lunes, 31 de agosto de 2026

Justicia Restaurativa: cuando la víctima necesita algo más que justicia

 

INTRODUCCIÓN

Sufrir un delito y convertirse en víctima es, por sí mismo, un hecho terrible y traumático. Sin embargo, esta experiencia puede agravarse cuando la persona acude a la Justicia buscando precisamente aquello que necesita: que se haga justicia.El proceso penal, que debería contribuir a cerrar una etapa y permitir a la víctima avanzar en su recuperación, puede convertirse en determinadas ocasiones en una nueva fuente de sufrimiento. La necesidad de declarar, responder preguntas, revivir los hechos y enfrentarse nuevamente a las consecuencias del delito puede provocar lo que conocemos como victimización secundaria. En lugar de permitir que las heridas cicatricen, el proceso puede hacer que la víctima vuelva una y otra vez sobre aquello que ocurrió y termine sintiéndose vinculada a su condición de víctima durante mucho más tiempo del necesario.Las personas que han sufrido un delito suelen acudir al sistema de Justicia pensando que durante el proceso penal y, especialmente, en el juicio, serán escuchadas. Esperan poder expresar lo que han vivido, encontrar respuestas a sus preguntas y resolver sus dudas e inquietudes. Sin embargo, esto está muchas veces lejos de ser así.

La víctima ocupa fundamentalmente el papel de testigo dentro de un proceso que, aunque la afecta directamente, tiene como finalidad principal determinar si la persona acusada cometió un delito y, en consecuencia, vulneró una norma establecida por el Estado.De esta manera, los daños sufridos por la víctima pueden terminar ocupando un lugar secundario. El centro del proceso no siempre está en qué necesita la persona que ha sufrido el delito, sino en determinar si el infractor es culpable y qué consecuencia jurídica corresponde imponerle.De ahí que algunas víctimas hayan llegado a expresar que se sienten utilizadas por el Estado como un instrumento necesario para conseguir el castigo del infractor.

Y esta realidad debería llevarnos a plantearnos una cuestión fundamental

¿Es suficiente una Justicia que determina quién tiene razón, quién ha infringido la norma y qué castigo corresponde, pero que no siempre responde a las necesidades de quien ha sufrido el delito?

OBJETIVOS DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA Y DE LA JUSTICIA TRADICIONAL

La Justicia tradicional tiene como uno de sus objetivos fundamentales determinar la responsabilidad penal del infractor y establecer, cuando corresponde, la sanción prevista por el ordenamiento jurídico.El problema aparece cuando consideramos que esta respuesta es suficiente para afrontar todas las consecuencias que genera un delito.

El castigo al infractor no equivale necesariamente a la responsabilización, ni tampoco garantiza la curación o la sanación de las heridas que el delito ha provocado. Además, en un intento por garantizar una respuesta judicial uniforme, el sistema tradicional tiende a aplicar unas reglas y procedimientos comunes a situaciones que, aunque puedan presentar características jurídicas similares, afectan de manera muy diferente a las personas implicadas.

Porque no existen dos víctimas iguales.

Dos personas pueden sufrir un delito aparentemente idéntico y experimentar consecuencias completamente diferentes. Sus circunstancias personales, sus experiencias previas, sus necesidades, sus emociones y la manera en que afrontan lo sucedido pueden hacer que aquello que una persona necesita para sentirse reparada sea completamente distinto de lo que necesita otra.Solemos pensar que la Justicia debe ser igual para todos. Y, desde luego, la igualdad ante la ley constituye un principio esencial. Pero una Justicia verdaderamente justa debe ser capaz de tener en cuenta también las circunstancias y necesidades de los seres humanos que acuden a ella.

Es precisamente en este punto donde la Justicia Restaurativa aporta una perspectiva diferente.La Justicia Restaurativa propone una manera de entender la respuesta al delito que presta una mayor atención a las personas afectadas y a las consecuencias que el delito ha producido en sus vidas.Frente a una respuesta excesivamente centrada en la infracción de la norma y en el castigo, la Justicia Restaurativa pone el foco también en el daño, las necesidades, las responsabilidades y las posibilidades de reparación.

