domingo, 30 de noviembre de 2025

Cuando la justicia intenta sanar y reparar


 LOS FINALES FELICES

Me gustan los “finales felices”, sí, lo reconozco, me gustan las películas y los libros en los que los “buenos” tienen su recompensa y los “malos” reciben su castigo. Este sentimiento es muy humano y nos hace sentir seguros y tranquilos. Y es realmente a lo que nos han acostumbrado, desde que tengo uso de razón, los cuentos, las películas....todo gira en torno a esta ley "natural", el bueno es feliz...el malo, no.  Esto, sin duda, es la justicia retributiva y aparentemente nos hace felices, y nos hace incluso equiparar justicia, a castigo. Sin embargo, a la gente buena, le pasan cosas malas, sufren y en ocasiones se convierten en víctimas. Y la gente buena también puede causar daño y mucho sufrimiento. Y además, por mucho que intentemos castigar al culpable para satisfacer esta necesidad retributiva, que es casi una obsesión, una vez más la víctima queda relegada y olvidada y vuelve una y otra vez a recordar que fue víctima y que sigue sintiéndose una víctima y no solo del infractor sino del sistema, en general.

Me explico, el juicio deja un sabor amargo a la víctima, y es que con esta obsesión del sistema de justicia penal porque se cumpla la ley, porque el infractor reciba su castigo y si es ejemplar, mejor, no nos damos cuenta de qué necesita, qué quiere o qué desea realmente la víctima o qué estaba pasando con esta persona que causó el daño....

viernes, 28 de noviembre de 2025

Dos miradas, un camino : La justicia restaurativa como puente entre las normas y la vida


 INTRODUCCIÓN

Se habla de Justicia Restaurativa en diferentes ámbitos, aunque el más conocido es en el penal. Para entender un poco más estas diferentes perspectivas de la Justicia Restaurativa creo conveniente intentar desgranar qué es o como percibimos la justicia (digo, intentar porque realmente la "empresa" de definir qué es Justicia es complicada). Muchas personas a la Justicia Restaurativa en el ámbito no penal, lo llaman prácticas restaurativas, yo creo que no hay mucha diferencia puesto que estoy convencida,  que el elemento justicia debe ser esencial, y en todos los aspectos de nuestra vida, por ejemplo, tanto si hemos sufrido un delito como si actuamos dentro de la escuela, intentamos ser justos y aspiramos a conseguir justicia.

DOS FORMAS DE ENTENDER LA JUSTICIA

Justicia, desde un punto de vista cultural y pensando en un concepto general se basa en un consenso amplio en los individuos de la comunidad acerca de lo que es bueno y lo malo. Nuestra forma de comportarnos, de actuar, en general de vivir en cualquiera de nuestros ámbitos de la vida: lugar de trabajo, colegio, vecindario, familia…debe guiarse hacia el eje-valor de la justicia. 

Por el contrario, justicia desde un punto de vista formal pensando en un concepto estricto, son un conjunto de disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y profesionales y tratan de ser totalmente imparciales y neutrales con respecto a los miembros de la comunidad y los conflictos que surjan entre ellos y lleguen a los tribunales.

jueves, 27 de noviembre de 2025

Cuando el infractor se mira al espejo: motivaciones y verdades de la justicia restaurativa

 


MOTIVOS DEL INFRACTOR PARA PARTICIPAR EN UN PROCESO RESTAURATIVO

La gente suele preguntarme sobre la sinceridad y los motivos de los infractores para participar en un encuentro restaurativo. ¿por qué ? Porque piensan que estos encuentros puede ser una válvula de escape sencilla para muchos y así eludir las consecuencias jurídicas de sus actos. Bueno, en primer lugar valorar la sinceridad de un acto es complicado pero si hay indicios de esto, porque los encuentros restaurativos son totalmente voluntarios y el infractor para participar debe reconocer al menos en parte su participación en el hecho delictivo ( eso es radicalmente diferente de la justicia tradicional que en lugar de fomentar la asunción de responsabilidad, lo que hace es facilitar la negación del delito, o su justificación), esto ya para muchos infractores puede resultarles complicado y ponerles en un dilema. Por eso, los que acceden es más probable que lo hagan por voluntad propia y guiados sino por su sincero arrepentimiento si, por cierta curiosidad o dudas sobre la víctima, ya que muchos no las ven como seres humanos, separan el acto delictivo de la persona que lo sufren y tienen tendencia a pensar que no dañaron a una persona

miércoles, 26 de noviembre de 2025

Justicia restaurativa: más allá de la moda, un compromiso con la preparación, las buenas prácticas y la autenticidad


