viernes, 11 de marzo de 2022

Consideraciones sobre buenas prácticas restaurativas


INTRODUCCIÓN

Cuando se estaba elaborando el Estatuto de la Víctima, la primera norma en España que habla de Justicia Restaurativa, la asociación que presido: Sociedad Científica de Justicia Restaurativa estuvo elaborando varios informes para el Ministerio de Justicia acerca de cómo enfocar la Justicia Restaurativa, no solo en este Estatuto sino también en una futura norma de desarrollo del Estatuto. (Sin embargo, a pesar de todos los esfuerzos la realidad es que esta norma confundió mediación y justicia restaurativa, lo que deja claro que los legisladores deberían tener en cuenta no sólo teóricos sino prácticos para normas como estas)

Algunas consideraciones importantes :

¿En qué consisten los procesos restaurativos?

Las prácticas o herramientas de Justicia Restaurativa, hacen hincapié en la reparación del daño causado a las víctimas y la comunidad por delitos. Estas herramientas de justicia restaurativa consisten en reuniones a las que asisten voluntariamente víctima, infractor y/u otros miembros de la comunidad, facilitadas por un tercero (mediador o facilitador) Al involucrar a las partes en el diálogo voluntario, las prácticas de justicia restaurativa proporcionan una oportunidad para que el delincuente acepte la responsabilidad por el daño causado a la víctima y la comunidad, promueven la cicatrización de las heridas de las víctimas, y que los participantes puedan ponerse de acuerdo sobre las consecuencias de reparar el daño, en la medida en que sea posible, incluyendo la reparación tanto material como moral, simbólica, psicológica y sobre todo emocional. Las prácticas de justicia restaurativa se pueden utilizar, como complemento a la sentencia en delitos graves o bien como alternativa posible en delitos más leves. Tengo que añadir que no siempre hay una reunión conjunta y que pueden realizarse programas individuales y que en todo caso la parte esencial de una práctica son las reuniones preparatorias.

jueves, 10 de marzo de 2022

Indicadores sobre la justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

Si partimos de que la Justicia Restaurativa es mucho más que metodologías especificas y que es un conjunto de principios y valores que deben informar la justicia actual para hacerla más humana e incluso debe informar nuestra forma de vida, entonces hoy intentaré reflejar algunos indicadores de lo que conlleva esta Justicia Restaurativa:

Compromiso

Se trata de involucrar a los afectados incluyendo a la comunidad, (es decir, la víctima, la familia, el barrio, la escuela, delincuente) en el proceso restaurativo de curación y reparación del daño.

Compromiso de la persona (s) dañada:

• Los estudios demuestran que los perjudicados tienen la oportunidad de opinar y dar forma razonablemente al resultado. (compromiso y reparación)

Compromiso de la persona (s) que han causado daño:

•Los estudios demuestran que el programa involucra activamente a los participantes en la comprensión de los daños, que no justificación y las necesidades relacionadas, así como sus ideas y aportes en la determinación del acuerdos / resultado.

Compromiso de la comunidad

• Los estudios demuestran que los programas restaurativos involucran activamente a la comunidad en la respuesta a las necesidades de los afectados y como forma de fortalecer los lazos sociales desquebrajados por el crimen.

miércoles, 9 de marzo de 2022

¿Es la justicia restaurativa transformadora?


INTRODUCCIÓN

¿Es la justicia restaurativa suficientemente transformadora? En caso afirmativo, ¿el término es "transformador" en lugar de la justicia "restauradora"? ¿Son diferentes fenómenos o son lo mismo?. Para algunos la justicia restaurativa puede ser demasiado conservadora, tratando de reparar algo que es inalcanzable, indeseable o nunca existió. Al igual que el sistema de justicia penal, puede centrarse demasiado en poner una cura en las relaciones interpersonales, descuidando las causas subyacentes, tales como las injusticias estructurales. Otros han argumentado que la justicia restaurativa en efecto, trata de transformar las relaciones no saludables y no allana el camino para una transformación social más amplia. En mi opinión, la justicia restaurativa vista como movimiento social si puede ser transformadora.

martes, 8 de marzo de 2022

¿Aborda la justicia tradicional las necesidades de las víctimas?


