cambiar, además las víctimas vuelven a equilibrar la "balanza", que se había desequilibrado tras sufrir el crimen.
 
Estos encuentros además proporcionan a la víctima un espacio seguro donde contar su "historia" en primera persona ( sin profesionales ajenos a ellas que creen saber lo que necesitan, más que ellas mismas), contar su historia es una forma de dar sentido a lo vivido, y un paso importante en el camino a su recuperación. Desde el momento que las víctimas empiezan a hablar sobre su historia, la asumen, reflexionan sobre ello, es cuando empiezan a dar sentido y significado a lo experimentado y es lo que las va a permitir continuar con su vida.
 
De esta forma, la Justicia Restaurativa, no tiene como objetivo prioritario una agilización de la justicia, ni una forma de ser blandos con los infractores, la Justicia Restaurativa es una filosofía de justicia más humana y sus herramientas como los encuentros restaurativos proveen una forma de colaboración entre la comunidad y el sistema, poniendo en el objetivo: ayudar a las víctimas. No es una justicia hecha para los operadores jurídicos, ni para otros profesionales, es una justicia por y para la comunidad, sin embargo, construyendo una justicia penal con enfoque restaurativo devolveríamos la confianza del ciudadano en la justicia y su eficacia.