 INTRODUCCIÓN

En uno de los últimos cursos de formación que he asistido decía Barb Toews: “en la actualidad hay programas no restaurativos que son excelentes pero también los hay restaurativos que no son buenos o que directamente no son restaurativos”

Esto es evidente en nuestros días, actualmente la justicia restaurativa está de moda, parece que cualquiera que haya leído un poco puede dar formación  y se presume de calidad especialmente si los que lo imparten son políticos o expolíticos, jueces, profesores de Universidad etc.…Pero lo peor es que además hay personas que se lanzan a hacer intervenciones restaurativas que dejan mucho que desear.

En un periódico que se edita dentro de la cárcel de Burgos salió una noticia de un círculo restaurativo entre un privado de libertad que estaba de permiso y familiares de víctimas de las drogas. Lo leí con mucho detenimiento porque realmente me parece una intervención complicada que requiere de mucha preparación y sobre todo,  tener claro los objetivos que se pretenden conseguir, de hecho, solo un círculo ni siquiera creo que sea suficiente para lograrlos. Sin embargo, cuando leí el artículo sobre esta intervención restaurativa es cuando me di cuenta de que las prácticas tampoco se están enfocando bien o al menos nos estamos olvidando de los verdaderos objetivos de la justicia restaurativa.

LA PREPARACION DE LAS PERSONAS QUE VAN A PARTICIPAR EN JUSTICIA RESTAURATIVA ES ESENCIAL

En primer lugar hay que recordar que la justicia restaurativa no es mágica, lleva tiempo y antes de iniciar un círculo o cualquier otra práctica es necesario la preparación de las personas que van a tomar parte. Es imprescindible hacer esto para entender la historia de cada participante, sus necesidades y expectativas y valorar qué tan bueno sería este encuentro conjunto.  Porque lo que muestran determinadas películas como la francesa “las dos caras de la justicia” no es lo que debe suceder en la realidad, si llevamos a personas a un circulo no debería existir este enfado en ciertas víctimas que muestra la película, este grado tan intenso de reproche no puede darse si de verdad queremos que la práctica,  en este caso de círculo funcione. Y por eso, es necesario preparar a los posibles participantes,  de esta manera vamos a poder  estar seguros de que el circulo será adecuado para las víctimas, y  entenderemos que esperar de este proceso. Continuar leyendo: lawandtrends

martes, 25 de noviembre de 2025

Entre el Daño y la Esperanza: El sentido profundo de lo restaurativo


 INTRODUCCIÓN 

Cuando oímos la palabra delito, y más si es grave, enseguida nos viene a la mente el daño que se haya producido como consecuencia de este hecho delictivo. El ser humano, por lo general, sí tenemos de forma natural, cierto grado de empatía, que nos hace ponernos en el lugar del que sufrió el delito. Sin embargo, esta naturalidad que surge en el primer instante, se evapora con la publicidad que los medios de comunicación hacen del delito y con la forma de abordarlo, que tienen los operadores jurídicos y en general el sistema. El delito se convierte exclusivamente en una acción u omisión tipificada en las leyes como tal. Así el código penal español, dice que son delitos y faltas las acciones y omisiones dolosas e imprudentes penadas por la ley. En la definición de delito por las leyes, se echa en falta precisamente algo de humanidad. El daño debería ser central así como la violación que produce de las relaciones entre los miembros de la comunidad. Tal parece que el delito sea causar un daño al estado, que es el que ha creado el catálogo de delitos.

lunes, 24 de noviembre de 2025

Justicia restaurativa como movimiento social


Una comunidad que interviene es una comunidad que transforma. La justicia restaurativa convierte ese compromiso colectivo en un motor de cambio social real porque reconoce que la convivencia no depende solo de instituciones externas, sino de la capacidad de las personas para implicarse, escuchar y reconstruir vínculos. Cuando una comunidad decide no permanecer pasiva ante el daño o el conflicto, comienza a generar un espacio donde cada voz cuenta, cada gesto importa y cada acción compartida abre la puerta a nuevas formas de relación.

