Mostrando entradas con la etiqueta practicas restaurativas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta practicas restaurativas. Mostrar todas las entradas

miércoles, 12 de abril de 2017

Posible estructura de una reunión conjunta en una práctica restaurativa

Hace unos días hablaba de una posible estructura de las diferentes prácticas restaurativas, hoy me gustaría abordar, como sería el proceso de reunión conjunta de cualquier práctica restaurativa (ya sea conferencias, círculos o reuniones víctima-infractor)
Nos centramos más en la historia que en el argumento y el facilitador ayuda a contar la historia a través de las preguntas. Es la herramienta esencial. Preguntas tales como ¿qué ocurrió? Esto hace que en las diferentes prácticas restaurativas, se busque la verdad emocional. 
La estructura  de una posible reunión conjunta sería más o menos como sigue:

Contar la historia
Preguntas
Escuchar y ser entendido
Emociones y respeto----Esto se logra contando la historia
Conectar
Diálogo hacia un posible acuerdo sobre cómo hacer lo correcto
Acuerdo para hacer lo correcto

Estas fases de una posible reunión conjunta son orientativas y se pueden resumir en lo siguiente

martes, 6 de mayo de 2014

Justicia Restaurativa y Prácticas Restaurativas, dos caras de la misma moneda

Otra cuestión debatida frecuentemente entre los que nos dedicamos a la justicia restaurativa, es el nombre justicia restaurativa o prácticas restaurativas, me explico algunos piensan que llamarla justicia restaurativa, hace que su ámbito de actuación se reduzcan de forma exclusivamente a la justicia penal y a las víctimas e infractores. Por eso, muchos opinan que sería mejor llamarla prácticas restaurativas para incluir entre sus posibilidades la aplicación a conflictos escolares, comunitarios etc..en definitiva para que tengan cabida conflictos que todavia no han llegado a los tribunales y/o no son delito.

El problema de terminología, una vez más no me parece relevante pues considero que se puede seguir llamando justicia restaurativa, eso sí en sentido estricto, aplicada al ámbito penal sería un nuevo paradigma de justicia, para responder al delito que se centra en el daño causado y las acciones requeridas para reparar este daño. Se trata de transformar el sistema de justicia penal pasando de la mencionada justicia retributiva a la restaurativa. Este sería el origen de la justicia restaurativa, pues no me olvido que nació por y para las víctimas. Sin embargo, todas las teorías surgen para estar en continua evolución y pronto se vio que esta justicia puede servir para adelantar la prevención de los delitos, de una manera importante. También puede ayudar a prevenir que conductas que no son delictivas sino simplemente problemáticas, acaben siendo delito, por aquello de la escalada del conflicto. Esto también puede llamarse justicia restaurativa pero esta vez sería justicia en sentido amplio, como un marco filosófico que apunta a la sabiduría de saber buscar la solución a los conflictos naturales de la vida cotidiana mediante el lenguaje como instrumento esencial para entendernos. Y es que cuando se habla de justicia, ¿a qué nos referimos? Todos buscamos justicia en nuestra vida diaria, en nuestro trabajo, en nuestras relaciones personales y sociales...., quizá hablamos de lo que decía; una justicia vista desde un punto de vista ético y moral pero justicia al fin y al cabo.

 Por eso, creo que la justicia restaurativa desde este punto de vista no es solo un simple encuentro restaurativo entre víctima e infractor y a veces la comunidad. Se define en términos de proceso de diálogo, participación en la transformación de las relaciones entre los miembros de la sociedad. La Justicia restaurativa en esta dimensión es cultura que educa previniendo las conductas violentas y enseña los beneficios del diálogo y acuerdo.

Ambos aspectos son para mí, Justicia Restaurativa, aunque algunos las quieran llamar prácticas restaurativas, y las equiparo a dos posibles vertientes de justicia; Justicia, desde un punto de vista cultural y pensando en un concepto general se basa en un consenso amplio en los individuos de la comunidad acerca de lo que es bueno y lo malo y justicia desde un punto de vista formal pensando en un concepto estricto, son un conjunto de disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y profesionales y tratan de ser totalmente imparciales y neutrales con respecto a los miembros de la comunidad y los conflictos que surjan entre ellos y lleguen a los tribunales.

martes, 11 de marzo de 2014

Justicia Restaurativa : filosofia, movimiento social y proceso

Ayer hablaba de las diferentes visiones sobre la justicia restaurativa, hoy quiero aproximarme un poco más a la realidad cotidiana y como la justicia restaurativa puede incidir en nuestra vida como filosofía, como movimiento social y como proceso

Como filosofía me gusta la definición de las Naciones Unidas," una respuesta evolucionada al crimen que respeta la dignidad y equidad de cada persona, construye compresión y promueve armonía social a través de la sanación de las víctimas, infractores y comunidad" Ve el delito como una violación de las personas y de la forma de relacionarse entre ellas.

Como movimiento social, sería aplicable a cualquier ámbito de la vida: colegios, barrios, lugar de trabajo, y la justicia restaurativa o prácticas restaurativas, en este caso puede verse como un movimiento social que busca dar prioridad a la solución pacifica de los conflictos, de los hechos delictivos y de la violación de los derechos humanos. Este ámbito de la justicia restaurativa actuaría de forma preventiva y como medio para evitar la escalada del conflicto y prevenir conductas futuras delictivas. Lo que empieza con un problema puede derivar en delito y en algo más grave sino se apuesta por formas de abordarje de los problemas de una forma global, humana y restaurativa.

Como proceso, son herramientas que tratan la forma de abordar las obligaciones y repercursiones que surgen tras el daño. Son métodos para gestionar cómo hacer las cosas bien tras el delito o el conflicto. Estas herramientas pueden servir  para la Justicia Restaurativa como filosofía de justicia penal y  para la Justicia Restaurativa como movimiento social.