Se trata de una Justicia que pretende adaptarse en mayor medida a las necesidades concretas de cada persona y no limitarse a ofrecer una respuesta idéntica ante situaciones humanas que pueden ser muy diferentes.Por ello, la Justicia Restaurativa puede proporcionar a las víctimas espacios en los que puedan ser escuchadas, expresar aquello que necesitan, formular preguntas, recuperar parte del control perdido y participar activamente en la búsqueda de una respuesta al daño sufrido.No se trata únicamente de hacer justicia a la víctima, sino de permitir que la víctima pueda recuperar su voz y, en la medida de lo posible, comenzar su propio proceso de recuperación.Esta recuperación del control resulta especialmente importante. El delito puede hacer que una persona sienta que ha perdido el control sobre su propia vida, sobre su seguridad y, en ocasiones, incluso sobre su propia identidad.La Justicia Restaurativa pretende contribuir a que esa persona pueda recuperar, al menos parcialmente, ese control. Pero la Justicia Restaurativa tampoco se olvida de quien ha cometido el delito.Precisamente porque busca una verdadera reparación del daño, pretende que la persona ofensora pueda comprender las consecuencias de sus actos y asumir su responsabilidad.

Responsabilizar no significa únicamente cumplir una pena. Significa comprender el daño causado, reconocer a la persona que lo ha sufrido y asumir las consecuencias de las propias decisiones.A través de determinados procesos restaurativos, la persona ofensora puede tener la oportunidad de enfrentarse a las consecuencias humanas de sus actos y recuperar una empatía que, en el momento de cometer el delito, pudo quedar anulada o desplazada.El objetivo no es justificar el delito ni minimizar la responsabilidad del infractor. Todo lo contrario: se busca que la persona pueda comprender realmente lo que ha provocado y que, a partir de esa comprensión, pueda tomar la decisión de no volver a dañar a otro ser humano.De esta manera, la Justicia Restaurativa mira hacia el futuro sin olvidar el pasado.Mira hacia la víctima, porque pretende atender sus necesidades y favorecer su recuperación.Mira hacia quien ha cometido el delito, porque busca que asuma la responsabilidad por lo sucedido y pueda iniciar un proceso de transformación.Y mira también hacia la comunidad, porque el delito no afecta únicamente a dos personas: puede deteriorar relaciones, generar miedo, romper vínculos y debilitar la confianza.

Por eso, la Justicia Restaurativa no debería entenderse simplemente como una alternativa al castigo ni como una forma más amable de hacer Justicia.Es, sobre todo, una manera diferente de comprender qué significa responder al delito y qué necesitan las personas después de que este se haya producido.

CONCLUSIONES

Durante demasiado tiempo hemos tendido a identificar la Justicia con la respuesta que recibe quien comete un delito. Si existe una infracción, buscamos al responsable, determinamos su culpabilidad y establecemos una consecuencia.Pero el delito deja mucho más detrás.

Deja víctimas que necesitan ser escuchadas, personas que necesitan comprender qué ha ocurrido, preguntas que quizá nunca han encontrado respuesta, heridas que necesitan cicatrizar y, en muchos casos, una vida que debe reconstruirse después de lo sucedido.Castigar al infractor puede ser necesario, pero no siempre es suficiente para reparar las consecuencias del delito.

La Justicia Restaurativa nos invita precisamente a ampliar nuestra mirada. A preguntarnos no solo qué norma se ha infringido o qué castigo corresponde, sino también quién ha resultado dañado, qué necesita esa persona y qué podemos hacer para reparar, en la medida de lo posible, las consecuencias del delito.No todas las víctimas necesitarán lo mismo. No todas querrán participar en un proceso restaurativo. No todos los infractores estarán preparados para asumir responsabilidad. Y no todos los casos serán adecuados para este tipo de intervención.Pero reconocer estas limitaciones no debería impedirnos explorar nuevas formas de responder al delito. Quizá una Justicia verdaderamente centrada en las personas sea aquella capaz de combinar la necesaria respuesta jurídica con algo que en ocasiones queda relegado: la escucha, la responsabilización, la reparación y la posibilidad de recuperación.

Porque hacer justicia no debería significar únicamente determinar quién ha infringido una norma.También debería significar preguntarnos qué necesitan las personas después de que esa norma haya sido vulnerada.

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