lunes, 28 de septiembre de 2026

Cuando el castigo no repara el daño del delito

 INTRODUCCIÓN

Lo cierto es que, si pensamos en el fin de la pena como castigo o retribución, es decir, como la devolución al infractor de una cantidad de dolor que se corresponda con el daño causado, el castigo puede parecer suficiente o incluso más que suficiente. Sin embargo, la retribución como fin de la pena se centra fundamentalmente en la dimensión pública del delito. El Estado debe dejar claro que toda violación de la norma es desaprobada y el ciudadano debe comprenderlo para evitar futuros quebrantamientos de las leyes.

Pero ¿qué ocurre cuando hablamos de delitos especialmente graves, como la muerte de una persona? ¿Cuánto castigo sería suficiente para compensar la pérdida de una vida? Jamás podríamos colocar en una balanza el delito y el castigo porque ni siquiera la muerte del infractor, entendida como la máxima expresión del castigo, podría equilibrar la pérdida de una vida inocente. El retribucionismo como fin de la pena parte, en cierta medida, de una lógica de respuesta al daño mediante la imposición de sufrimiento: muchos consideran que se hace justicia cuando el infractor sufre como consecuencia de su conducta y el equilibrio trata de recuperarse mediante el castigo. Sin embargo, el desequilibrio provocado por el delito, especialmente respecto de las víctimas y de la sociedad, seguirá existiendo.

EL DESEQUILIBRIO TRAS EL DELITO, ESPECIALMENTE EN LOS DELITOS MÁS GRAVES

A menudo parece que víctimas e infractores se colocan en una misma balanza, pero esto no es así. Las víctimas, por el mero hecho de serlo, merecen nuestro respeto y consideración y necesitan sentir que se ha hecho justicia. La retribución y el castigo pueden proporcionar al Estado, en cuanto garante de las normas, una sensación de control: se sanciona al responsable y se transmite al resto de la sociedad el mensaje de que quien delinque sufrirá las consecuencias de sus actos.Pero ¿qué ocurre con las víctimas y con la propia sociedad?

No niego que, en un primer momento, el sentimiento de venganza, normal y comprensible ante determinados delitos, pueda hacer sentir a algunas víctimas cierto alivio al saber que el infractor está sufriendo las consecuencias de lo que hizo. El problema surge cuando comprobamos que la retribución propia del sistema penal tradicional no otorga al infractor un papel verdaderamente activo en la respuesta al daño. Su responsabilidad queda reducida, en gran medida, a responder pasivamente por un acto cometido en el pasado.

Esta posición pasiva no favorece necesariamente que aparezcan sentimientos de vergüenza, remordimiento o verdadera responsabilización. Si el infractor recibe su castigo y entra en prisión, esto no significa automáticamente que haya comprendido el alcance de su conducta, que haya reflexionado sobre el daño causado o que esté preparado para no volver a cometer el mismo delito o uno similar.El problema es que castigar no equivale necesariamente a responsabilizar. Una persona puede cumplir una condena y, sin embargo, no haber afrontado realmente las consecuencias humanas de lo que hizo. La pena puede imponer sufrimiento, pero no garantiza por sí misma reflexión, reconocimiento del daño, reparación o transformación de la conducta.Además, el sufrimiento que se pretende devolver al infractor no se limita exclusivamente a él. Lo queramos o no, también alcanza a sus familiares y allegados, que pueden sufrir las consecuencias económicas, sociales y emocionales de la condena sin haber participado en el delito. Esto puede provocar que algunos infractores perciban el castigo no como una oportunidad para asumir su responsabilidad, sino como una nueva injusticia de la que se sienten víctimas.

Y aquí aparece una de las grandes paradojas del sistema: el castigo puede ser merecido y, al mismo tiempo, resultar insuficiente para responder a todo lo que el delito ha provocado.

CONCLUSIONES

La cuestión, por tanto, no debería reducirse a determinar cuánto castigo merece quien ha cometido un delito. Especialmente ante los hechos más graves, ninguna pena puede devolver a las víctimas aquello que han perdido ni reconstruir por sí sola los vínculos y la confianza dañados por el delito.La justicia necesita algo más que una respuesta al infractor. Necesita atender a quienes han sufrido el daño, permitir que sus necesidades sean escuchadas y favorecer que quien causó el daño comprenda realmente sus consecuencias.

Esto no significa negar la necesidad de la pena ni desconocer la función que corresponde al Estado. Significa reconocer sus límites. El castigo puede expresar la desaprobación social del delito, pero no necesariamente restaura el equilibrio que el delito rompió.Precisamente ahí es donde la Justicia Restaurativa plantea una mirada diferente: no se pregunta únicamente qué ley se ha infringido y qué castigo merece el infractor, sino también quién ha sido dañado, qué necesidades han surgido a consecuencia del daño y quién debe asumir la responsabilidad de afrontarlas.Porque hacer justicia no debería consistir únicamente en devolver sufrimiento por el sufrimiento causado, sino en intentar, en la medida de lo posible, responder al daño, recuperar a las personas y reconstruir aquello que el delito quebró.

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