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martes, 22 de abril de 2025

Aunque la justicia tradicional no pueda atender las necesidades de las víctimas, la justicia restaurativa sí . A propósito de la sentencia que absuelve a Dani Alves


INTRODUCCIÓN

 La vicepresidenta primera del Gobierno, María Jesús Montero, pidió este martes «disculpas» por las palabras que pronunció el pasado sábado si de ellas «se puede concluir» que puso «en cuestión la presunción de inocencia». Aun así, se reafirmó en su idea de que la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de absolver al exfutbolista Daniel Alves constituye «un retroceso»

Tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la vicepresidenta del gobierno,  a pesar de las disculpas dadas hace unas horas,  cuestionó el principio de presunción de inocencia un derecho fundamental de nuestra constitución y propio de todos los estados democráticos de derecho. Tengo que decir que no ha sido la única persona aunque por su cargo político es normal que se haya considerado grave y que finalmente aunque no parecía querer rectificar haya pedido disculpas. La cuestión no es baladí puesto que se trata de delitos de violencia sexual y la dificultad que implica para muchas victimas el hecho de denunciar por miedo a  sentir revictimización durante el proceso penal e incluso después. Sin embargo, debemos empezar a distinguir entre sentencias ajustadas a derecho y justas y sobre todo pensar que las garantías de nuestro estado de derecho implican aceptar estos recursos y estos posibles cambios en las sentencias.

EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SOBRE EL CASO DE DANI ALVES

En primer lugar debería comenzar por el artículo 24.2 de la constitución española y que dice: “ Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia”

Esto implica que la persona que está investigada es amparada durante todo el proceso por esta presunción, por lo que solo a través de las diferentes pruebas que se aporten puede desactivarse estos efectos. Este derecho fundamental tiene mucho que ver con el principio in dubio pro reo, que significa que cuando el juez  tenga que realizar la sentencia ésta deberá ser absolutoria si existen dudas razonables sobre la culpabilidad que no pueden despejarse. Continuar leyendo en : lawandtrends

jueves, 6 de enero de 2022

La justicia restaurativa es una justicia más justa


INTRODUCCIÓN

Cuando frecuentemente se oye que no hay justicia es sin duda, algo lógico pues la justicia afecta al ciudadano, y a todos en general como miembros de la comunidad. Sin embargo, cuando sufrimos un delito acudimos a la justicia penal, buscando obtener una respuesta adecuada a nuestras necesidades, pensando que como afectados, vamos a tener participación directa y protagonista durante todo el proceso. Sin embargo, esto no es así, ya que al final somos meros convidados de piedra en un hecho que nos ha afectado tan drásticamente como es el delito. Se necesita hacer un cambio o quizá más bien una transformación, pues nuestro sistema penal hasta ahora, está sostenido en una concepción de justicia meramente retributiva donde ésta es vista como una responsabilidad de los profesionales y los delitos como acciones en contra del estado. Este cambio mencionado implica una transformación hacia la corriente filosófica de la Justicia Restaurativa, ésta busca transformar el sistema de justicia penal existente al reconocer que las víctimas en particular y la comunidad en general sufren daños por las acciones delictivas, que los ofensores deben tomar responsabilidad por su conducta y que se les debe dar una oportunidad para reparar el daño ocasionado. El paso de la Justicia Retributiva a la Restaurativa convierte al estado en socio de la comunidad. 

lunes, 11 de enero de 2021

La justicia restaurativa ayuda a "sanar"

 


EL DELITO ES UN DAÑO

El delito es ante todo un daño, porque  más allá de ser una acción típica, antijurídica y que está contemplada en las normas legales, llamase código penal, es un daño a la víctima, a la sociedad y un daño incluso para la persona ofensora. Por esto mismo, como decía Howard Zehr, la justicia restaurativa se orienta hacia las víctimas, lo cual implica que nos preocupemos por sus necesidades incluso aunque el infractor no esté identificado o no quiera o no pueda participar en un proceso restaurativo (por eso, puede haber programas individuales de justicia restaurativa que se centren precisamente en este aspecto de la justicia restaurativa, atender las necesidades reales de las víctimas, no las necesidades que nosotros pensamos que deben tener).

Asimismo debemos tener en cuenta qué daños y necesidades tiene la comunidad e incluso la persona ofensora por eso, debemos ahondar en las causas y el origen del hecho dañoso para evitar que se reproduzca, así ayudaremos a atender alguna necesidad de la comunidad como la de sentirse segura, y se logrará de mejor manera si ayudamos al ofensor a que no vuelva a delinquir.