Mostrando entradas con la etiqueta dignidad. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta dignidad. Mostrar todas las entradas

domingo, 16 de noviembre de 2025

Justicia restaurativa: el elemento justicia como brújula


 EL ELEMENTO JUSTICIA 

Es fundamental no perder la dimensión de justicia dentro de los enfoques restaurativos. Más que transformar la justicia, se trata —como señala Howard Zehr— de mirarla a través de un lente diferente, uno que nos permita enfocarnos en los seres humanos afectados por el delito y en cómo el daño fractura las relaciones entre los miembros de la comunidad.

Inspirándome en las reflexiones de Paulo Freire y Martin Buber, considero que deberíamos comprender la justicia en torno a lo que significa ser verdaderamente humanos:

“Una justicia que se identifica con honrar el valor inherente de todas las personas y que se expresa a través de las relaciones.”

Estos dos conceptos —honor y relaciones— constituyen la aguja de la brújula que orienta a quienes defendemos y practicamos la Justicia Restaurativa.

En El pequeño libro de la Justicia Restaurativa, Howard Zehr nos muestra que el núcleo de este paradigma radica precisamente en esos dos ejes: reconocer la dignidad de las personas y reconstruir los vínculos rotos por el daño.

El sistema de justicia tradicional tiende a convertir a quienes causaron daño en objetos de intervención, sujetos pasivos sobre los que se actúa. Al mismo tiempo, las víctimas son omitidas, como si no tuvieran necesidades relevantes o voz propia. En contraste, la Justicia Restaurativa reconoce que el daño es causado por seres humanos y hacia seres humanos, y que solo a través del reconocimiento mutuo puede comenzar la reparación real.

viernes, 28 de agosto de 2020

La importancia del elemento justicia

 EL ELEMENTO JUSTICIA

Es importante, no perder la dimensión de  justicia en los enfoques restaurativos, más que cambiar la justicia,  lo que se trata como decía Howard Zehr es de mirarla a través de un lente diferente, que nos haga centrarnos en los seres humanos que se ven afectados por el delito y como el daño que surge desquebraja las relaciones entre los miembros de la comunidad. Basándome, en Freire y Buber, creo que deberíamos comprender la Justicia en torno a lo que significa ser humano: "aquella en la que la justicia se identifica como honrar el valor inherente de todos y promulgada a través de las relaciones." Estos dos términos juntos - honor y relaciones - proporcionar una aguja dentro de la brújula para guiar a los defensores de justicia restaurativa y los profesionales.

Analizando la caracterización de la justicia penal incluida en El pequeño libro de la Justicia Restaurativa, de Howard Zehr, se observa que lo que está en juego son estos dos conceptos: honor y relaciones

El sistema de Justicia tiende a convertir a los que han provocado daños, en objetos sobre los que se actúa. Como se omite a  los que han sido dañados, se supone que no tienen necesidades importantes. La Justicia Restaurativa, por otra parte, reconoce que el daño está hecho por seres humanos y dirigido a los seres humanos.

domingo, 20 de enero de 2019

¿Qué es Justicia Restaurativa?

Hoy quiero comenzar, con una serie de posts durante estos días, abriendo un poco el horizonte,  hacia lo que podemos considerar que si es Justicia Restaurativa. Empiezo hoy con una definición de Justicia Restaurativa,  que es la que más me gusta, es de las Naciones Unidas, y creo que refleja realmente lo que es esta Justicia: una respuesta, una forma de abordar el delito o conflicto, es un continuo de respuestas ante las variadas necesidades y daños experimentados por víctimas, infractores y comunidad (las partes).

Ya en el ámbito penal la Justicia Restaurativa tiene que ver con atender las necesidades de las víctimas, enfrentar al infractor con lo que ha hecho, para ayudarlo a asumir su responsabilidad, y fomentar el diálogo participativo entre todos los "tocados" por el delito, incluyendo siempre que fuera posible a la comunidad.


(imagen propiedad de Virginia Domingo)

viernes, 30 de junio de 2017

viernes, 16 de junio de 2017

Puntos claves de la Justicia Restaurativa según Ron Claassen

Esta imagen es propiedad de Virginia Domingo de la Fuente. Presidenta de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa
La injusticia  o el daño debe reconocerse, yo añadiría incluso ambas cosas deben reconocerse, porque que las víctimas sufran el daño, es una injusticia que también debe ser reconocida. Estoy hablando de víctimas, como por ejemplo las de terrorismo,o las de siniestros viales,  tristemente y en muchas ocasiones, se ve su condición de víctima como un daño colateral y no como lo que realmente son, personas que han sufrido el impacto del delito. Pero es que además ¿quién debe reconocer este daño? Primero es el infractor, el que de asumir, y reconocer que el daño que ha provocado a la víctima y a la comunidad, no simplemente pasó, sino que él o ella provocaron que pasara. Pero además el estado, debe también respetar a la víctima y reconocer que el delito sucedió y que no tuvo la culpa de sufrirlo e igualmente la comunidad debe mostrar su respeto a la víctima, reconociendo la injusticia de lo sucedido

miércoles, 14 de junio de 2017

Algunas reflexiones sobre Justicia, Justicia Restaurativa y Justicia tradicional


Esta imagen es propiedad de Virginia Domingo de la Fuente.Presidenta de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa

El sistema tradicional falla porque no entiende que la verdadera Justicia debe tener en cuenta a los seres humanos que son los afectados por el delito, y sobre todo, debe basarse en menos aislamiento y más ayuda para que los victimarios, puedan cambiar de comportamiento y las víctimas puedan sentirse dignas de respeto. Trata de fomentar la inclusión y no el aislamiento