La intervención comunitaria bajo un enfoque restaurativo no se limita a resolver incidentes específicos: impulsa un cambio cultural. Las personas dejan de verse como observadoras para convertirse en agentes activos capaces de promover diálogo, reparar fracturas y fortalecer la cohesión social. En este proceso, la justicia restaurativa actúa como catalizador: orienta, sostiene y canaliza esa energía colectiva hacia prácticas que fomentan la responsabilidad, la empatía y el apoyo mutuo.

Cuando una comunidad se compromete, deja de reproducir la lógica de la indiferencia y comienza a construir un entorno más humano y consciente. Cada intervención, por pequeña que parezca, suma a un proceso más amplio de transformación social. Por eso, una comunidad que interviene no solo resuelve conflictos: se reinventa a sí misma, se fortalece y demuestra que el cambio es posible cuando se construye entre todos.

domingo, 23 de noviembre de 2025

Justicia restaurativa: una intervención a medida

 


DIFERENTES PRÁCTICAS RESTAURATIVAS

No hay una práctica o metodología  restaurativa única, a pesar que en muchos países piensan que la reunión víctima -infractor (mal llamada mediación penal), es la única herramienta, lo ideal es utilizar la  que mejor se adapte a las necesidades de cada caso, y así poder abordar el delito de una manera más eficaz, al incluir a otros indirectamente afectados por el delito. Esto es importante, por cuanto así no dejamos fuera determinados delitos, ni tampoco a determinadas víctimas. ¿Por qué? Si hablamos de delitos de peligro como por ejemplo tráfico de drogas o conducción bajo los efectos del alcohol, no hay generalmente una víctima concreta a la que reparar el daño, y de ahí, que para muchos la mediación penal quede excluida porque por definición es una reunión víctima e infractor. Es más soy partidaria de que quizá sea mejor hablar de encuentros o reuniones restaurativas porque así podemos dar nuestro propio toque restaurativo al encuentro que vayamos a celebrar, acaso no estamos con una "justicia viva", ¿por qué no buscar un encuentro a medida para las personas, si precisamente buscamos eso: la humanización de la justicia?, siempre que nos basemos en los principios y valores básicos de esta justicia, estaremos seguros de que si estamos siendo restaurativos. Pero obviamente para esto, es necesario conocer cada una de las herramientas de esta justicia su funcionamiento y características porque solo sabiendo cada una de ellas cobrará sentido la flexibilidad.

¿POR QUÉ FLEXIBILIDAD?

Claramente la mediación penal o mejor reunión víctima ofensor  es una herramienta de la Justicia Restaurativa, pero no puede hacer frente a todos los casos, con lo que regular exclusivamente ésta, iría en contra del principio de igualdad pues dejaría determinados delitos fuera y lo peor que a algunas víctimas y algunas infractores les negaría la posibilidad, tanto de participar en un proceso restaurativo sanador ( víctima indirecta) como de dar la oportunidad a alguien que hizo mal, de reparar el daño aunque sea de forma simbólica. Esto generaría al igual que ocurre con la justicia tradicional una profunda insatisfacción en ciertas víctimas e infractores, que verán como tienen menos posibilidades de recuperarse del delito y de poder abandonar la carrera delictiva por el simple hecho de haber cometido un delito y no otro o lo que es peor por ser víctima indirecta de un determinado delito o porque aunque sufra con el dolor de la víctima, ella no es reconocida como tal.

¿Cuándo es conveniente una herramienta restaurativa u otra? ¿Cuándo mediación penal o por ejemplo conferencias restaurativas?

Es el proceso restaurativo el que se debe adaptar a las personas, víctima e infractor por eso dependerá del delito y de las partes. Habrá que valorar la clase de delito, quienes han resultado afectados por el delito tanto directa como indirectamente, cómo desean ser reparados ( si es que quieren) o si la reparación puede ser simbólica en beneficio de la comunidad en general y la disposición del infractor.

