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miércoles, 17 de junio de 2026

Los fines de la pena y la justicia restaurativa

 


INTRODUCCIÓN

El Derecho penal tiene como finalidad la protección de los bienes jurídicos fundamentales, la motivación de conductas respetuosas con el ordenamiento jurídico, la prevención del delito y la reafirmación de las normas vulneradas. Partiendo del respeto a estas funciones, la pena no debería estar destinada exclusivamente a infligir un castigo al infractor, sino también a favorecer su resocialización y reintegración en la comunidad.

Desde la perspectiva de la prevención general positiva, la pena contribuye a reafirmar la vigencia de la norma jurídica quebrantada y a fortalecer la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia. Sin embargo, en determinadas ocasiones puede producir efectos contraproducentes, pues algunos infractores perciben la sanción únicamente como una imposición externa e injusta, adoptando una posición de victimización frente al sistema en lugar de asumir la responsabilidad por el daño causado.

Por ello, la pena debería cumplir no solo funciones retributivas y preventivas, sino también una función reparadora. Esta reparación puede dirigirse tanto hacia la víctima directa del delito como hacia la comunidad afectada por sus consecuencias. En este sentido, Claus Roxin destacó que la reparación del daño posee importantes efectos resocializadores, ya que obliga al autor a enfrentarse a las consecuencias de su conducta y a tomar en consideración los intereses legítimos de la víctima. De esta forma, aunque no utilizara expresamente el término justicia restaurativa, Roxin anticipó algunas de las ideas que posteriormente se convertirían en elementos esenciales de este paradigma y defendió que la reparación debía ser considerada también como una finalidad legítima de la pena.