jueves, 1 de febrero de 2018

¿Qué conlleva un proceso de Justicia Restaurativa?

Los procesos restaurativos implican:

1-    Una asunción de responsabilidad por el infractor

2-    Un hacer frente a los daños para reparar a la víctima

3-   Una implicación directa de la víctima y el infractor y cuando sea necesario la comunidad
Respecto del primero, la asunción de responsabilidad debe ser sincera  y no guiada por el objetivo de conseguir beneficios. Se debe reconocer que se ha cometido un delito y como consecuencia se ha causado un daño a víctimas concretas, a la sociedad e incluso a ellos mismos. Reconocer que se cometió un delito es esencial y ahondaría un poco más, quizá lo más importante no es que digan: si, cometí un delito porque esto es tanto como decir, si he realizado una acción u omisión castigada por la ley como delito, ya que esto a priori parece desligarse del hecho de que se ha dañado a otro ser humano. Lo esencial es que el infractor,  conozca el impacto  de su delito y asuma que causó daños. Por eso, el reconocimiento parece vacío, si no se respeta a las víctimas, y si no se reconoce que el daño causado, fue como consecuencia de un delito y que no es que simplemente pasará.

miércoles, 31 de enero de 2018

Son más importantes los beneficios que los conceptos, pero si sabemos leer la "brújula"

Creo que nos obsesionamos con frecuencia por los conceptos y los nombres. Me explico, si la Justicia Restaurativa está por y para las víctimas, está claro que si preguntamos a cada una de ellas, qué creen que es esta Justicia, estoy completamente segura que cada una definirá la Justicia Restaurativa de muy distinta forma, porque cada víctima debe encontrar el camino hacia esta justicia. Todas las personas que han sufrido un delito y han participado en un proceso restaurativo coincidirán en los beneficios que ha supuesto esta justicia, pero para cada una de ellas el proceso en sí mismo, habrá supuesto distintas cosas, para alguna de ellas con el simple diálogo habrá sido suficiente, otras darán importancia a que han podido obtener respuestas a sus muchas preguntas, otras coincidirán en que el perdón, las ha supuesto un punto de inflexión...y así cada víctima, y cada persona que es diferente una de la otra, pondrá énfasis en lo que más las ha ayudado esta justicia.
 Por eso aunque nos empeñemos en definir conceptos, clarificarlos y delimitarlos, lo esencial es que el proceso restaurativo que ofrezcamos a cada víctima y cada infractor sea el indicado para ellos y sus circunstancias, el nombre no les importará tanto como las consecuencias beneficiosas que van a surgir.

martes, 30 de enero de 2018

Entrevista en Expediente Inacipe

Quiero compartir con todos vosotros una entrevista que me hicieron durante mi última estancia en México para impartir el curso de Diseño de Prácticas Restaurativas, fue en el INACIPE, gracias al programa Expediente Inacipe,  por la invitación, y mi querida Violeta Maltos, por gestionarlo.



El elemento "justicia" es esencial para la Justicia Restaurativa

Es importante no perder la dimensión de la justicia en los enfoques restaurativos, más que cambiar la justicia,  lo que se trata como decía Howard Zehr, es de mirarla a través de un lente diferente, que nos haga centrarnos en los seres humanos,  que se ven afectados por el delito y como el daño que surge desquebraja las relaciones entre los miembros de la comunidad. Basándome en Freire y Buber, deberíamos comprender la justicia en torno a lo que significa ser humano: "aquella en la que la justicia se identifica como honrar el valor inherente de todos y promulgada a través de las relaciones." Estos dos términos juntos - honor y relaciones - proporcionan una aguja dentro de la brújula, para guiar a los defensores de justicia restaurativa y los profesionales. Analizando la caracterización de la justicia penal incluida en El pequeño libro de la Justicia Restaurativa, de Howard Zehr, se observa que lo que está en juego son estos dos conceptos. El sistema de justicia tiende a convertir a los que han provocado daños en objetos sobre los que se actúa. Como se omite a los que han sido dañados,  se supone que no tienen necesidades importantes. 

lunes, 29 de enero de 2018

Decálogo de Justicia Restaurativa

Hace unos años realicé un decálogo de Justicia Restaurativa en el ámbito penal, tengo pensado variarlo en función de cómo ha cambiado mi visión de esta Justicia, sin embargo, antes de hacerlo, vuelvo a compartirla con todos vosotros:

1. La Justicia Restaurativa  es un nuevo paradigma de enfocar la justicia penal que se centra en el daño causado y las acciones requeridas para enmendar este daño.

