viernes, 27 de febrero de 2026

Justicia restaurativa, devolver la voz a las víctimas


 Nils Christie advirtió hace décadas que el Estado termina robándonos el conflicto a los ciudadanos. En el ámbito penal, esta idea cobra un significado especialmente duro: el delito pasa a ser gestionado como si la principal víctima fuera el propio Estado, apropiándose del daño y desplazando a quienes realmente lo han sufrido.

Esto ocurre de forma sistemática. Basta con observar cómo, en el proceso penal tradicional, la víctima suele quedar reducida a un papel secundario: en muchas ocasiones es tratada únicamente como un testigo más, como una pieza útil para probar hechos, pero no como el centro legítimo del proceso. Y lo más llamativo es que el objetivo principal del juicio no suele ser reparar el daño sufrido, sino determinar qué pena debe imponerse al infractor si finalmente es declarado culpable.

La lógica que subyace es clara: si el Estado se apropia del delito como una vulneración de una norma creada por él, entonces la respuesta prioritaria se convierte en el castigo por esa vulneración. La reparación del daño humano queda relegada, casi como una consecuencia accesoria, cuando en realidad debería ser lo esencial. Se castiga primero, se escucha después.

Por ello, la Justicia Restaurativa surge como una necesidad natural: una forma de devolver a las víctimas el protagonismo que merecen, el espacio que necesitan y la dignidad que el proceso tradicional les arrebata. Su finalidad es clara: permitir que las víctimas recuperen voz, puedan expresar el impacto real del delito en sus vidas y encuentren un camino hacia la superación.

Sin embargo, como ocurre con frecuencia cuando aparece algo transformador, también existe un riesgo evidente: que algunos se suban al “barco” de la Justicia Restaurativa no para defender su verdadero sentido, sino para apropiarse de sus beneficios, una vez más, en detrimento de las víctimas.

LA JUSTICIA RESTAURATIVA NO TIENE POR OBJETO AGILIZAR LOS JUZGADOS

Resulta preocupante que ciertos operadores jurídicos y autoridades insistan en presentar la mediación penal y la Justicia Restaurativa como una herramienta para agilizar los juzgados. Esta idea no solo es reduccionista, sino que reproduce el mismo problema: vuelve a colocar al sistema en el centro, y no a las personas.

La Justicia Restaurativa no nace para facilitar el trabajo de la administración de justicia, ni para reducir cargas procesales, ni para mejorar estadísticas. Su propósito no es la eficiencia burocrática, sino la reparación

Esta justicia nace por y para las víctimas. Porque cuando se atienden sus necesidades, cuando se les permite expresar su verdad emocional y sentirse escuchadas, también se contribuye a que el infractor comprenda el impacto real de sus actos y pueda asumir una responsabilidad auténtica. Y solo desde esa comprensión puede existir un cambio real y una disminución de la reincidencia.

La Justicia Restaurativa propone invertir el orden de prioridades del sistema penal: primero atender el daño, primero procurar la reparación, primero reconocer a quienes sufrieron el delito y sus consecuencias.

Y esto exige tiempo. Exige cuidado. Exige respeto. Muchas víctimas necesitan reflexionar antes de decidir si desean participar en un proceso restaurativo. Algunas necesitarán meses, otras quizá nunca se sentirán preparadas. Y eso no debe verse como un obstáculo, sino como un derecho: el derecho a decidir sin presión y sin que la urgencia institucional pase por encima del dolor.

Por ello, aunque en algunos casos la Justicia Restaurativa pueda contribuir a reducir tiempos procesales, en muchos otros ocurrirá lo contrario: requerirá pausas, acompañamiento y un ritmo adaptado a las necesidades emocionales de quienes han sido dañados. Porque una víctima no es un expediente, y su sufrimiento no puede medirse con criterios de productividad.

CONCLUSIONES

La Justicia Restaurativa no puede convertirse en una herramienta al servicio del sistema, porque entonces repetiríamos el mismo error que criticaba Christie: volveríamos a robar el conflicto, pero esta vez disfrazado de modernidad y buenas intenciones.

Restaurar significa devolver. Devolver la voz, devolver la dignidad, devolver el control. Significa reconocer que el delito no es solo una infracción legal, sino una herida humana que necesita ser atendida con profundidad y con respeto.

Si la justicia penal tradicional ha dejado a tantas víctimas sintiéndose invisibles, utilizadas o silenciadas, la Justicia Restaurativa aparece como una posibilidad real de reparación, pero solo si se mantiene fiel a su esencia: poner a las víctimas en el centro y no en los márgenes.

Porque una justicia que no escucha el dolor corre el riesgo de ser solo castigo. Y una justicia que solo castiga puede cerrar un caso, pero no necesariamente sanar una vida.

La verdadera justicia no debería limitarse a imponer una pena, sino a ayudar a que, después del delito, las personas puedan volver a sentirse humanas, seguras y acompañadas. Y si la Justicia Restaurativa consigue eso, entonces no será un mecanismo más del sistema: será una respuesta profundamente necesaria para reconstruir lo que el delito rompió.

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