 INTRODUCCIÓN

Veamos la idea de la actual justicia punitiva o retributiva trata acerca de infligir al infractor un castigo adecuado, un daño similar y proporcional al que causó ¿Alguien tiene una formula matemática para medir  el dolor? Realmente creo que este sistema es arbitrario porque ¿Cómo se cuantifica cuantos días, meses o años  son un castigo justo y equitativo para los delitos? Y yendo un poco más allá, y como ejemplo, imaginemos un padre que mata a sus dos hijos, solo matándolo dos veces podríamos equiparar un poco las dos vidas inocentes sesgadas por la mano de su progenitor. Por eso hablar de justicia retributiva se torna una contradicción porque se me antoja imposible encontrar una fórmula justa entre pena y delito, entre dolor que se infrinja al ofensor y el dolor causado por el delito a las victimas y sus allegados. Además erróneamente se ha hecho creer a las víctimas que el castigo compensará el daño causado y que va a recuperar su vida solo con ese acto pero la realidad demuestra que la mayoría no sienten que se ha hecho justicia ¿por qué?

lunes, 7 de marzo de 2022

¿En qué consisten los procesos restaurativos?


INTRODUCCIÓN

Los procesos restaurativos implican:

1-    Una asunción de responsabilidad por el infractor

2-    Un hacer frente a los daños para reparar a la víctima

3-   Una implicación directa de la víctima y el infractor y /o  la comunidad

Respecto del primero, la asunción de responsabilidad debe ser sincera  y no guiada por el objetivo de conseguir beneficios. Se debe reconocer que se ha cometido un delito y como consecuencia se ha causado un daño a víctimas concretas y a la sociedad. Reconocer que se cometió un delito es esencial y ahondaría un poco más, quizá lo más importante no es que digan: si, cometí un delito porque esto es tanto como decir, si he realizado una acción u omisión castigada por la ley como delito, ya que esto a priori parece desligarse del hecho de que se ha dañado a otro ser humano. Lo esencial es que el ofensor conozca el impacto  de su delito y asuma que causó daños. 

domingo, 6 de marzo de 2022

Decálogo de justicia restaurativa

 


DECÁLOGO DE JUSTICIA RESTAURATIVA

1. La Justicia Restaurativa  es un nuevo paradigma de enfocar la justicia penal que se centra en el daño causado y las acciones requeridas para enmendar este daño.

2. El delito es visto como un quebrantamiento de los lazos y las relaciones entre personas y comunidades más que como una vulneración de la norma creada por el estado

3. La Justicia Restaurativa busca alternativas a la prisión o al menos una disminución de la estancia en ella a través de la reconciliación y restauración de la armonía de la convivencia humana y la paz

4. La Justicia Restaurativa se preocupa de reunir a víctima, infractor y comunidad para la búsqueda de soluciones, abordando los elementos relacionados con el delito

5. La Justicia Restaurativa se centra en la reparación a la víctima directa e indirecta del delito, porque se preocupa por el daño moral, material y emocional que se la ha ocasionado

viernes, 4 de marzo de 2022

El lenguaje neutral de mediación no se aplica en justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

En alguna ocasión he hablado acerca de cómo algunos definen la mediación penal como un proceso en el que víctima en infractor resuelven el conflicto. Sin duda, esto llama la atención por su forma de minimizar el delito, para las víctimas que estén leyendo estas noticias puede surgir una duda, al usarse este lenguaje neutral y es si la Justicia Restaurativa y sus herramientas, lo que hacen es no dar importancia al delito que han sufrido y con ello al impacto que este delito ha tenido en sus vidas y en las personas de su entorno: los daños. Es más, yo diría que hasta para el infractor es conveniente hablar de delito, porque este hecho delictivo también genera daños en ellos y el más importante es que son estigmatizados como delincuentes en muchas ocasiones, sin posibilidad de reinserción. Cuando las personas hablan de conflicto y no delito, sin duda, debe ser porque su mentalidad de mediador no les deja ir un poco más allá y piensan que la mediación penal es una mediación como cualquier otra. Otra cosa es que con los procesos restaurativos se busque hacer las cosas bien, y esto implica hacer frente a los daños que se ocasionan tras el delito (daños a la víctima, a la comunidad e incluso al infractor) pero también implica hacer frente a las causas de estos daños, y con esto último la Justicia Restaurativa lo que propugna es acudir al origen del delito, el por qué, y eso hará que se busque si el delito tuvo su antecedente en un conflicto anterior o en un problema previo del infractor como por ejemplo su adición a determinadas sustancias. 