2. El delito es visto como un quebrantamiento de los lazos y las relaciones entre personas y comunidades más que como una vulneración de la norma creada por el estado

3. La Justicia Restaurativa busca alternativas a la prisión o al menos una disminución de la estancia en ella a través de la reconciliación y restauración de la armonía de la convivencia humana y la paz

4. La Justicia Restaurativa se preocupa de reunir a víctima, infractor y comunidad para la búsqueda de soluciones, abordando los elementos relacionados con el delito

sábado, 27 de enero de 2018

Se necesita una justicia que cure para afrontar el trauma


Para ser un buen facilitador de Justicia Restaurativa, se debe entender cómo funciona el trauma y en qué manera nos afecta, tras sufrir un daño. Por eso, los que venimos del mundo del derecho, necesitamos aprender estos aspecto para ser buenos facilitadores de procesos restaurativos.
Aunque nos pueda parecer que no, la Justicia es importante para abordar el trauma, una primera reacción lógica es sentir deseos de venganza, y necesidad de que se haga justicia. Sin embargo, la línea entre ambas, es muy difusa, por eso, la Justicia Restaurativa se presenta como una forma de hacer justicia más humana y cercana a las verdaderas necesidades de las víctimas. Solo así evitaremos la búsqueda de venganza y las ayudaremos a ser resilientes. 

jueves, 25 de enero de 2018

Acerca de cómo la Justicia Restaurativa ayuda a "continuar"

Para nadie es un secreto que me encanta el cine, siempre he pensado que de una buena película, se pueden extraer buenas enseñanzas pues en el caso de "Asesinato en el Orient Express" , así me sucedió. Reconozco que me leí el libro, hace muchos años, pero sin duda, la forma de entenderlo fue diferente, a cómo he visto la película. La película es una lucha del protagonista contra sus propias creencias. Comienza sentenciando, que sólo existe el bien o le mal, pero al final de la película, acaba aceptando la realidad, todos podemos ser buenos y malos. La trama  para el que no la haya visto o no haya leído el libro,  gira en torno a un delito, y como los indirectamente afectados por ese crimen, se unen buscando venganza. El protagonista que era tan estricto, finalmente descubre que la Justicia como tal, no proporciona el equilibrio y la sanación necesaria, y que esto lleva a las personas o a seguir sufriendo o a buscar venganza. Ante él, van surgiendo un grupo de personas que en mayor o menor medida , vieron sus vidas afectadas por el delito, y que ante la imposibilidad de sanar, deciden que la venganza es su único camino.

miércoles, 24 de enero de 2018

¿Cuándo no sería posible la Justicia Restaurativa?

Muy a menudo, me hacen esta pregunta: ¿Cuando la Justicia Restaurativa no es posible?. La respuesta, a priori,  debe ser diferente, si nos ceñimos a justicia restaurativa como programas restaurativos, ya sea mediación penal, conferencias o círculos, la Justicia Restaurativa, no sería posible un encuentro restaurativo en estos casos:
Si el infractor,  no está identificado o no quiere participar.
Si la víctima, no está dispuesta a participar.
Claramente, los programas de justicia restaurativa se deben basar en la voluntariedad, porque no se concibe que una víctima sea obligada a encontrarse con su infractor ( las consecuencias en el plano de la victimización secundaria, serían nefastas y todo el beneficio que puede suponer para la víctima, se volvería en su contra), y por supuesto no se puede obligar a un infractor a tomar parte en el proceso, porque si no su asunción de responsabilidad no sería verdadera y no vería en la reparación del daño, una prestación socialmente constructiva. También es frecuente hablar de una tipología de infractor más proclive a participar en un proceso restaurativo, y de hecho, muchos tienden a decidir, una vez más burocratizando en exceso la justicia restaurativa, que no sería aplicable los procesos restaurativos para infractores reincidentes.

martes, 23 de enero de 2018

Nadie mejor que las víctimas para saber lo que necesitan

Ayer hablaba de uno de los valores que promueve la justicia restaurativa: el empoderamiento. Este empoderamiento, se da en todos los afectados por el delito: víctima, infractor y comunidad pero es a la víctima, a quién más beneficios reporta. Como decía Rappaport, “el empoderamiento implica que no concebimos a las personas como niños con necesidades o simples ciudadanos con derechos que deben defenderse por un agente externo sino como seres humanos integrales que tienen derechos y necesidades y que son capaces de tomar el control de su vida”. Y  precisamente esto es una explicación clara de lo que ocurre en el proceso penal y cómo la Justicia Restaurativa trata de evitarlo. Tal parece que concebimos a las víctimas como seres incapaces o niños que deben ser tutelados por terceros ajenos  a ellos (como decía Rappaport) Al dolor del daño sufrido, de perder, al menos momentáneamente, el equilibrio en su vida tras el delito, se une el tratamiento de algunos medios y de la Justicia en general. Una vez que su caso entra en los juzgados, pierden el poco control sobre su vida que tras sufrir el delito les podía quedar. Todo es gestionado por terceros que además creen saber lo que más conviene a las víctimas y sin embargo, las personas afectadas por el delito sienten que  no son escuchadas, siendo ellas precisamente las que más tienen que decir y aportar durante todo el proceso. Nadie mejor que las propias víctimas para valorar y decir qué necesitan, qué sienten y cómo quieren que continúe la gestión de su caso.