CONCLUSIONES

La justicia restaurativa no se limita a una única herramienta; su fuerza reside en la flexibilidad para adaptarse a cada caso y a las personas afectadas. No todos los delitos ni todas las víctimas pueden abordarse mediante la reunión víctima persona ofensora, por lo que es fundamental conocer y aplicar diversas prácticas restaurativas según las necesidades concretas de cada situación.

El enfoque restaurativo busca humanizar la justicia, ofreciendo a víctimas e infractores la oportunidad de participar en procesos que favorezcan la reparación, incluso cuando esta sea simbólica, y reconociendo tanto a las víctimas directas como a las indirectas. Así, se fomenta la equidad, la empatía y la posibilidad de transformación personal y comunitaria.

En definitiva, la justicia restaurativa no es un conjunto rígido de procedimientos, sino un camino vivo que se construye a medida, basado en principios de respeto, participación y reparación. Su verdadero valor está en la capacidad de escuchar, adaptar y crear intervenciones que realmente sanen, empoderen y conecten a quienes han sido afectados por el delito

"La justicia restaurativa no es un procedimiento rígido, sino un camino vivo que se adapta a las personas y al delito, ofreciendo reparación, reconocimiento y transformación tanto a víctimas como a infractores."


viernes, 21 de noviembre de 2025

Justicia restaurativa como movimiento social


 (imagen propiedad de Virginia Domingo, inspirada en Maire Dugan)

La justicia restaurativa se ha consolidado como un movimiento social que trasciende el ámbito jurídico para convertirse en una propuesta de transformación comunitaria y cultural. Busca no solo responder al daño causado por un delito, sino también involucrar activamente a víctimas, agresores y comunidades en procesos de diálogo, reparación y aprendizaje mutuo. Como movimiento social, promueve valores como la responsabilidad, la empatía y la solidaridad, cuestionando modelos punitivos tradicionales y fomentando una cultura de convivencia más justa. En este sentido, la justicia restaurativa no es solo un mecanismo legal, sino un motor de cambio social que impulsa a la comunidad a reconocerse, cuidarse y empoderarse colectivamente.

jueves, 20 de noviembre de 2025

Cada víctima es diferente y sus necesidades también


 INTRODUCCIÓN

Los que nos dedicamos a la Justicia Restaurativa a veces tenemos tendencia prejuzgar sin querer, por ejemplo, cuando recibimos un caso, muchas ocasiones casi sin querer tenemos tendencia a pensar; si va a ser algo fácil o si va a ser complicado, y la realidad es que aunque sea un delito similar a otro cada asunto es un mundo y es diferente, igual que cada persona es distinta de otra. Otro ejemplo, de lo que hablo , es si una víctima tiene deseos de venganza o por ejemplo, rehúsa participar en un proceso de justicia restaurativa. Sin embargo, no hay víctimas "buenas" y "malas". Dicho esto, lo lógico y lo normal tras sufrir un delito es tener estos sentimientos negativos, que más bien son sentimientos lógicos y normales en los seres humanos.  Todas merecen nuestro reconocimiento y nuestra atención. Por eso, está claro que estos sentimientos negativos son algo normal, sin embargo, para muchas víctimas solo el poder despojarse de ellos, va a suponer un paso hacia la recuperación o curación de sus heridas. Me explico partiendo de estos sentimientos, su "liberación " como víctima puede venir por la transformación de estos, en otros positivos  y constructivos, pero siempre dando por hecho que la idea de ira, venganza, humillación es algo lógico y normal y que por otro lado, no hace de las víctimas, monstruos, sino todo lo contrario, las hace más humanas. 

miércoles, 19 de noviembre de 2025

Justicia restaurativa como filosofía de vida


La justicia restaurativa ha evolucionado más allá de ser una mera práctica judicial para convertirse en un movimiento social y un paradigma transformador de justicia. Propone un cambio profundo en la manera de comprender el daño, la responsabilidad y la reparación, situando en el centro a las personas y las relaciones. Frente a la lógica punitiva tradicional, este enfoque promueve la participación activa, el diálogo y la corresponsabilidad, buscando no solo resolver conflictos, sino fortalecer el tejido social. Sin embargo, su verdadera fuerza reside en asumirla no solo como un modelo de intervención, sino como una auténtica filosofía de vida, que invita a vivir desde la empatía, el respeto y la conciencia del impacto que cada una de nuestras acciones tiene sobre los demás y sobre la comunidad.