jueves, 3 de marzo de 2022

La importancia de la comunidad


INTRODUCCIÓN

En varias ocasiones he hablado de como la comunidad es víctima indirecta de los delitos y cómo la justicia restaurativa incluye su participación para lograr una mejor forma de abordar el delito y sus consecuencias. Por eso hoy quiero hablar del papel de la comunidad como víctima pero también como responsable del bienestar de sus miembros. Todos estamos conectados y un valor importante de esta justicia restaurativa,  es la relación  o cómo nos relacionamos,  con los demás miembros de la comunidad. Cada uno de nosotros somos piezas de un mecanismo o engranaje superior que es la comunidad y todos somos esenciales, para que esta comunidad funcione bien, y no se desquebrajen los lazos que nos unen. Cuando un delito se comete...dos piezas esenciales: infractor y víctima se separan de la comunidad y ésta empieza a resentirse y sentir que ha perdido dos piezas esenciales y que así no puede funcionar con normalidad. La sociedad sufre también el impacto del delito, dos miembros de ella, se han separado y han sido etiquetados como víctima e infractor, esto sin duda, repercute en el grupo,  que empieza a ver como las relaciones entre sus miembros se debilitan poco a poco. 

miércoles, 2 de marzo de 2022

Las víctimas son esenciales en justicia restaurativa


INTRODUCCIÓN

El empoderamiento es uno de los valores de la justicia restaurativa. Este empoderamiento se da en todos los afectados por el delito: víctima, infractor y comunidad pero es a la víctima, a quién más beneficios reporta. Como decía Rappaport, “el empoderamiento implica que no concebimos a las personas como niños con necesidades o simples ciudadanos con derechos que deben defenderse por un agente externo sino como seres humanos integrales que tienen derechos y necesidades y que son capaces de tomar el control de su vida”. Y  precisamente esto es una explicación clara de lo que ocurre en el proceso penal y cómo la Justicia Restaurativa trata de evitarlo. Tal parece que concebimos a las víctimas como seres incapaces o niños que deben ser tutelados por terceros ajenos  a ellos (como decía Rappaport) Al dolor del daño sufrido, de perder, al menos momentáneamente, el equilibrio en su vida tras el delito, se une el tratamiento de algunos medios y de la Justicia en general. Una vez que su caso entra en los juzgados, pierden el poco control sobre su vida que tras sufrir el delito les podía quedar. Todo es gestionado por terceros que además creen saber lo que más conviene a las víctimas y sin embargo, las personas afectadas por el delito sienten que  no son escuchadas, siendo ellas precisamente las que más tienen que decir y aportar durante todo el proceso. Nadie mejor que las propias víctimas para valorar y decir qué necesitan, qué sienten y cómo quieren que continúe la gestión de su caso.

martes, 1 de marzo de 2022

Hacia una justicia más justa


INTRODUCCIÓN

¿Por qué parece que castigo, se equipara a hacer justicia?, ambos términos se utilizan de forma intercambiable, muy a menudo, de ahí que cuando se “clama por más justicia”, muchas personas, yo diría la mayoría lo que hace es reclamar más castigo y penas más duras. Es más parece que “justicia” se utiliza eufemísticamente, para referirnos a castigo. Si esto es así: ¿Qué pasa con aquellas personas que han sufrido un delito, pero el delincuente no ha sido capturado o no está identificado?¿Debemos pensar que puesto que no se puede castigar a nadie, no se puede hacer justicia? Esto no debería ser así, ya que no solo sería injusto valga la redundancia, sino que estaríamos abandonando a su suerte a personas que necesitan nuestra ayuda. Si nos centramos exclusivamente en que la justicia está para castigar al infractor, como ocurre generalmente con el sistema tradicional de justicia penal, estamos cubriendo solamente las expectativas de algunas víctimas y de alguna clase de delitos. Pero para otras víctimas, bien porque el infractor no ha sido capturado, bien porque es desconocido o simplemente porque para superar el delito tienen otras necesidades, hacer justicia significa algo más. Con esto no estoy queriendo decir que hay victimas “malas” (porque su deseo es la venganzas del estado a través del castigo) y victimas “buenas” (porque necesitan otro tipo de justicia como poder contar su historia), simplemente cada persona es diferente y cada uno de nosotros, afrontamos los problemas de forma distinta.